Metrópolis
Alcaldía Distrital declaró día cívico no laboral el lunes 8 de febrero

or medio del decreto 018 del 1 de febrero de 2016, el Alcalde de Santa Marta Rafael Alejandro Martínez, declaró el día lunes 8 de febrero como no laborable y se toman medidas policivas durante los carnavales.
Por tal motivo el próximo lunes 8 de febrero no habrá atención al público en las entidades del orden distrital, por lo cual quedan suspendidos los procesos que se adelantan ante las diversas dependencias de la Administración Distrital.
En el decreto quedan exceptuados los empleados que hagan parte de dependencias que presten servicios públicos esenciales, funciones de Policía, salud, prevención y atención de riesgos, o accidentes que son indispensables para el mantenimiento de la salud y salubridad de los habitantes.
En materia de las condiciones de seguridad, prevención y mitigación de riesgos, la Gerencia de Infraestructura conceptuará sobre la seguridad y estabilidad del montaje de las tarimas, templetes y casetas populares, igualmente de los eventos bailables en los sitios donde se autoricen éstos, así como sobre la prevención y mitigación de riesgos.
Restricción de Motocicletas
El decreto 018 contempla igualmente restringir el uso de vehículos tipo motocicletas, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el Distrito de Santa Marta, en el horario comprendido de 2:00 de la tarde a 5:00 de la mañana durante los días 6 y 7 de febrero.
Así mismo, se prohíbe las ventas informales, comercialización y uso en el espacio público de fécula de maíz, harina, talco, espuma spray y similares durante las festividades carnestoléndicas a realizarse los días 6, 7, 8 y 9 de febrero de 2016.
De igual manera se prohíbe en todo el territorio del Distrito de Santa Marta, la utilización de vehículos de tracción animal en los diferentes desfiles que se programen para esta fiesta, autorizando a la Policía Metropolitana ambiental el retiro de estos animales en toda clase de eventos.
La Secretaría de Gobierno autorizará los permisos para la realización de templetes, tarimas y casetas populares, con base en la solicitud, que deberá expresar: dirección exacta, día y hora, capacidad de aforo, cálculo estimado de asistentes consignado todo en un Plan de Contingencia, aprobación o visto bueno de la Policía Nacional y el Paz y Salvo por el uso de Derechos de Autor, expedido por Sayco – Acinpro.

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