Denuncias
Trabajo infantil, no da tregua, hay 102 casos en Santa Marta

De acuerdo con el Dane, en el país hay 1.039.000 niños que viven esta dramática situación. En el 2012, el registro fue de 10.2 % y en el 2015, el resultado fue del 9.1 %, lo que evidencia que en Colombia el trabajo infantil solo ha disminuido 1.1 % en 4 años. En aras del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, 12 de junio, OPINIÓN CARIBE quiere mostrar cómo están inmersos los niños en esta situación, qué dice el Icbf sobre esto y qué hace la administración Distrital para erradicarla.
Por Marisol Ramírez Rivera
La participación de los niños o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarización se considera positiva. Entre otras actividades, es importante mencionar la ayuda que entregan a sus padres en el hogar, siendo proactivos en los quehaceres de la casa, las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar dinero. Las anteriores son actividades provechosas para el desarrollo de los pequeños y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta.
Pero, al mencionar el término ‘trabajo infantil’ se generan connotaciones muy distintas a las anteriores. La Organización Internacional del Trabajo, OIT, lo define como todo trabajo que priva a los niños de su potencial, de su niñez y de su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.
Según información del Dane, entre 2012 y 2015 se hizo un seguimiento a los indicadores de trabajo infantil en el país, mediante convenios suscritos con el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Icbf, y con el acompañamiento institucional del Departamento Nacional de Planeación, DNP, con el fin de informar sobre las características demográficas de la población entre los 5 y los 17 años, su situación escolar, la magnitud del trabajo infantil y su participación en diferentes oficios en Colombia.
Ese seguimiento evidenció que la Tasa de Trabajo Infantil para el total nacional en el trimestre octubre-diciembre de 2015 fue de 9.1%. En el mismo período del año anterior se ubicó en 9.3%, en el 2013 fue de 9.7% y en el 2012 el registro fue de 10.2%. Lo que refleja una disminución solo del 1.1%, en 4 años, falta mucho por hacer para disminuir o erradicar notablemente este flagelo.
MIL CASOS EN SANTA MARTA NO VERIFICADOS
En el 2015 se realizó un censo en Santa Marta para determinar la verdadera proporción del trabajo infantil; el estudio arrojó mil casos, pero en estado de probabilidad, no verificados.
La complejidad de verificar esos casos surge por diferentes factores, históricos en Colombia, no solo en Santa Marta, los menores de edad, en ocasiones, son colaboradores en su hogar o, por ejemplo, acompañan a sus padres en el momento en que estos trabajan, por tanto, al identificar un posible caso de trabajo infantil puede ser que solo sea ese evento y no esté relacionado con la problemática.
La Organización Internacional del Trabajo da algunas recomendaciones y permite que los niños, en ciertas edades y con permisos de comisión de familia y de los padres, laboren en actividades artísticas, de recreación y deporte, que no afecten el horario de escolaridad y tampoco el libre desarrollo de la personalidad.
“En la instancia de que los casos sean verificables, se activa una ruta y el primer paso es llamar al ente encargado, en este caso el Icbf y la Policía de Infancia y Adolescencia, quienes, por medio de trabajo investigativo, comprueban si es un caso de trabajo infantil para hacer el respectivo restablecimiento de derechos”, explica Marcelino Cadavid, coordinador de Responsabilidad Penal para Adolescentes del Distrito.
Este año, en el Plan de Desarrollo hay propuestas para realizar actividades de prevención por parte de las Políticas Públicas de Infancia y Adolescencia y Fortalecimiento Familiar, lo que obliga a realizar una serie de actividades con recursos para la niñez, infancia y adolescencia. “Dentro de esas actividades, enfocadas al trabajo infantil, en las fechas 10, 22 y 24 de junio, en distintas zonas de la ciudad y un corregimiento del departamento se realizarán campañas tanto a los niños como a los padres para prevenir esta problemática. Una de esas zonas en las que se realizarán las actividades es en la población Katanzuma, perteneciente a la etnia Koguis, con el objeto de incluir la población indígena”, señala Cadavid.
Se espera que se apruebe el Plan de Desarrollo donde están todas las caracterizaciones o propuestas por parte del Concejo. Por otro lado, la ejecución del censo puede ser propuesta por el Icbf, Policía de Infancia y Adolescencia o cualquier órgano interesado en realizarlo para identificar los casos. Pero lo apropiado es que sea la Alcaldía, como ente territorial, la que inicie y realice el proceso.
Se evidencia un abandono en este aspecto, debido a que el censo realizado el año pasado aún se encuentra en estado de comprobación, mientras no se identifique la violación de los derechos de los niños en el trabajo infantil dentro de esos mil casos, no se tiene una cifra exacta que estipule que sí hay casos comprobados de trabajo infantil bajo términos no correctos. Por tanto, no pueden activar una hoja de ruta para hacer el respectivo restablecimiento de derechos.
LA PENA ES DE 3 A 7 AÑOS
Anteriormente no estaba tipificado en el Código Penal algún delito sobre trabajo infantil, pero sí había conexión con otros, por ejemplo, la trata de blancas, mendicidad ajena, que es una conducta que se relaciona con este tipo de actividades, además de la explotación sexual. Pero a partir de una modificación del Código se anexaron algunos artículos en la Ley 1453 de 2011, que contemplan en su artículo 93, el delito de explotación en menores. El artículo establece que el que utilice, instrumentalice, comercialice o mendigue con menores de edad de manera directa o a través de terceros, incurrirá en pena de prisión de 3 a 7 años. Por su parte, el Icbf impone medidas administrativas como la pérdida de la patria potestad del menor.
“Como Distrito, hacemos redadas en los distintos prostíbulos, para poder identificar casos de explotación sexual en menores, que es una de las modalidades de trabajo infantil”, menciona Cadavid.
El Distrito no puede actuar directamente si encuentran casos de trabajo infantil, pero sí los remiten a los entes competentes como el Icbf, la Policía de Infancia y Adolescencia, Fiscalía de Infancia y Adolescencia y la Defensoría del Pueblo. Como entidad administrativa, la Alcaldía solo propone, da recursos y dispone de proyectos para prevenir o mejorar alguna temática.
En cuanto a la Defensoría del Pueblo, cuentan con una delegación sobre casos de niñez y género, quienes trabajan mancomunadamente con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuando llegan queja sobre trabajo o explotación infantil. “Somos un organismo creado por la constitución política que propende por el ejercicio, promoción y divulgación de derechos humanos. Cuando se trata de niños y adolescentes, tienen prevalencia sus derechos, una vez se eleven las quejas a la Defensoría del Pueblo, se inicia la ruta con las autoridades competentes, en este caso, el Bienestar Familiar o Comisaría de Familia o Ministerio del Trabajo cuando se trata del aspecto laboral. Siempre estas entidades son las receptoras de las quejas en cuanto a menores se refiere”, informó Jenny Sánchez, defensora del Pueblo para el Magdalena.
Así como la Ley 1453, existen otras relacionadas con el trabajo infantil. La Ley 12 de 1991 se acoge a la convención de los Derechos del Niño; la Ley 515 de 1999 ratifica el convenio 138 de la OIT, estableciendo la edad mínima de admisión al empleo con previa autorización del inspector de trabajo; la Ley 704 del 2001 avala el convenio 182 de la OIT, clasificando las peores formas de trabajo infantil: la esclavitud y trabajos forzados, la pornografía, el reclutamiento, actividades ilegales (tráfico de drogas, mendicidad organizada) y cualquier otro trabajo que, por las condiciones en que se realiza, atenta contra la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
El Código de Infancia y Adolescencia, la Ley 1097 de 2006, establece una responsabilidad entre el Estado, la familia y la sociedad para garantizar el pleno goce de los derechos de los niños y adolescentes contra las peores formas de trabajo infantil, estipulando también que la edad mínima es de 15 años y que se le debe brindar protección a los adolescentes autorizados para trabajar.
Según la coordinadora del grupo de Erradicación Móvil de Protección Integral, Empi, el ICBF Santa Marta, Sandra Ortega, hace poco se actualizó un lineamiento de atención para niños y adolescentes con la Resolución 1513 de 2016, que da la directriz técnica a estos grupos de protección para la atención y erradicación del trabajo infantil.
En Santa Marta, son muchos los casos de trabajo infantil, pero como no han sido verificados, no se ha podido activar la hoja de ruta en pro de los casos comprobados para restablecer y garantizar los derechos de los menores y para que se aplique la ley a los responsables. El llamado es para las entidades encargadas de realizar la comprobación de los casos y a los ciudadanos para que denuncien alguna situación.
102 CASOS EN EL 2016
Mediante denuncias de los ciudadanos, los Equipos de Erradicación de Trabajo Infantil, ETI, y los Equipos Móviles de Protección Integral del Icbf (Empi) se encuentran listos para la búsqueda de los niños que estén trabajando para apartarlos de estas situaciones y así garantizar sus derechos.
El Icbf afirma que no se debe confundir deberes de los niños con los derechos que deben ser protegidos. Ayudar en casa a sus padres es una colaboración familiar válida y es muy diferente al trabajo de explotación infantil al que están sometidos muchos infantes y adolescentes actualmente en el país. Pero, por otro lado, menciona, que, si el menor desea trabajar, porque quiere manejar su propio dinero, puede hacerlo si tiene entre 15 y 17 años, contando con una autorización legal y con los privilegios de la ley laboral.
‘No hay vacantes para el trabajo infantil’ campaña realizada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para erradicar este problema que afecta a muchos niños en el país. Enfatizando que un niño que trabaja se aleja del sano gozo de su infancia perdiendo la oportunidad de ser niño para siempre.
El Icbf, a través de una investigación llamada ‘Doble Mirada al Trabajo Infantil en Colombia’, evidencia algunas de las causas por las cuales se produce el trabajo infantil. La principal causa es la pobreza, señalando que en la literatura existe un consenso sobre la relación de pobreza y trabajo infantil como causas y efectos que se retroalimentan y se convierten en círculos inter – generacionales. Se reconoce a la pobreza como el principal factor que empuja a los hogares a enviar a sus niños al mercado laboral.
Otros aspectos son de carácter cultural como las creencias y atavismos, porque los padres consideran que es una forma de prepararlos para la vida. De acuerdo con los parentales, ellos empezaron a trabajar a edad temprana y formaron su carácter bajo esa premisa, así que impulsan a sus hijos a laborar desde muy pequeños, como es la costumbre en esos clanes.
La ilegalidad se relaciona con el trabajo infantil porque existen empleadores que están dispuestos a contratar a los niños y adolescentes, incentivados por la facilidad para manipularlos y formarlos de acuerdo con sus intereses.
El director regional del Icbf, Félix Orozco Mejía, precisó que de acuerdo con las estadísticas del Dane, existen 102 casos de trabajo infantil en Santa Marta en lo corrido del año, aunque dichas cifras no se han verificado. Registrados, solo 6 casos en el Bienestar Familiar, que se han presentado en el municipio de Fundación y el Distrito de Santa Marta.
“Los reportados son mínimos, pero sabemos que hay un sub-registro, porque se han dado situaciones ocultadas por las mismas familias y al momento de confirmar los hechos, las pruebas no son suficientes, aunque sepamos que sí existen. Se ha activado el Comité de Erradicación de Trabajo Infantil a nivel distrital con ese propósito”, afirma el director del Icbf Santa Marta.
El equipo Móvil de Protección Integral, Empi, se encarga de realizar acciones orientadas a promover el restablecimiento de los derechos de los niños y adolescentes afectados por esta problemática. Este equipo está conformado a nivel nacional para detectar estas situaciones y ponerlas en conocimiento de las autoridades y del Bienestar Familiar.
De todas formas, el trabajo infantil es un aspecto que se aísla y se oculta a la sociedad, encubriendo con ello, una gran explotación infantil, aun así, no se ha explorado en forma eficaz por parte de los mecanismos encargados de verificar que no se den situaciones de represión del trabajo infantil y los abusos que este acarrea.
Para contrarrestar la problemática se deben poner en ejecución la verificación de los casos y un nuevo censo, desarrollar Planes de Choque, llegando a posibles escenarios donde se presenten estos casos: plazas de mercado, ventas informales, sectores vulnerables, entre otros.
Garantizar la salida de los infantes del mercado laboral, crear y aplicar programas efectivos de proyectos gubernamentales de salud, vivienda, seguridad social, justicia, recreación y cultura, que se atiendan las necesidades de sus familias.
El Estado es responsable de propender para que los niños tengan desarrollo pleno y el goce de sus derechos.
Pie de foto
Son 102 los casos de trabajo infantil en proceso de verificación en Santa Marta durante el 2016.
Marcelino Cadavid, coordinador Responsabilidad Penal para Adolescentes del Distrito.
Jenny Sánchez, Defensora del Pueblo Magdalena.
Félix Orozco Mejía, Director Regional Icbf.

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