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Juzgado niega tutela de la diputada Margarita Guerra contra la Asamblea del Magdalena
El Juzgado Sexto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta negó la tutela presentada por la diputada Margarita Guerra contra la Asamblea Departamental del Magdalena por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso y participación política.
El caso surge tras la aprobación del acta de la sesión del 22 de noviembre de 2024, donde Guerra interpretó que sus derechos habían sido vulnerados debido a la falta de respuesta a sus solicitudes. Sin embargo, la Asamblea Departamental argumentó que la accionante había interpretado de manera subjetiva los hechos, aclarando que el acta que debió enviarse previamente era la del 15 de noviembre y no la del 22. Además, se destacó que Guerra se retiró antes de la aprobación del acta, lo que le impidió objetar o apelar la decisión, la cual fue tomada por la mayoría de los diputados presentes.
“El presente Despacho Judicial procederá a negar el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y participación política, solicitado por la ciudadana María Margarita Guerra, al haberse llevado a cabo por parte de la Asamblea Departamental de Magdalena, la sesión plenaria del día 26/11/2024 a las 9:00 am, en la cual se efectuó la elección de Mesa Directiva 2025, pese a la orden emanada de esta Célula Judicial el día 25 de noviembre de hogaño”, se lee en el documento.
El Juzgado, al revisar el expediente de tutela, determinó que había una «carencia actual del objeto» por haber configurado un hecho superado, debido a que la problemática en torno a la sesión de elecciones de la Mesa Directiva había sido subsanada. Asimismo, el Juzgado que la acción de tutela no es el mecanismo adecuado para declarar la nulidad de actos administrativos, y que la parte afectada puede recurrir a la jurisdicción contenciosa administrativa para tales fines.
En consecuencia, el fallo ha sido notificado a las partes y, en caso de no ser impugnado, se enviará a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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