Connect with us

Sin categoría

Gobernación decretó medidas para mitigar el contagio por covid-19 en el Magdalena

Published

on

A través del Decreto Nº 101 del 31 de marzo del 2021, la Gobernación del Magdalena decretó nuevas medidas solicitando a los diferentes alcaldes del departamento adoptar toques de queda, ley seca y prohibición de las tradicionales procesiones durante la Semana Santa, al igual que en los municipios que tengan playas y balnearios en su jurisdicción realizar el cierre de estos para garantizar el cumplimiento del aislamiento selectivo y así mitigar el riesgo de propagación del Covid-19.

En el documento, se solicita a todos los alcaldes del departamento adoptar el siguiente toque de queda:

• Desde las 8:00 p.m. del miércoles 31 de marzo hasta el 5:00 am. del jueves 1 de abril
• Desde 6:00 p.m. del jueves 1 de abril hasta las 5:00 a.m del viernes 2 de abril.
• Desde las 6:00 p.m. del viernes 2 de abril hasta las 5:00 a.m. del sábado 3 de abril.
• Desde las 6:00 p.m. del sábado 3 de abril hasta las 5:00 a.m. del domingo 4 de abril.
• Desde las 6:00 p.m. del domingo 4 de abril hasta las 5:00 a.m. del lunes 5 de abril.

Dentro del documento, solicita a los alcaldes de Ciénaga, Fundación, Aracataca, Zona Bananera, Puebloviejo y Sitionuevo con jurisdicción en playas y balnearios expedir un acto administrativo a través del cual restrinjan el acceso a las playas, ríos y balnearios desde las cero horas del primero de abril hasta las 5 a.m. del lunes 5 de abril.

Igualmente, establece que los alcaldes de Ciénaga, Puebloviejo, Zona Bananera y Fundación deberán instalar en sus respectivos municipios un Puesto de Mando Unificado o Sala de Crisis de carácter permanente para monitorear diariamente los casos positivos de Covid-19 y la ubicación de las personas contagiadas, analizar la cadena de trasmisión, verificar el cumplimiento del aislamiento preventivo y tomar medidas para mitigar el aumento de los casos.

Otras prohibiciones dentro del decreto

El nuevo decreto prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio en todo el departamento desde las 8 p.m. del miércoles 31 de marzo hasta las 5 a.m. del martes 6 de abril.

También prohíbe la realización de eventos públicos o privados de carácter religioso o cultural que impliquen aglomeración de personas, en especial las tradicionales procesiones de Semana Santa, lo mismo que el funcionamiento de establecimientos de esparcimiento, ocio, diversión, baile, casinos, discotecas, juegos de azar, bingos y actividades similares.

DECRETO 0101 DE 30 DE MARZO DE 2021 - SE IMPARTEN MEDIDAS Y RECOMENDACIONES EN MATERIA DE ORDEN PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL AISLAMIENTO SELECTIVO_compressed
Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply