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Territorio & Poder

El Magdalena en guardia: Corpamag toma medidas frente a El Niño

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De acuerdo con boletines y alertas de agencias internacionales y organismos nacionales de monitoreo climático, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (CORPAMAG) expidió la Resolución 1303 de 2026 y activó medidas urgentes de prevención, mitigación, control y manejo ambiental para enfrentar los efectos del Fenómeno de El Niño 2026 2027 en el departamento del Magdalena y el área rural del Distrito de Santa Marta.

El 9 de abril, el Climate Prediction Center de la NOAA, la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y el Columbia Climate School (IRI) señalaron una transición acelerada hacia El Niño, con probabilidades superiores al 61% para mayo julio y entre 72% y 80% en el segundo semestre de 2026. El IDEAM advirtió reducciones críticas en caudales, estrés térmico en ecosistemas estratégicos y un aumento significativo del riesgo de incendios, alertas que se complementan con la Circular Nº028 del 16 de abril de 2026 de la UNGRD.

Frente a ese marco técnico científico, CORPAMAG declaró la prioridad absoluta del agua para consumo humano y ordenó restricciones y prohibiciones temporales contenidas en la Resolución 1303 de 2026. El director general de la Corporación, Alfredo Martínez Gutiérrez, advirtió: «Nos enfrentamos a una crisis climática que amenaza directamente la seguridad hídrica y nuestros ecosistemas, especialmente la Sierra Nevada de Santa Marta y el complejo lagunar de la Ciénaga Grande de Santa Marta. Hemos desplegado acciones e intervenciones institucionales concretas y obligatorias».

Entre las medidas clave figura la prelación del uso del agua para consumo humano directo y doméstico sobre cualquier actividad agropecuaria, industrial, comercial o recreativa; todas las concesiones quedan supeditadas a esta prioridad y podrán modificarse o restringirse según la gravedad del desabastecimiento.

Se prohíbe temporalmente el uso de aguas superficiales, subterráneas o de acueducto para actividades no esenciales: llenado de piscinas recreativas, lavado de vehículos, maquinaria y fachadas con mangueras de flujo continuo, y riego de jardines, zonas verdes o campos deportivos. Asimismo, para mitigar incendios queda terminantemente prohibida la realización de quemas a cielo abierto, fogatas recreativas y cualquier uso del fuego para preparación de suelos.

Las empresas prestadoras del servicio de acueducto urbano, rural y veredal tienen un plazo máximo de quince días calendario para actualizar y ejecutar sus Planes de Emergencia y Contingencia y sus Programas de Uso Eficiente y Ahorro del Agua; deben implementar balances diarios oferta demanda, garantizar fuentes alternas reguladas (bombeo o pozos profundos) y ejecutar campañas masivas obligatorias de difusión radial y escrita sobre ahorro hídrico.

Para el sector agropecuario, CORPAMAG aplicará esquemas obligatorios de racionamiento y turnos de riego para usuarios agrícolas y ganaderos, independientemente de derechos previos. Se prohíbe la construcción de diques, trincheras, estanques artificiales o desviaciones informales sobre cauces activos; los alcaldes municipales, con apoyo de la Fuerza Pública, están facultados para retirar alteraciones físicas.

Se autoriza a alcaldes de municipios ribereños a ejecutar cierres transitorios de compuertas y flujos hidráulicos desde cuerpos lénticos hacia caños alimentadores para retener agua destinada al consumo humano. La Corporación mantendrá seguimiento estricto a usuarios estratégicos de las cuencas de los ríos Frío y Sevilla mediante visitas de verificación y la aplicación de esquemas de regulación tipo «Pico y Agua» articulados semanalmente con la comunidad y los vigías ambientales.

En materia de conservación, CORPAMAG evaluará suspender temporalmente jornadas de siembra o reforestación que no cuenten con disponibilidad hídrica suficiente, priorizando la restauración pasiva, el aislamiento y protección de áreas en regeneración natural y la instalación de cerramientos y barreras cortafuegos en ecosistemas estratégicos: bosque seco tropical, humedales, rondas hídricas y zonas de páramo.

Finalmente, la Corporación exhorta a los entes territoriales del Magdalena y al Distrito de Santa Marta a mantener activos sus Consejos de Gestión del Riesgo de Desastres y a actualizar sus planes de contingencia conforme a las recomendaciones del IDEAM, la UNGRD y la Procuraduría General de la Nación. La cartografía de amenazas por incendios está disponible en la página web oficial de la entidad para orientar la toma de decisiones locales.