Metrópolis
Con ‘Pico y NIT’ se reactivará el comercio en Santa Marta
Con el nuevo Decreto 153 del 1 de junio, la alcaldía distrital dispuso las nuevas reglamentaciones en cuanto a la reactivación del comercio y actividades inmobiliarias en la capital del Magdalena.
Con respecto a los centros comerciales, estos estarán abiertos al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. y las 5:00 p.m. Igualmente, las personas jurídicas y/o naturales que realicen actividades inmobiliarias podrán prestar servicios en sus instalaciones al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. y la 5:00 p.m.
Las actividades ubicadas en la carrera Quinta y las actividades de comercio al por menor, ubicadas en el mercado, diferentes a ferreterías e insumos agropecuarios y alimentos, podrán abrir al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 12.00 m. y las 6:30 p.m.
Se amplía el horario de funcionamiento de los supermercados, mini mercados y similares, que estarán abiertos al público de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 6:00 p.m. El mercado público para el abastecimiento de alimentos, estará abierto al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 4:00 a.m. y las 2:00 p.m.
Se resalta que los ciudadanos que requieran acceder a estos servicios deberán cumplir con lo estipulado en la medida de pico y cédula.
Peluquerías
También se permitirá la apertura de las peluquerías que podrán prestar sus servicios de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. y deberá agendarse la prestación de sus servicios atendiendo la medida de pico y cédula.
Por otro lado, en el Distrito de Santa Marta queda expresamente prohibido para los cementerios y quienes prestan servicios funerarios: los servicios de salas de velación, transporte de acompañantes, marchas fúnebres o similares, en ninguna circunstancia se permitirá aglomeraciones de personas al interior o al exterior de las funerarias y cementerios.
Se permitirá la apertura de museos y bibliotecas, de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 11:00 a.m. hasta las 4 p.m., siempre que este verificado y aprobado su protocolo de bioseguridad.
Hasta tanto, las empresas o negocios que aplican a este Decreto, no registren sus empleados y presenten los protocolos de bioseguridad para que se verifiquen, y sean autorizados por parte del gobierno distrital, no podrán reiniciar actividades ni abrir al público.
Pico y Nit
Adóptese la medida de “Pico y NIT”, para las actividades de comercio al por menor de productos textiles y prendas de vestir, productos menores para el hogar, elementos plásticos, calzado y similares ubicados en la Carrera Quinta y en el Mercado Público, podrán abrir sus establecimientos atendiendo el día y el último dígito del número de Identificación Tributaria, sin tener en cuenta el digito de verificación.
Esta medida se adopta en estas zonas con fundamento al comportamiento social, la presencia del comercio informal en esta zona.
La medida adoptada se aplicara así:
DÍA DIGITO DE VERIFICACIÓN
DIAS PARES 2, 4, 6, 8,0
DIAS IMPARES 1, 3, 5, 7,9
Los sábados y domingos son días de aislamiento total, sin embargo, de manera transitoria y en razón a que los días lunes 15, 22 y 29 de junio del 2020, son días festivos, se autoriza durante los sábados 13, 20 y 27 de junio del 2020 la actividad de obras públicas y de construcción en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 3:00 p.m. y en la propiedad privada en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. hasta las 12:00 p.m.
Actividades físicas
El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, se establece por un período máximo de dos horas diarias, entre las 5:30 y las 7:30 de la mañana. Los niños mayores de 6 años podrán salir a actividades físicas los lunes, miércoles y viernes, una hora al día, entre las 4:30 y las 5:30 de la tarde.
Para niños entre dos y cinco años, también podrán desarrollar sus actividades físicas al aire libre los lunes, miércoles y viernes, entre 5:00 y 5:30 de la tarde; mismo horario para los adultos mayores de 70 años.
El entrenamiento para deportistas de alto rendimiento de las personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, se permitirá por un período máximo de dos horas diarias entre las 5:30 y las 7:30 a.m., lo harán de manera voluntaria, bajo su responsabilidad y deberán siempre cumplir con las disposiciones de distanciamiento social
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