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Comunidad universitaria denuncia uso de sus datos personales para encuesta virtual que favorece propuesta del Gobernador del Magdalena

El pasado 15 de mayo un número significativo de estudiantes de la Universidad del Magdalena denunció en redes sociales que sus datos personales han sido en entregados a terceros sin su autorización, violando así el derecho fundamental a la protección de sus datos de carácter personal (habeas data).
¿Qué pasó?
Violación de habeas data, así lo han señalado cientos de estudiantes tras recibir mensajes donde les solicitaban la firma virtual a favor de la iniciativa “Gratuidad en la Matrícula” del Gobernador Carlos Caicedo.
@LauraOrozcoM en twitter denunció que al final de la noche del pasado viernes 15 de mayo recibió vía Whatsapp y por parte de un desconocido un mensaje que la invitaba a apoyar con una firma virtual la iniciativa de Carlos Caicedo, gobernador del Magdalena en materia de educación superior.
Imágenes
Así como Laura, estudiantes y comunidad en general se sumó a la denuncia:
Investigación
Opinión Caribe conoció que ante el descontento causado por el uso de datos sin el consentimiento de los estudiantes, miembros de la comunidad universitaria decidieron remitir a la Oficina de Control Interno Disciplinario las quejas presentadas por los diferentes afectados, a fin que se investiguen las acciones que incurran en faltas disciplinarias y se tomen las medidas correspondientes.
Como respuesta a la denuncia, los afectados dieron a conocer que la Oficina Asesora Jurídica pondrá en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, los hechos relacionados con el acceso abusivo al sistema informativo y la sustracción de datos en provecho propio o a favor de un tercero, que puedan involucrar a servidores y/o contratistas con el fin de que investigue la presunta conducta punible de violación de datos personales.
Manejo y tratamiento de datos Unimagdalena
Cabe resaltar que Los servidores públicos y contratistas de la Institución que tienen manejo de datos personales de los integrantes de la comunidad universitaria tienen claro que, en virtud de la Ley 1581 de 2012, Decreto Reglamentario 1377 de 2013 y Acuerdo Superior número 17 de 2018, los datos personales de los estudiantes y demás miembros de esta Casa de Estudios Superiores, solo deben ser tratados para el cumplimiento de las funciones misionales institucionales y para lo que la han autorizado sus titulares.
El Dato
Las instituciones de educación superior son responsables del tratamiento de datos, entre ellos, el de sus estudiantes, especialmente frente a las historias académicas. De esta forma, les es exigible la verificación de que se cumplen los requisitos para que determinado dato sea objeto de divulgación, entre ellos, el del principio de libertad, según el cual el tratamiento solo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del titular.

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