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ANLA podría revocar la licencia ambiental del proyecto “Puerto de las Américas” en Santa Marta por presuntos incumplimientos

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Por su parte, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a través del oficio del 16 de noviembre de 2023, informó que se estaba adelantando el trámite para declarar el presunto incumplimiento de las obligaciones establecidas por parte de la Sociedad Portuaria de las Américas S.A.

 

Mediante oficio el pasado 8 de agosto del 2024 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) ha solicitado a la Sociedad Portuaria de las Américas S.A.S. que presente las razones por las cuales no se ha dado comienzo a la fase constructiva del proyecto denominado “Construcción y operación del Terminal Portuario de Graneles Líquidos en Punta Voladero”, a pesar de haber transcurrido un período superior a cinco años desde la emisión de la correspondiente licencia ambiental.

En el oficio, la ANLA informó que, mediante la Resolución 178 del 12 de febrero de 2018, modificó la licencia ambiental previamente otorgada por la Resolución 028 del 6 de enero de 2007, la cual había sido modificada a su vez por el parágrafo primero del artículo primero de la Resolución 142 del 11 de junio de 2010. Esta modificación autoriza la construcción y operación del Terminal Portuario de Graneles Líquidos en Punta Voladero, situado en la ciudad de Santa Marta.

Pero, que a pesar de que la licencia ambiental para este proyecto fue otorgada hace más de cinco años, la construcción aún no ha comenzado. Aunque la SOCIEDAD PORTUARIA ha informado en varias ocasiones sobre el inicio de las obras, hasta la fecha no se ha evidenciado ningún avance.

La ANLA indicó que, mediante comunicación con radicado 2023018683-1-000 del 31 de enero de 2023, la SOCIEDAD PORTUARIA DE LAS AMÉRICAS S.A. informó que las actividades del proyecto comenzarían el 17 de febrero de 2023, y adjuntó un cronograma para las fases de preconstrucción, construcción y operación. En consecuencia, la Autoridad Nacional, a través del oficio con radicado 2023073764-2-000 del 10 de abril de 2023, solicitó a la SOCIEDAD PORTUARIA DE LAS AMÉRICAS S.A. que confirmara la fecha de inicio de las actividades constructivas.

Después de la solicitud de la ANLA a la Sociedad Portuaria para que indicara la fecha de inicio de las obras, la ANLA informó que, mediante comunicación con radicado 20236200083052 del 8 de mayo de 2023, la Sociedad Portuaria notificó que la fecha estimada para el inicio de la actividad constructiva era el 28 de agosto de 2023.

Hoy, después de varios meses en los que debía comenzar la actividad constructiva del proyecto de “Construcción y operación del Terminal Portuario de Graneles Líquidos en Punta Voladero”, inicialmente estipulado para el 28 de agosto de 2023, la ANLA indicó en el oficio emitido el 8 de agosto de 2024 que “ninguna de estas fechas se ha cumplido” por parte de la SOCIEDAD PORTUARIA DE LAS AMÉRICAS S.A.

Ante esta situación, el oficio de la ANLA señala que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) ha iniciado un proceso para declarar el incumplimiento del contrato de concesión por parte de la Sociedad Portuaria, debido a la falta de ejecución de las inversiones programadas.

La ANLA detalló que, “dado que a la fecha no se ha confirmado por parte de la Sociedad el inicio de tales actividades, y considerando que la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, a través del oficio con radicado 20236200872622 del 16 de noviembre de 2023, informó que se estaba adelantando el trámite para declarar el incumplimiento contra la SOCIEDAD PORTUARIA DE LAS AMÉRICAS S.A., por el presunto incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Otrosí No. 2 de 2020 del contrato de concesión portuaria No. 003 de 2015, suscrito con esa Agencia, debido a que las inversiones programadas para los años 2020, 2021 y 2022, según la cláusula 12 del Contrato de concesión portuaria No. 003 de 2015, modificada por el Otrosí No. 02 de 2020, aún no han iniciado su ejecución”, señaló la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Asimismo, la ANLA ha advertido que la demora en la ejecución del proyecto podría tener graves consecuencias, como la suspensión o revocación de la licencia ambiental, así como la imposición de sanciones económicas a la SOCIEDAD PORTUARIA DE LAS AMÉRICAS S.A.

“Es importante destacar que el ARTÍCULO 2.2.2.3.8.7 sobre la pérdida de vigencia de la licencia ambiental establece que la autoridad ambiental competente podrá, mediante resolución motivada, declarar la pérdida de vigencia de la licencia si, transcurridos cinco (5) años a partir de su ejecutoria, no se ha iniciado la construcción del proyecto, obra o actividad. Esta situación deberá dejarse constancia en el acto que otorga la licencia”. Además, la autoridad ambiental indicó que “para la declaratoria sobre la pérdida de vigencia, se deberá requerir previamente al interesado para que informe sobre las razones por las cuales no ha dado inicio a la obra, proyecto o actividad”.

Ante el presunto incumplimiento de los plazos establecidos para iniciar el proyecto de “Construcción y operación del Terminal Portuario de Graneles Líquidos en Punta Voladero”, la ANLA le otorgó a la SOCIEDAD PORTUARIA el pasado 8 de agosto de 2023 un plazo de 15 días, que venció el 23 de agosto de 2023, para que informara sobre las razones de la falta de inicio del proyecto.

Por lo tanto, la ANLA concluyó que “se debe informar concretamente a esta Autoridad Nacional los motivos por los cuales no se ha iniciado la fase constructiva del proyecto, a pesar de haber transcurrido más de cinco años desde la expedición de la licencia ambiental y su correspondiente modificación mediante la Resolución 178 del 12 de febrero de 2018, con el fin de adoptar las decisiones pertinentes”.