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Procuraduría inhabilitó por 18 años a exdirector de Cardique
Tras un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación inhabilitó por 18 años a Olaff Puello Castillo, exfuncionarios y excontratistas de la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique –Cardique-, en la mañana de este viernes. Puello, fue Director de la Cardique durante los años 2011 y 2018. Tras esta decisión, los involucrados podrán hacer uso del recurso de apelación.
Igualmente, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por 14 años a la entonces subdirectora de Planeación de la entidad, Ana de Jesús Oyaga Arias, por irregularidades en la contratación.
La decisión se profirió en un fallo de primera instancia en el cual el órgano de control estableció que los exfuncionarios incurrieron en falta disciplinaria al participar en actividad contractual y precontractual “de los contratos adicionales No. 4 de los negocios jurídicos 120 y 121 de 2007, referentes a las obras de canalización del canal Chiamaría y su interventoría”.
Para la Procuraduría los directivos celebraron los negocios jurídicos sin contar previamente con estudios previos necesarios, completos y suficientes para contratos de obra e interventoría pública.
“En el caso de Puello Castillo se estableció que desconoció el principio de economía que lleva inmerso el de planeación y transparencia de la contratación estatal. Además, no garantizó la publicación de los estudios previos, documentos anexos y los contratos adicionales No. 4 de los negocios jurídicos 120 y 121 de 2007 en la plataforma de contratación pública SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública)”, indicó el ente de control.
Sobre el caso de la subdirectora Ana de Jesús Oyaga, en la investigación se determinó que intervino en la tramitación de los contratos con omisión de estudios técnicos, financieros y jurídicos; toda vez que elaboró y suscribió los estudios previos de estos acuerdos de voluntad sin diseños, matriz de riesgos, entre otros aspectos requeridos por el ordenamiento jurídico para contratos de obra e interventoría.
La Procuraduría calificó la falta de los disciplinados como gravísima a título de dolo, basado en que los exdirectivos tenían conocimiento de que las obras de canalización habían sido contratadas en la vigencia 2012, sin especificar que se realizarán por fases, tramos o etapas, y en la vigencia 2013, a través de los contratos adicionales No. 4, se volvieron a suscribir los contratos con el mismo objeto, sin diseños, especificaciones, estudios de mercado y en general desconociendo el deber de planeación.
Finalmente, ordenó remitir copia de la decisión a la Delegada para la Conciliación Administrativa para que analice la posibilidad de interponer una acción que busque una rendición de cuentas de las inversiones hechas con dineros públicos y con los recursos que por su naturaleza estaban destinados a la inversión en medio ambiente sano y la biodiversidad en la región competencia de Cardique.

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