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Territorio & Poder

Juzgado niega tutela en segunda instancia a María del Carmen Ceballos

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El Juzgado Cuarto Civil del Circuito Santa Marta, en segunda instancia, negó en segunda instancia la tutela de María del Carmen Ceballos Redondo, expresidenta del Sindicato de Educadores del Magdalena, quien había solicitado el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y al mínimo vital.

Con esto, el juez Argemiro Valle Padilla confirma la decisión de primera instancia del Juzgado Sexto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santa Marta del 18 de junio, que negó el amparo al no hallar la violación enrostrada.

En la decisión, el juez explicó que Ceballos Redondo puede presentar alegaciones y pruebas en su favor en una oportunidad futura y que la acción presentada es prematura porque el acto cuestionado aún no ha sido revisado por un superior.

Además, señala que no se ha demostrado un perjuicio irremediable que justifique la urgencia de la acción, ya que Ceballos Redondo aún estaba recibiendo su salario en el momento de presentar la acción.

Ver documento completo en aquí.

La acción de tutela promovida por Ceballos Redondo fue en contra de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, la Oficina de Asuntos Disciplinarios de la Alcaldía de Santa Marta, la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, la Secretaría de Educación Distrital de Santa Marta, el señor Edilfonso Orozco, la Universidad del Atlántico, Radio Magdalena, Radio Cadena Nacional S.A.S. – RCN Radio, Radio Hoy S.A.S., el Sindicato de Trabajadores de la Educación del Magdalena – EDUMAG, el Ministerio del Trabajo, la Dirección de Capital Humano de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, la Procuraduría General de la Nación, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Santa Marta, la Personería Distrital de Santa Marta, la señora Somaíra Varela Olaya, el señor Alcides Andrés Pardo Pinedo, el señor Germán Andrés Trujillo Sánchez, la IED Galván de la Bastidas, el señor Eduardo Mario Orozco Navarro y la IED Liceo Celedón, conforme a lo expuesto en esta providencia.