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Seguiré en mis funciones”, Personero municipal de Cerro de San Antonio

A pesar de existir un fallo de segunda instancia del 18 de agosto 2020 que revoca su elección emanado por el El Juzgado Promiscuo del Circuito del municipio de Pivijay, Carlos Mario Rojas insiste en seguir con sus funciones como personero municipal por que fue nombrado por un acto administrativo particular y concreto.
“Sigo siendo el personero municipal de Cerro de San Antonio por que yo fui nombrado por un acto administrativo particular, los abogados saben muy bien que solo pueden ser revocados de manera unilateral por la administración con el consentimiento expreso y escrito del beneficiado”, Menciono Carlos Mario durante una entrevista radial.
El Personero agrego, “Es decir, Si el concejo municipal mañana o algun dia quiere revocar unilateralmente mi acta de nombramiento, tiene que acudir a mi y solicitar mi consentimiento si el beneficiado que soy yo Carlos Mario Rojas dice yo no doy mi consentimiento. Entonces tendra el Concejo Municipal demandar su propio acto atraves de una accion de lesividad ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo”.
Cabe recordar que el fallo resolvió tutelar el derecho fundamental al debido proceso de Carlos Mario Rojas Centeno contra el Concejo Municipal y en consecuencia se procedió a suspender los efectos de la Resolución 001 de fecha 19 de diciembre de 2019 expedida por la mesa directiva del cabildo.
De igual manera, se ordeno reiniciar el concurso de méritos para la escogencia del jefe del Ministerio Público de la localidad para el periodo 2020-2024, teniendo en cuenta la parte motiva de la sentencia, dentro del término de 72 horas contadas a partir de la notificación de la providencia.
Por ultimo, Rojas Centeno menciono que “Llama también poderosamente la atención el actuar del juez que manda a suspender y anular la Resolución 001 de fecha 19 de diciembre de 2019 que es la convocatoria cuando el no tiene las facultades y la competencia para anular actos administrativos por que eso es competencia única y exclusiva de la Jurisdicción contenciosos y administrativo”.
El funcionario seguirá en sus funciones y despachando en las oficinas de la personería municipal del municipio de Cerro de San Antonio.

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