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Las cifras de Santa Marta
Carlos Cabrera Saavedra
La base fundamental de la democracia es la posibilidad del control ciudadano a los servidores públicos y a su vez, esto solo se consigue cuando el ciudadano sabe y entiende lo que hacen los funcionarios en su representación. Múltiples leyes han establecido la obligación de los servidores de hacer públicas sus actuaciones y en general, toda la información debe ser pública, con la excepción de aquella que pueda vulnerar la intimidad de las personas o aquella que ha considerado el legislador que, por el impacto, debe ser clasificada, es decir tener limitaciones para su acceso, siendo excepciones expresas.
La información fiscal del Estado se encuentra dentro de la información pública que debe estar disponible de forma permanente para ser conocida y consultada por cualquier ciudadano. Sin embargo, o dicha información no está disponible a través de los medios electrónicos como lo exige la Ley, o es cargada en formatos que impiden su utilización (PDF) o está presentada de tal forma, que el ciudadano aún pudiendo acceder a ella, no la entiende.
Considerando por las razones expuestas, que la información fiscal de las entidades públicas en el departamento del Magdalena debe ser conocida por todos los magdalenenses, OPINIÓN CARIBE ha decidido llevar a cabo un análisis y hacer pública la información fiscal de las principales entidades territoriales del Departamento, esperando presentarla en un lenguaje que sea comprensible para el ciudadano, garantizando el ejercicio de su derecho.
A pesar de lo descrito en cuanto a la obligación legal de hacer pública y/o entregar la información, algunas entidades han omitido la entrega de la información solicitada, razón por la cual, OPINIÓN CARIBE adelantará las acciones legales que sean necesarias para acceder y hacer pública la información y, por esta razón, ya ha iniciado las denuncias correspondientes ante los órganos de control de aquellos servidores públicos que se han negado, o abusando de las formas del derecho, han impedido que este medio haga pública la información fiscal.
En esta primera entrega se presentará la información fiscal del distrito de Santa Marta, con base en la respuesta al derecho de petición presentado el 6 de octubre de 2017 y respondido en el mes de diciembre de 2017, y utilizando también la información disponible en la página WEB del distrito, www.santamarta.gov.co.
Para realizar cualquier análisis financiero lo primero que hay que hacer es volver comparables las cifras. No es lo mismo en términos de poder adquisitivo $1.000 en el año 2013, que en 2018. En términos más sencillos no se puede hoy comprar con $1.000 lo mismo que se podía comprar en el año 2013; dada la inflación, hoy se pueden adquirir menos bienes o servicios con la misma cantidad de dinero.
Por lo anterior, se convirtieron las cifras de los años anteriores a cifras comparables a través de lo que se denomina ‘deflactar’, esto es, quitar el efecto de la inflación para hacer comparables las cifras al multiplicarlas, por la cifra que resulta de restar a un año base, en este caso el año 2018, los valores acumulados de la inflación de cada año a 31 de diciembre, con cifras comunicada por el Dane.
Esto hace que todas las cifras estén en la misma capacidad adquisitiva que tendrían en el año 2018, al aumentar las de los años anteriores en proporción a la inflación acumulada respecto de dicho año. Aunque el Distrito debería realizar un proceso similar en el Marco Fiscal de Mediano Plazo para su presentación al Concejo distrital, las cifras son presentadas a precios corrientes, induciendo errores en el análisis del comportamiento de las cifras, en especial, para establecer crecimiento o decrecimiento de estas.
En los últimos cinco años, el total de ingresos (recaudos), frente al total de los gastos, (compromisos) muestra un resultado superavitario, que podría corresponder a deficiencias en la ejecución de gastos y a la contabilización dentro del total de ingresos de rentas de destinación específica.
Frente al presupuesto programado (definitivo) en promedio de ejecución de los últimos cinco años, en el caso de los ingresos, se dejó de recaudar únicamente el 3.94 % de lo que se presupuestó, mientras que en los gastos se dejó de ejecutar, el 19.30 %. Es importante anotar, que la ejecución reportada fue sobre compromisos (contratos suscritos) y no sobre obligaciones (bienes y servicios recibidos).
Para el año 2018, los ingresos presupuestados ascienden a $ 696.235.619.798 lo que representa una disminución del 27.54 % frente a la ejecución en pesos constantes de la vigencia 2017. Esta disminución se debe a una programación conservadora que no incorpora la totalidad de sus ingresos esperados por SGP en razón a la incertidumbre que genera la no comunicación oportuna de las cifras por el DNP. Los ingresos están compuestos principalmente por los Recursos del Fondo de Salud (32.02 %), los ingresos tributarios (30.34 %), los ingresos para el sector educativo (29.52 %) y los ingresos no tributarios del distrito (6.57).
Estos recursos serán utilizados por las diferentes dependencias y entidades del Distrito de acuerdo con la siguiente distribución: Fondo de Salud (32.02 %), Alcaldía (incluye la inversión del Distrito con 36.73 %) y Educación (29.52 %). Al Concejo distrital se destinará el 0.54 % del presupuesto total de distrito, a la Contraloría el 0.23 % y a la Personería el 037 %.
Por el tipo de gasto, los recursos fueron programados para Inversión (85.82 %), Servicio de la Deuda (3.63 %) y Funcionamiento (10.54 %). Es importante señalar que, por definición legal, todo el gasto de funcionamiento autorizado a pagar con recursos del Sistema General de Participaciones, SGP, se presupuesta como inversión, lo que conlleva a mostrar un nivel de inversión superior al que realmente se efectúa si tomamos las definiciones internacionales de gasto corriente. Para éste cálculo se excluyeron los recaudos a favor de terceros, ya que es incorrecta su presupuestación.
DEUDAS Y DEMÁS PASIVOS
De conformidad con el acta de terminación del Acuerdo de Restructuración de Pasivos suscrita el 5 de marzo de 2013, al cierre de esta, le quedaban por pagar al Distrito $19.989 millones de pesos.
En respuesta al derecho de petición de OPINIÓN CARIBE, el Distrito informa que eran $3.303 millones y que su exigibilidad feneció y que, por tanto, hoy no existen acreencias pendientes del Acuerdo suscrito en el 2004.
A pesar de lo anterior, reconoce la existencia de nuevos pasivos por $63.689 millones de pesos representados en pasivos por prestación de servicios salud por $43.086 millones de pesos y pasivos exigibles por sentencias ejecutoriadas por $20.603 millones de pesos, para un total de $63.689 millones de pesos, que ascendería a los $64.000 millones con unas acreencias del sector educativo, incluyendo sus intereses.
De acuerdo con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, en el caso de las acreencias de salud, se cuenta con $14.072 millones de pesos para respaldar dichas obligaciones, pero que se deberán disponer de $29.014 millones de pesos a través de la suscripción de un programa de saneamiento fiscal. No se aclara como se cubrirán los $20.603 millones de pesos de sentencias ejecutoriadas, aunque se plantea la necesidad de llegar a acuerdos con los beneficiarios para disminuir los intereses, lo que no resuelve el problema fiscal que generarán ya que son sentencias ejecutoriadas.
Además de los pasivos descritos y de la deuda pública que se describirá más adelante, el Distrito tiene contingencias por 616 procesos judiciales que alcanzan $260.968 millones de pesos, de acuerdo con la siguiente relación: (Ver cuadro No.1)
Estas contingencias pueden poner en riesgo la situación fiscal de Distrito a mediano plazo, en caso de que no cuente con una defensa judicial eficaz.
En relación con la Deuda Pública, esto es las operaciones de crédito público, a 31 de diciembre de 2017, el Distrito debe $120.000 millones de pesos de acuerdo con la siguiente relación: (Ver cuadro No.2)
Estas obligaciones conllevarán, además de un programa de saneamiento fiscal para las obligaciones exigibles, la programación de un servicio de la deuda que afectará la disponibilidad de fuentes hasta el año 2025 y cuyos pagos más grandes se concentrarán en el periodo 2020 – 2023.
De acuerdo con los cálculos realizados por el Distrito, se cumple con los indicadores de solvencia y sostenibilidad establecidos en la Ley 358 de 1997 y se genera superávit primario que garantiza la sostenibilidad de la deuda, desde el punto de vista legal. Sin embargo, afectará la gobernabilidad de los siguientes alcaldes.
Dado que a la fecha no se han presentado los Estados Contables a 31 de diciembre de 2017, que por obligación legal, su entrega es a finales de este mes, no es posible evaluar la consistencia de esta información con el pasivo registrado en la contabilidad.
Por otra parte, se han comprometido vigencias futuras, que ascienden a $132.130 millones de pesos para los próximos cinco años, restando aún más flexibilidad al manejo presupuestal y por tanto, limitando la capacidad de los futuros alcaldes de llevar a cabo sus propios planes de desarrollo.
Los Ingresos Corrientes de Libre destinación han representado en los últimos años en promedio el 10.88 % del total de los ingresos, lo que muestra la baja gobernabilidad que tiene el alcalde sobre los recursos del Distrito.
A las inflexibilidades descritas se suman el nivel de destinación específica y/o pignoración, de las rentas entre las cuales se encuentran los contratos cuyo destino son concesiones, y en las cuales el control es etéreo y sus resultados no resultan claros, como lo identificó la Contraloría General de la República, en el control excepcional comunicado en el mes de diciembre y comentado en la edición anterior de OPINIÓN CARIBE.
Las cifras presentadas no solo deberían ser objeto de debate político en el Concejo Distrital, sino que los samarios deberían pronunciarse sobre el manejo de sus finanzas, como es su derecho.
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