Metrópolis
Nuevas restricciones para motociclistas en Santa Marta: así funcionará el decreto 453
Por: Alexandra Martínez.
La Alcaldía Distrital de Santa Marta expidió el Decreto 453 del 29 de octubre de 2025, mediante el cual se establecen nuevas restricciones para la circulación de motocicletas y vehículos similares en todo el territorio urbano, con el fin de mejorar la movilidad, reducir los índices de accidentalidad y combatir los delitos cometidos con este tipo de transporte.
Pico y placa para motos particulares
De acuerdo con la norma, el pico y placa para motos particulares regirá de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m., y no aplicará los días festivos.
El control se hará según el último dígito de la placa, así:
Lunes: 1 y 2
Martes: 3 y 4
Miércoles: 5 y 6
Jueves: 7 y 8
Viernes: 9 y 0
Las autoridades recordaron que quienes incumplan esta disposición se exponen a una multa equivalente a 15 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), es decir, aproximadamente $650.000 pesos colombianos.
Zonas de restricción permanente
El decreto también contempla zonas con restricción total de circulación para motos las 24 horas del día, todos los días de la semana.
Estas áreas son:
Centro Histórico: Carrera 5 entre Calle 22 y Avenida del Ferrocarril.
El Rodadero: Desde la Carrera 1 hasta la Avenida Hernández Pardo, y de la Calle 1 a la Calle 25 (exceptuando la Avenida Hernández Pardo).
Prohibición de parrilleros vulnerables
En todo el perímetro urbano del Distrito se prohíbe el transporte de parrilleros vulnerables durante las 24 horas del día.
Esta medida aplica para:
Niños menores de 10 años
Mujeres embarazadas
Adultos mayores de 60 años
Asimismo, se mantiene la prohibición total de parrilleros en sectores específicos del Centro Histórico y El Rodadero:
En el Centro, entre la Carrera 1 y la Avenida del Ferrocarril, desde la Calle 10 hasta la Calle 22.
En el Rodadero, entre la Carrera 1 y la Avenida Hernández Pardo, desde la Calle 1 hasta la Calle 25.
Restricción nocturna
Otra medida destacada es la restricción nocturna para motocicletas, que aplica todos los días de 11:00 p.m. a 4:00 a.m. en todo el perímetro urbano del Distrito.
El objetivo es reducir los incidentes de orden público y la accidentalidad durante las horas de la noche.
Vehículos exceptuados
De las medidas establecidas están exentos los siguientes vehículos:
Seguridad presidencial y escoltas autorizados
Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Fiscalía e INPEC
Organismos de control como Procuraduría, Contraloría, Personería y Defensoría del Pueblo
Vehículos de emergencia y atención médica domiciliaria
Control de tránsito y enseñanza automovilística
Medios de comunicación debidamente identificados
Empresas de servicios públicos y de fumigación
Inspectores de tránsito y Policía Distrital
Motivos del decreto
La Alcaldía explicó que la decisión responde a un análisis de los indicadores de movilidad, seguridad y siniestralidad vial.
Santa Marta ocupa actualmente el quinto lugar entre las capitales del país con mayor número de accidentes de tránsito, según cifras oficiales.
El 39% del parque automotor de la ciudad está compuesto por motocicletas, y cerca del 92% de los viajes diarios se realizan en motos y vehículos livianos.
Además, las autoridades han identificado que una parte importante de los hurtos y homicidios registrados en la ciudad se cometen utilizando motocicletas como medio de transporte.
Con estas medidas, el Distrito busca reducir los accidentes, mejorar la movilidad en zonas turísticas y disminuir los índices de criminalidad, haciendo énfasis en la seguridad vial y ciudadana.
La Administración Distrital invitó a los motociclistas a respetar las normas y cumplir con las restricciones, recordando que su propósito no es sancionar, sino proteger la vida y garantizar una movilidad más segura en Santa Marta.
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