Connect with us

Nación

En Colombia autorizan exportación de flor seca de cannabis tras modificaciones al Decreto

Published

on

Recientemente fueron presentados una serie de cambios en el Decreto 613 de 2917, por medio del cual se dictaron disposiciones para regular el uso del cannabis medicinal en Colombia, así como los negocios con este mismo elemento.

Las modificaciones le apuntan al “acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis”, así como al fortalecimiento de “este sector prioritario y estratégico para el crecimiento económico, generación de empleo, exportaciones con valor agregado, innovación” y “abrir el mercado para el desarrollo de productos industriales, con un sistema de control y fiscalización fortalecido”.

Entre las modificaciones más importantes, acordadas luego de un proceso de dos años de concertación liderado por el Ministerio de Justicia con las empresas dedicada a la producción de esta planta, se encuentra la autorización para exportar hoja seca de cannabis.

Dicha decisión fue tomada teniendo en cuenta las quejas del gremio, el cual aseguraba que dicha prohibición a la larga se convertía en un obstáculo para que los productores nacionales lograran la comercialización, teniendo en cuenta que la flor seca de cannabis es uno de los productos con mayor demanda en países como Alemania, Estados Unidos y Canadá.

Adicionalmente, el nuevo decreto da vía libre a la venta en droguerías de recetas magistrales hechas a base de cannabis, bajo la premisa de “fortalecer la industria nacional farmacéutica para ser un referente internacional y, sobre todo, garantizar la disponibilidad y el acceso de medicamentos a base de cannabis, seguros y eficaces”.

Así mismo, el documento aclara que serán robustecidas las medidas de control para otorgar licencias y que, se cancelarán aquellas que no cumplan con el desarrollo de actividades que fueron especificadas en un primer momento. De igual manera, estipula que se permitirá el acceso de “flor seca, semillas, grano, plantas, componente vegetal y derivados” a las zonas francas del país con el objetivo de incentivar la industria farmacéutica.

Además, las licencias serán otorgadas por 10 años y no por cinco, como se hacía anteriormente, así como también se eliminó la “prohibición de realizar publicidad con el componente vegetal, las plantas de cannabis, el cannabis, derivados y productos terminados”, sin dejar por fuera que dichas promociones tendrán que cumplir con las exigencias legales determinadas.

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply