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Análisis

Humberto De la Calle esclarece: El SÍ, ¿Por qué sí?

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Después de 4 años de conversaciones con las Farc en La Habana, Humberto de la Calle, jefe del equipo negociador del Gobierno, explica puntos clave donde hay fricción de opiniones acerca del acuerdo final en Colombia.

Por Íngrid Alvarado

¿EL ACUERDO SUPLANTA LA CONSTITUCIÓN?

Todo lo que se pactó, que incluye reformas constitucionales, tiene carácter transitorio. Son medidas de carácter excepcional para dar paso hacia la paz, para doblar la hoja del conflicto. Naturalmente hay modificaciones, pero, me parece, que todas están dentro de los linderos de lo que es el Estado de Derecho y de la Constitución colombiana. No hubo ningún desbordamiento, por ejemplo, hubo cosas que han criticado, por decir algo, el proceso acelerado de votación, pero siempre nos cuidamos de que ese acto legislativo debía estar sujeto al plebiscito o a la refrendación. Luego, detrás de todo esto está un marco fundamental, nada se hará si los colombianos no votan SÍ mayoritariamente, luego, dijéramos, se preserva la esencia de la democracia, no hay desviaciones, hay modificaciones constitucionales, unas más grandes que otras, de carácter transitorio, pero no incurrimos en lo que los expertos llaman sustitución de la Constitución, es decir, una deformación profunda de la Constitución, eso no ocurrió en ningún caso.

Por sustitución de la Constitución se entiende una reforma que implique una deformación tal del sistema constitucional que es incompatible con la constitución y que es irreversible, que le hace un daño mortal a la Carta Magna. Estos tribunales especiales transitorios, por definición, no pueden ser una sustitución de la Constitución, porque la justicia ordinaria sigue funcionando y estos tribunales resuelven de manera temporal, exclusivamente, aquellos hechos relacionados con el conflicto.

Tribunales Ad hoc, son el estándar en la finalización de estos conflictos, o bien tribunales de carácter interno o impuestos desde afuera, que es la práctica más común. Estos son creados y nombrados por Naciones Unidas, por ejemplo. Desde el Tribunal de Núremberg, Alemania, que es el comienzo de la llamada justicia transicional, estábamos hablando de tribunales especiales para resolver un conflicto, después, esta solución que se dio en Colombia, realmente no es extraña, no es exótica. Es la manera de poner fin a un conflicto porque los rebeldes se confrontaron con la totalidad de la organización jurídica colombiana y constitucional y contra la justicia, por tanto, la manera de superar un conflicto es buscar un tribunal especial, transitorio, que, además, tenga una cierta experticia distinta a la justicia ordinaria. La Corte Suprema de Justicia seguirá con la plenitud de sus competencias, porque una justicia alternativa exige también un instrumento mucho más perfeccionado para lograr la superación de un conflicto. Lo importante aquí, es que las características de ese tribunal sí son la clave de lo que nos viene en el futuro, y por eso nos esmeramos como lo prometimos mil veces, en que el panel que escogiera los miembros de ese tribunal debía ser autónomo, independiente, los jueces y los magistrados no van a ser nombrados por las partes, el Santo Padre dijo que no, porque sostuvo que no debía jugar en asuntos terrenales, ha sido reemplazado por la Corte Europea de Derechos Humanos, que me parece, es un órgano muy respetable. Ese panel compuesto por la Corte y los demás nominadores, me parece que da y brinda las garantías totales de imparcialidad que esperamos los colombianos.

JUSTICIA E IMPUNIDAD

Hay una visión bastante recortada por parte de muchos opinadores y parte de la sociedad colombiana, porque tal vez no toman en consideración que la cuestión de la justicia transicional es parte de un sistema mucho más grande, de verdad, justicia y reparación, siempre ruego que miremos esto desde más arriba, hemos tenido una visión microscópica sobre el problema de qué pasa con unos señores de las Farc, si van a la cárcel o no. Sí está prevista la posibilidad de cárcel para el que no reconozca, 20 años de cárcel intramuros en régimen ordinario, luego eso hace parte del acuerdo, quien reconozca, asuma su responsabilidad, tiene sanciones de carácter alternativo, que son, dijéramos, estándar en ese tipo de acuerdos, es una salida para que la aplicación de la justicia no impida la paz y es una salida de carácter netamente transitoria. Observo un cierto sesgo, no en todos los colombianos, pero sí en algunos que dicen, bueno, esos señores de las Farc que se pudran en la cárcel, pero lo que hemos encontrado y que hemos dicho es que hay otros victimarios. No puede haber paz en Colombia si no doblamos la página completa del conflicto. Hay agentes del Estado que se han desviado de sus funciones y hay terceros que han cooperado con el conflicto. Luego la justicia transicional agrupa la totalidad de los victimarios, quien me dice a mí que se vayan para la cárcel los señores de las Farc, les digo, perfecto, esa es una opinión absolutamente respetable, pero sería mucho más respetable si se incluyeran todos los victimarios y no tuviéramos una mirada miope de lo que ha ocurrido en Colombia en estos 52 años.

ENTREGA DEL DINERO POR PARTE DE LAS FARC

En primer lugar, está expresamente dicho, que las Farc se comprometen a la reparación material de sus víctimas, lo cual implica bienes, reparación material y no solo se refiere a acciones reparadoras, sino a la reparación con bienes y valores patrimoniales y eso que se había dicho hace unos 2 años fue reafirmado en los últimos días de las conversaciones.

En el capítulo de reparación se hace mención explícita de la disponibilidad de las Farc para que sus bienes contribuyan a la reparación.

Un segundo punto, hay un numeral de la jurisdicción especial que es el 12 o el 13, que habla de la verdad plena, que de cumplirlas, le da a los guerrilleros la oportunidad de obtener las ventajas de la jurisdicción especial en las penas, para que sean menos severas, entre otras cosas, y verdad plena implica señalar el tema del enriquecimiento, la manera como lo obtuvo, las fuentes de financiación del conflicto, tienen que dar pistas, información y verdad plena sobre la temática financiera que hay detrás del conflicto.

En tercer lugar, el cese de hostilidades incluye la extorsión, es más, el comandante de las Farc, el señor ‘Timochenko’, en alguna ocasión, lamentablemente, me parece que lo hizo como con muy bajo nivel, ordenó la suspensión de las extorsiones, que ellos llaman impuestación, pero más allá de la palabra, el cese bilateral que está hoy vigente, implica que quien extorsione hoy, pues se sale del acuerdo y debe recibir todo el castigo y la persecución de la ley, lo ha dicho, además, el ministro de Defensa, Luís Carlos Villegas, muchas veces.

Y, por último, si se mira el proyecto de Amnistía, fuimos cuidadosos en que todos los instrumentos que existen hoy para privar a una persona de bienes adquiridos de manera ilegítima, quedaran intactos, esos instrumentos están vigentes y de hecho lo dijo hace poco el Ministro de Hacienda, lo dijo el doctor Villegas y el propio Fiscal General, que se apresta a continuar con la tarea de recuperación de los bienes ilegítimos, ahí hay un cuadro razonable para entender que los bienes ilegítimos de las Farc serán perseguidos, y si quieren obtener una decisión menos drástica de la justicia transicional, tienen que reparar de la manera como lo he descrito.

LOS NIÑOS

Es un tema sensible que las Farc todavía no han comprendido, estuvimos pendientes de ese tema en La Habana, no hay tema que haya sido olvidado, siempre reclamamos la necesidad de un compromiso en esa materia y de hecho, el acuerdo final es explícito en decir, una vez se produzca la dejación de armas y el ingreso a la vida civil, cualquiera que retenga a un niño, comete delito, incluso, pierde todos los beneficios por razón de una actitud de esa naturaleza, luego, dijéramos en el plano general de la totalidad de los niños en poder de las Farc, el acuerdo resuelve eso y además, nos comprometimos como Estado colombiano a recibir a esos niños y brindarles las condiciones y la protección de sus derechos prevalentes como lo ordena la Constitución y como es apenas elemental por razones de humanidad.

AMNISTÍA E INDULTO

No serán objetos de amnistía ni indulto, ni de beneficios equivalentes los delitos de lesa humanidad, genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad. Hay un problema en el Derecho Internacional y es que, aprehensiones momentáneas durante un combate, no se consideran secuestro, son, dijéramos, parte del fragor de una batalla, esos hechos tendrán que ser juzgados por el tribunal a ese nivel de detalle, pero la norma general y esto fue replicado en el proyecto que se presentará sobre amnistía, es que la privación de la libertad no puede ser amnistiada, lo que ocurrió en Colombia fue sumamente salvaje.

CASTRO-CHAVISMO

Todo lo pactado está dentro de un Estado de derecho occidental, claro, hay un proceso de innovación, de transformaciones y de cambio implícito en lo acordado que para mí va más allá del texto. Creo que es una oportunidad, a mí me parece que es claro que los colombianos queremos cambio en muchos elementos de la vida pública nacional, por ejemplo, el punto dos, una política más limpia, no creo que haya un colombiano que no quiera eso, los colombianos están cansados del clientelismo y de la turbulencia de la política, y por eso no pactamos que eso se hiciera con las Farc, sino con las fuerzas políticas y sociales, aquí en Colombia, luego, no podemos permitir que continúe el campo en la vía contraria al desarrollo, no solo es que esté estancado el campo, sino que los índices muestran que el campo se deteriora cada vez más, esa es una tarea nacional pendiente que a todos corresponde, ahí hay claro acuerdos que tienen imbuido ese carácter de transformación, de caminar hacia adelante, claro que dentro de los lineamientos del Estado de Derecho de la democracia, porque el acuerdo lo que busca es expandir la democracia.

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