Sin categoría
Niegan demanda contra el Estado por el rompimiento del canal del Dique en el 2010
El Consejo de Estado negó una demanda que estaba encaminada a que la Nación reparara los daños producidos por las inundaciones en varios predios privados del sur de Bolívar y el Norte del Atlántico, que se dieron por el rompimiento del canal del Dique, tras las lluvias torrenciales que se registraron por el fenómeno de la niña que vivió el país en el 2010.
La acción fue ejercida por la sociedad Rosalba Rueda de Jordán y otros ciudadanos en contra de los ministerios del Interior y el de Transporte, el Instituto Nacional de Vías, Invías, el departamento del Atlántico, el municipio de Santa Lucía, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Cormagdalena, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique, Cardique, y la Corporación Autónoma Regional del Atlántico.
Los demandantes atribuyeron al rompimiento del canal la pérdida de 46 vacas y 20 toros cebú; 50 carneros; 10 cerdos; 20 hectáreas de potreros; 80 árboles de mango, limón, cítricos, cocoteros, ciruelas, plátanos y pan coger y averías en campamentos y corrales de vareta y establos. Además, señalaron que se había afectado la producción lechera y la venta de terneros de tres años; así como la ganancia esperada por cultivos de maíz, pastos y potreros y de 80 árboles de mango, limón, cítricos, cocoteros, ciruelas, plátanos y pan coger.
A juicio de los demandantes, las entidades accionadas incurrieron en una falla en el servicio por una inadecuada construcción del terraplén del canal del Dique, por su falta de mantenimiento y por una respuesta tardía a su ruptura. Por esa razón, solicitaron el pago de más de 3.400 millones de pesos, como indemnización a los supuestos perjuicios.
El Consejo de Estado negó las pretensiones, alegando que, si bien se encuentra probado el daño sufrido por la sociedad Rosalba Rueda de Jordán y CIA S. en C., debido a la inundación de los predios “Los Chivos” y “El Rinconcito”, no obraba prueba de que la inacción o actuaciones de las entidades demandadas lo hayan generado. A su juicio, la causa eficiente de la producción del daño fue “un evento de la naturaleza imprevisible, irresistible y ajeno a las partes”.
Por lo anterior, a la parte demandante le fue impuesta la necesidad de asumir los costos de las agencias en derecho por $35.567.829 a favor de los ministerios del del Interior, el de Transporte, el Invías, el departamento del Atlántico, el municipio de Santa Lucía, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, Cormagdalena, Cardique, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, el municipio de Suan y la Agencia de Desarrollo Rural.
You must be logged in to post a comment Login