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El Juzgado de Santa Marta ha ordenado a Essmar y a otras entidades cumplir con la sentencia T-290 de la Corte Constitucional

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En la sentencia T-290 de 2024, la Corte Constitucional ordenó a varias entidades públicas, entre ellas Essmar, la Alcaldía Distrital, el DADSA, Corpamag y la Superservicios, entre otras, que abordaran de manera urgente la problemática de los rebosamientos de aguas residuales en el sector de Los Cocos, en Santa Marta.

El Juzgado Segundo Penal Municipal de Santa Marta ha indicado que las entidades mencionadas en la sentencia T-290 de 2024 de la Corte Constitucional deberán remitir informes en los cuales, de manera clara y sucinta, indiquen las acciones realizadas por cada una de las entidades para dar cumplimiento a la orden dada por la Corte.

 

Por: Arnol Sarmiento
Redacción: OPINIÓN CARIBE

El Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento y Depuración de Santa Marta ha dictado una nueva orden para asegurar el cumplimiento de la sentencia T-290 de 2024 de la Corte Constitucional. Esta sentencia, emitida el 18 de julio de 2024, insta a la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta (ESSMAR), a la Alcaldía Distrital de Santa Marta y a varias entidades públicas a abordar de manera urgente la problemática de los rebosamientos de aguas residuales en el sector de Los Cocos.

En la sentencia T-290 de 2024, la Corte Constitucional ordenó el pasado 18 de julio a la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta (ESSMAR) y a la Alcaldía Distrital una solución inmediata al problema de los rebosamientos de aguas residuales en el sector de Los Cocos. Además, instruyó la revisión de las licencias de construcción y la expedición de certificaciones de disponibilidad de servicios públicos en esta área de Santa Marta, así como la suspensión de la expedición de licencias de urbanización y construcción en el barrio Bellavista por parte de las Curadurías Urbanas No. 1 y No. 2 de Santa Marta, entre otras disposiciones.

En cumplimiento de esta sentencia, el Juzgado Segundo Penal Municipal ha dado instrucciones precisas para que ESSMAR, la Alcaldía Distrital, la Superintendencia de Servicios Públicos, la Secretaría Distrital de Salud, la Planeación Distrital, el Departamento Administrativo de Sostenibilidad Ambiental (DADSA) y la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (CORPAMAG) remitan informes detallados en un plazo de 48 horas. Estos informes deben exponer las acciones realizadas para cumplir con las órdenes impartidas por la Corte Constitucional.

Asimismo, el Juzgado también ha ordenado a las entidades implicadas que presenten informes detallados sobre las medidas adoptadas, dentro de las 48 horas posteriores a la notificación de la providencia, y luego cada 30 días hasta la finalización satisfactoria de las obras.

“ORDENAR a las entidades requeridas rendir un informe cada 30 días sobre el cumplimiento de lo ordenado por la H. Corte Constitucional en decisión de fecha dieciocho (18) de julio de dos mil veinticuatro (2024), en su numeral octavo, esto, hasta la terminación de las obras de forma satisfactoria.” Señaló el resuelve del Juzgado Segundo Penal Municipal de Santa Marta.

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