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Conpes puso a Santa Marta en el mapa del agua, pero Petro frena el rumbo del proyecto desalinizador

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El aval del Conpes contrasta con el llamado de atención del presidente Gustavo Petro, cuyas declaraciones reactivaron la incertidumbre sobre un proyecto que sigue en pie, pero que hoy reclama decisiones concretas para no dilatar, una vez más, la solución al problema del agua en Santa Marta.

Por: Alexandra Martínez. 

El proyecto para enfrentar la crisis histórica de agua potable en Santa Marta logró un respaldo clave del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), que avaló una inversión de 786.032 millones de pesos para su ejecución entre 2026 y 2030. La decisión confirma que el problema del agua en el Distrito ya es considerado un asunto estratégico para la Nación, aunque las recientes declaraciones del presidente Gustavo Petro reabrieron el debate sobre el enfoque y la localización de las plantas desalinizadoras.

Durante el Consejo de Ministros realizado el martes, el jefe de Estado expresó su inconformidad con el rumbo que venía tomando la iniciativa, al advertir que la inversión pública no puede terminar favoreciendo intereses privados, en particular del sector hotelero, mientras persisten amplias zonas de la ciudad sin acceso regular al servicio. “¿Nuestra inversión pública es para el agua de los hoteles, cuando hay gente necesitada del agua en el norte de Santa Marta? Meter medio billón para subsidiar a los dueños de hoteles es una irresponsabilidad”, afirmó el mandatario.

Las palabras del presidente no implican la cancelación del proyecto aprobado por el Conpes, pero sí obligan a una revisión de fondo. En ese contexto, el académico y experto en políticas públicas David Millán Orozco, a través de un pronunciamiento público, hizo una precisión técnica sobre la ubicación de la denominada desalinizadora sur, uno de los puntos más cuestionados.

Según Millán, el predio de Pozos Colorados fue identificado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios bajo la administración de Yanod Márquez, al tratarse de un terreno de propiedad de la Nación y con mejores condiciones técnicas frente a otras alternativas evaluadas. Entre ellas, un predio cercano al aeropuerto y otro de propiedad del Distrito, que presentaban limitaciones por distancia al mar y escasa superficie operativa.

El experto señaló además que la localización seleccionada quedó por fuera de cualquier pretensión especulativa y que la producción de la desalinizadora sur —estimada en 600 litros por segundo— se integraría al sistema general de distribución, lo que permitiría llevar el agua a toda la ciudad, con prioridad en las zonas donde habita la población más vulnerable, en línea con los criterios de equidad exigidos por el propio presidente.

Millán recordó que el proyecto hace parte de una estrategia integral construida durante más de 14 meses, en el marco de la iniciativa Santa Marta 500 Años, y que incluye no solo el aval fiscal del Ministerio de Hacienda, sino también el Conpes Estratégico 4159 de 2025 y la gestión predial tanto para las plantas del sur y Taganga como para una granja solar asociada.

Por ahora, el proyecto sigue en pie. Lo que viene es una etapa de ajustes y socialización técnica para atender las observaciones planteadas por el presidente Petro, sin perder el respaldo financiero ni el carácter estratégico otorgado por el Conpes. El pulso está planteado entre la urgencia de resolver el desabastecimiento y la exigencia política de que la millonaria inversión pública beneficie, sin ambigüedades, a quienes históricamente han sido los más golpeados por la falta de agua en Santa Marta.

Cabe recordar que se trata de un proyecto que ya cuenta con respaldo del Conpes, lo que le otorga carácter vinculante dentro de la planeación del Estado. Esto implica no solo la obligatoriedad de avanzar en sus fases de diseño y ejecución, sino también el respeto a un proceso que ya incluyó selección técnica, definición predial y recursos de destinación específica. En ese contexto, cualquier ajuste debe darse dentro del marco institucional y no como resultado de decisiones discrecionales, pues revertir o dilatar una iniciativa de obligatoria ejecución no puede depender de apreciaciones personales, sino de criterios técnicos, jurídicos y de interés público.