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Ruta del Sol II responde alerta por taponamiento de Box Culvert en la quebrada Tamacá

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Respecto a la declaración del ingeniero Jaime Avendaño Camacho, director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente -Dadma-, de la Alcaldía de Santa Marta; en la que alertó a la opinión pública frente a un posible taponamiento del box culvert de la quebrada Tamacá, la concesionaria Ruta del Sol II S.A. expone lo siguiente:

No es cierto que el box culvert construido sobre la quebrada Tamacá, obra realizada con permiso de ocupación de cauces otorgada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, mediante su modificación a la licencia ambiental del proyecto Doble Calzada Ye de Ciénaga-Mamatoco; se encuentre en estado de abandono, dado que en distintas jornadas se han realizado limpiezas y mantenimientos tales como las efectuadas en las siguientes fechas:

– Septiembre de 2016

– Diciembre de 2016

– Abril de 2017

Dichas actividades de limpieza son acompañadas por jornadas de educación ambiental, puesto que se ha evidenciado que el mayor porcentaje de los materiales y residuos retirados corresponden a escombros y basuras arrojadas por la comunidad de forma indiscriminada y sin ningún tipo de acción por parte de las autoridades competentes.

En todo caso, la sociedad Ruta del Sol II S.A., no recibió ningún comunicado por parte del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, alertando sobre el estado del box culvert, sino 24 horas después que la declaración del ingeniero Jaime Avendaño Camacho fuera difundida por el periodismo de la ciudad.

Como concesionaria siempre hemos estado atentos a las observaciones y requerimientos del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, sin embargo, hasta el 20 de abril de 2017, fecha en la que fue “mediatizada” la supuesta denuncia, no se había recibido oficio alguno u otro medio de comunicación verbal o escrita, señalando la posible emergencia.

El deterioro que se evidencia en la quebrada Tamacá y que ha obligado a la concesionaria Ruta del Sol II S.A., a doblar esfuerzos, en ocasiones no evidentes, sobre el mantenimiento del box coulvert, es un proceso presentado históricamente sobre este cuerpo de agua, tal como lo describe la resolución 616 de mayo 2015 de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.

La ANLA ha dicho que “el cambio de realineamiento en el trayecto comprendido aproximadamente entre los PR90+600 al PR91+200 afecta a la quebrada Tamacá, la cual discurre en algunos sectores paralelos y muy cercanos a la vía existente, durante la visita de campo se observó que este cuerpo de agua es intermitente y el cauce en este trayecto se encuentra erosionado”.

Añade la Autoridad que “no obstante, se intervendrán zonas como la quebrada Tamacá que actualmente se encuentra degradada como resultado de erosión de los taludes, contaminada con residuos sólidos (basuras) y el impacto que generan las inundaciones a la población aledaña en épocas de invierno”.

En consecuencia de lo anterior, es importante destacar que la construcción de estas estructuras de estabilización y paso hidráulico, aun cuando se encuentran en mantenimiento e inclusive en construcción por parte de Ruta del Sol II S.A., no exime de la responsabilidad que tiene la Alcaldía de Santa Marta sobre la protección y limpieza de todo el cauce y de las acciones que debe desarrollar a través del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, la Dirección de Gestión del Riesgo y del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS-.

En la construcción de este y cualquier canal, lo que se busca es mejorar el perfil hidráulico (cotas) dado que la silueta natural del terreno de la quebrada era irregular; por eso la afirmación del ingeniero Jaime Avendaño Camacho, al manifestar que “la razón por la que hay sedimentación en el box culvert es porque se encuentra debajo del lecho natural”, carece de juicio técnico.

Los diseños de esta obra fueron elaborados bajo criterios hidráulicos especializados y sometidos a evaluación por personal idóneo con amplia experiencia y trayectoria en la materia por parte de la interventoría de la obra y la autoridad ambiental que otorgó la licencia ambiental.

En virtud de lo anterior, no es posible que solamente con una inspección ocular como la realizada por el ingeniero Jaime Avendaño Camacho, director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente; sea posible hacer tal afirmación que desconoce de plano, la dinámica completa del sistema.

Respecto a la afirmación de que en la actualidad la obra que desarrolla la empresa Ruta del Sol II S.A., no asegura la conectividad de los cuerpos de agua de lado a lado; esta resulta completamente falsa.

Sucede que en el cauce de la quebrada, en los puntos de intervención Km 91+037 hasta el Km 91+268, se amplió la sección hidráulica pasando de 3 metros de ancho que tenía, a 10 metros de ancho (box culvert doble de 5 metros de ancho por 2.50 metros de alto). De esta forma aumenta la capacidad hidráulica que garantiza mejor paso del caudal.

Cabe resaltar que estas obras aún no han terminado porque no se ha procedido con la entrega del lote aledaño al motel El Bosque en virtud de la decisión que aún no ha tomado la Secretaría de Gobierno del Distrito que resuelve un recurso legal.

Sin embargo, los trabajos terminados han mostrado preliminarmente que cumplen hidráulicamente con la conectividad de la quebrada, puesto que ante la temporada invernal presentada durante el segundo semestre del 2016, donde a pesar de las fuertes precipitaciones y del elevado caudal que se registró, la estructura permitió el flujo del agua y por primera vez en muchos años, no se desbordó afectando a la comunidad cercana como históricamente se ha evidenciado.

En ese sector, aún falta construir un box coulvert de iguales dimensiones hidráulicas (box culvert doble de 5 metros por 2.5 metros) y de 26 metros de longitud.

El retraso se ha presentado por factores ajenos a Ruta del Sol II S.A., dentro de las cuales sobresale la medida preventiva impuesta por el Departamento Administrativo del Medio Ambiente desde septiembre de 2016 y la visita de restricción cumplida el pasado 18 de abril (ver fotografía adjunta) por los funcionarios de la Unidad Defensora del Espacio Público de Santa Marta, quienes en su momento, impidieron que pudiéramos continuar nuestro trabajo.

18 de abril: Presencia de la UDEP en área donde se proyectan obras de protección para el talud de la quebrada Tamacá

El Departamento Administrativo del Medio Ambiente y la Dirección de Gestión del Riesgo como autoridades ambientales de la Alcaldía de Santa Marta, no pueden hacer responsable a Ruta del Sol II S.A., por posibles inundaciones en las comunidades aledañas; dado que por ley, las acciones de mitigación y prevención para eventos como la protección de ecosistemas, buen funcionamiento de hábitats y la salvaguarda de sistemas hídricos; son su responsabilidad.

Ruta del Sol II S.A. ha estado y seguirá estando listo para continuar con la ejecución de las obras contempladas en ese tramo del proyecto Doble Calzada Ye de Ciénaga-Mamatoco, al punto que desde desde octubre de 2016 (ver carta adjunta) solicitamos al Departamento Administrativo del Medio Ambiente, autorización para realizar la intervención para la protección del talud en el Km 91+300 que presenta un serio proceso de erosión y socavación; situación que se resolvió a nuestro favor después de instaurar una acción de tutela.

 

*Comunicado emitido por el Consorcio Ruta del Sol II

 

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