Connect with us

Poder & Gobierno

Queda en firme la curul del diputado Edgar Arias tras fallo del Consejo de Estado

Published

on

La sentencia de segunda instancia descartó que el diputado hubiera incurrido en una inhabilidad por contratación y confirmó el fallo que negó su pérdida de investidura.

 

Por: Arnol Sarmiento

El Consejo de Estado confirmó la investidura del diputado del Magdalena Edgar Jerónimo Arias Ortiz al negar, en segunda instancia, la solicitud de pérdida de investidura presentada en su contra por una presunta inhabilidad derivada de la celebración de contratos con una entidad pública.

La decisión, adoptada por la Sección Primera mediante sentencia del 25 de junio de 2026, ratificó el fallo emitido previamente por el Tribunal Administrativo del Magdalena, que había rechazado las pretensiones de la demanda al considerar que no se configuraban los requisitos legales para declarar la pérdida de investidura.

La acción judicial sostenía que Arias Ortiz habría estado inhabilitado para ser elegido diputado al mantener un contrato de arrendamiento de la Terminal de Transporte Terrestre de El Banco con la Empresa de Servicios Públicos Municipal dentro del año anterior a las elecciones regionales de octubre de 2023.

Sin embargo, tras revisar el expediente, el Consejo de Estado concluyó que todos los contratos suscritos entre el hoy diputado y la Empresa de Servicios Públicos de El Banco finalizaron el 31 de agosto de 2022, es decir, antes del inicio del período inhabilitante comprendido entre el 29 de octubre de 2022 y el 29 de octubre de 2023.

No se acreditó el elemento temporal de la inhabilidad

La Sala encontró probado que Arias celebró contratos de arrendamiento de la terminal de transporte entre los años 2016 y 2022, pero ninguno fue suscrito dentro de los doce meses previos a su elección como diputado.

El fallo recuerda que la inhabilidad prevista en el numeral 5 del artículo 49 de la Ley 2200 de 2022 exige demostrar que el candidato celebró contratos con entidades públicas dentro del año anterior a la elección y que dichos contratos debían ejecutarse en el respectivo departamento, requisito que no se cumplió en este caso.

Asimismo, la corporación señaló que, después de la terminación del contrato de Arias, la administración de la Terminal de Transporte fue asumida por Eliana Esther Mieles Martínez mediante contratos suscritos desde septiembre de 2022 y durante todo el año 2023, lo que desvirtuó la tesis de que el diputado continuara vinculado contractualmente con la entidad pública durante el período de inhabilidad.

Las pruebas aportadas no fueron suficientes

Durante el proceso, la demandante argumentó que la hoja de vida del diputado, un certificado expedido por el Cuerpo de Bomberos y un informe de la Contraloría Departamental demostraban que Arias seguía vinculado a la terminal en 2023.

No obstante, el Consejo de Estado concluyó que ninguno de esos documentos acreditaba la existencia de un contrato celebrado dentro del período inhabilitante. Incluso advirtió que la referencia a agosto de 2023 en la hoja de vida obedecía a un error de digitación, pues el contrato realmente terminó el 31 de agosto de 2022, conforme a los documentos contractuales aportados al expediente.

La sentencia también reiteró que, en los procesos de pérdida de investidura, corresponde al demandante demostrar plenamente la existencia de la causal invocada y que no opera una inversión de la carga de la prueba.

Con esta decisión de segunda instancia, el Consejo de Estado dejó en firme la investidura de Edgar Jerónimo Arias Ortiz como diputado del departamento del Magdalena para el período constitucional 2024-2027.