Unidad Investigativa
Pagaron $1.000 millones y la obra estaba paralizada: Contraloría ratifica detrimento en acueducto de Zona Bananera
Aguas del Magdalena S.A. E.S.P. autorizó desembolsos al Consorcio Acueducto Zona Bananera por concepto de “ítems no previstos” durante un periodo en el que la obra permanecía suspendida y sin soportes técnicos suficientes para acreditar la ejecución material de los trabajos. El expediente fue trasladado a la Fiscalía para que investigue a varias personas por los presuntos delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público.
Por: José D. Pacheco Martínez
El 24 de abril de 2026, la Contraloría General del Magdalena liberó el Informe Definitivo de Actuación Especial de Fiscalización Q-47-26-0001 sobre el Contrato de Obra CO-003-2022, suscrito para la construcción del acueducto regional de los corregimientos de San José de Kennedy y Sevilla, en el municipio de Zona Bananera. Tras año y medio de revisión documental y técnica, el organismo de control ratificó un hallazgo administrativo con incidencia fiscal, disciplinaria y penal por $999 millones.
Según los documentos públicos colgados en la plataforma Secop, este contrato fue celebrado entre Aguas del Magdalena S.A. E.S.P. y el Consorcio Acueducto Zona Bananera con un valor inicial de $5.366 millones y un plazo de ejecución de ocho meses. Posteriormente, el proyecto recibió una adición presupuestal bajo el concepto de “ítems no previstos”, elevando el valor total de la obra a $6.365 millones.

No hay evidencia de trabajos
En uno de sus apartes, el documento explica que la auditoría se concentró en tres aspectos: la etapa de planeación del proyecto, las causas de las suspensiones de obra y la relación entre el avance físico y los desembolsos financieros efectuados durante la ejecución contractual. En relación con la planeación, la Contraloría indicó que la entidad inició el contrato sin contar plenamente con diseños consolidados ni permisos interinstitucionales definitivos. “Empezar una obra civil de alta complejidad sin tener la certeza de los diseños consolidados y los permisos en mano es la causa eficiente y raíz de este desastre operativo”, se lee en uno de los apartes.
Yendo más allá, el equipo auditor señaló que las suspensiones posteriores estuvieron relacionadas con fallas en la planeación y ausencia de elementos trascendentales para la ejecución de un contrato de obra. Sobre ese punto, precisan los funcionarios del ente de control, que “la administración tuvo que firmar el Acta de Suspensión No. 2 para confesar documentalmente que los diseños del sistema de tratamiento necesitaban ajustes profundos. Más adelante, la Suspensión No. 4 desnudó la falta de gestión de permisos básicos de ocupación de vía”.
De acuerdo con la Contraloría, las situaciones fácticas que dieron ‘origen’ a la Suspensión No. 4 permanecieron vigentes entre el 29 de abril de 2024 y el 21 de julio de 2025 mediante 14 prórrogas consecutivas. Durante ese periodo, advierte la entidad, que “el avance físico de la obra se congeló en el 67%. Así lo reportó de manera reiterativa la propia interventoría en sus informes mensuales de supervisión. Y, sin embargo, la plata fluyó, los recursos no se detuvieron y la entidad gestionó los pagos y materializó las transferencias mediante las Órdenes de Pago CF-049-2024, CF-106-2024 y CF-138-2024”.
Además, señaló que no encontró soportes técnicos suficientes para verificar la ejecución de los “ítems no previstos” pagados mediante la adición contractual. Sobre el particular, el informe señala que la comisión no halló los soportes técnicos indispensables para el aval de los desembolsos como: carteras topográficas de respaldo que evidencien movimientos de tierra y actas de mayores cantidades liquidadas en campo con el visto bueno del residente de obra.
“Las memorias de cálculo detalladas y los planos as-built, que deberían soportar el desembolso de casi mil millones de pesos, brillan por su ausencia. Sin estos soportes verificables y exigidos por la norma técnica, es imposible para cualquier ente de control fiscal determinar si esos ítems realmente se construyeron”, indica el informe. El equipo auditor también evidenció que no existía trazabilidad técnica suficiente para ubicar físicamente los desembolsos autorizados, es decir, no se sabe “en qué frente de trabajo, excavación o estructura de concreto están representados esos recursos”.
Finalmente, sobre este punto en concreto de análisis, la Contraloría sostuvo que la interventoría externa avaló la incorporación de recursos adicionales aun cuando la obra permanecía suspendida. “Validó supuestas ‘necesidades técnicas’ inaplazables. Lo profundamente contradictorio es que emitió este aval en un momento procesal donde ellos mismos reportaban que no había frentes de trabajo habilitados”, puntualizan la auditoría.
Compulsa de copias para investigar delitos
Con base en los hallazgos documentales y financieros, la Contraloría compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible configuración de varios delitos contra la administración pública. Uno de ellos es contrato sin cumplimiento de requisitos legales, previsto en el artículo 410 del Código Penal. Según la auditoría, el contrato habría iniciado sin contar con estudios técnicos consolidados ni permisos definitivos requeridos para la ejecución integral de la obra.
El informe sostiene que la obra debió suspenderse posteriormente para corregir problemas relacionados con diseños y autorizaciones institucionales. En consecuencia, el ente de control consideró que las falencias de planeación tuvieron incidencia directa en las modificaciones presupuestales y en las suspensiones sucesivas del contrato. La segunda conducta punible advertida corresponde al presunto delito de peculado por apropiación a favor de terceros.
Sobre el particular, la auditoría sostiene que recursos públicos provenientes del Sistema General de Participaciones y del crédito FIA fueron girados sin que existiera soporte técnico suficiente para demostrar la incorporación efectiva de esos recursos a la infraestructura del acueducto. “La certeza del daño es matemáticamente evidente: el Estado giró y pagó las facturas, pero en el expediente no obran las actas de recibo a satisfacción debidamente georreferenciadas, ni reposan los planos as-built o las pruebas de laboratorio de materiales que demuestren fehacientemente que esos elementos adquiridos se integraron realmente al sistema de acueducto”, afirma el documento.
Asimismo, los profesionales de la entidad advirtieron una posible falsedad ideológica en documento público. Según el expediente, los conceptos técnicos, los vistos buenos y las actas suscritas por la interventoría y la gerencia afirmaban necesidades técnicas y avances que, presuntamente, no correspondían a la realidad física de la obra. “Estos documentos ideológicamente inexactos sirvieron como el instrumento jurídico idóneo para propiciar y justificar los millonarios egresos del erario”, detalla el informe.
Preliminarmente, fueron vinculados como presuntos responsables los exgerentes Ieruska Paola Chávez Zabaleta y Francisco Fernando García Rentería; los subgerentes técnicos Odair Mercado Villalba y Gilma Escobar Ruiz; al Consorcio Inter-Aguas como interventoría externa; y al Consorcio Acueducto Zona Bananera como contratista receptor de los recursos cuestionados.
Finalmente, concluye de manera contundente que tras el examen pericial a los elementos materiales probatorios y evaluar “las respuestas emitidas por el sujeto de control frente al informe preliminar, […] emite conclusión de incumplimiento, ratificando la existencia de un Hallazgo Administrativo con Incidencia Fiscal, Disciplinaria y Penal por la suma de novecientos noventa y nueve millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y un pesos m/cte ($999.686.381,00)” y ordena el traslado correspondiente a las autoridades competentes.
- Adjunto: INFORME DEFINITIVO DE ACTUACIÃ_N ESPECIAL DE FISCALIZACIÃ_N DENUNCIA Q-47- 26-0001.pdf FIRMADO https://drive.google.com/file/d/1Jl5WdXuYLsRqMczn8Pvpep1JUYZ5avkL/view?usp=sharing
