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Nación

Corte Constitucional le tumbó la ley al Ministerio de Ciencias

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A partir del 20 de julio empezará a regir el tiempo de dos años para que el MinCiencias realice los cambios de la Ley 1951 de 2019.

Este jueves, se conoció que la Corte Constitucional habría tumbado la Ley 1951 de 2019, proyecto que había sido creado por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en el que deberán corregir los puntos que indica la ley y tendrán un plazo de dos años para hacerlo, el cual empezará a regir a partir del 20 de julio del presente año.

El Alto Tribunal acató una demanda en la que solicitaban la inexequibilidad de la totalidad de la ley. Este proceso surgió porque el proyecto no contó con el aval del Gobierno Nacional. Asimismo, indican que el legislador descartó la definición de la estructura orgánica del Ministerio de Ciencias y Tecnología.

Además, la Corte Constitucional analizó que la Ley 1951 de 2019 “no reguló la estructura orgánica del Ministerio de Ciencias” como lo indica el artículo 150 en punto número 7 de la Constitución, donde se estipula “los objetivos y estructura orgánica”.

Pero esto no fue el único aspecto en el que el Alto Tribunal estipuló inexequibles los artículos como 125 y 126 en  el Plan Nacional de Desarrollo de la misma ley 1955 de 2019. Esto con el objetivo de poder subsanar los vacíos que se encuentren relacionados con la estructura orgánica y a las funciones del Ministerio. Este es un proceso legislativo que debe realizarse según lo muestra la constitución.

La corrección de esta ley deberá empezar a surgir a partir del 20 de julio para no afectar a las personas que se encuentran vinculadas a la entidad.

Esta ley ha tenido buen respaldo por parte de la Procuraduría General de la Nación, en la que consideró que la disposición se ajusta a lo previsto de la Constitución Política. Además, indicó que el contenido no contravenía ninguna norma constitucional.