Connect with us

Edición impresa

El viacrucis de los indigentes

Published

on

Se estima que en el país hay más de 40 mil personas en condición de indigencia extrema. Muchas de ellas no están identificadas. Cuando muere un habitante de la calle, el cadáver queda en custodia de Medicina Legal, mientras se establece la identidad de la víctima. 

 Dánisa Varela Mendoza

Hace más de 30 años, *Juan Martínez decidió cambiar las comodidades de su hogar para deambular por las calles de la capital del Magdalena.

Cuentan amigos y familiares, que Juan aprovechaba su juventud y agilidad para trabajar como ayudante en construcciones y en algunas ocasio  nes recibía dinero por descargar toda clase de mercancías desde camiones y tractomulas.

Se acostumbró a vivir solo en piezas que arrendaba en el Sur de Santa Marta; sin embargo, un día sufrió un accidente y su vida dio un giro impensable. Juan cayó de un andamio que le produjo la pérdida temporal de la memoria.

Recuerda poco, solo su nombre completo, a veces a algunos de sus familiares y aunque sabía que podía con ellos, decidió vivir en la calle.

Sus familiares y amigos siempre lo veían en los alrededores del parque Sesquicentenario recogiendo envases de plásticos en sacos; curiosamente lo hacía como ‘hobby’ porque nunca los vendía.

Al notar su vestimenta sucia y maloliente, sus hermanos le regalaban ropa, la cual le robaron en más de una ocasión al dejarla abandonada, mientras hacía sus recorridos.

Las bancas ubicadas frente a la Funeraria Americana eran su ‘dormitorio’. Sin importar la hora, ni el lugar donde estuviera, Juan siempre llegaba hasta la Avenida del Ferrocarril con Avenida de los Estudiantes para pasar la noche.

Debido a los quebrantos de salud que presentaba, una de sus hermanas decidió brindarle posada en su vivienda, lugar en el que actualmente tiene un estilo de vida completamente diferente.

Otro caso conocido por OPINIÓN CARIBE fue el de *Santiago Torres, quien llegó a Santa Marta procedente del interior del país. Desde hace más de 20 años vive en las calles del Centro Histórico. Es huérfano de padre y madre y la pregunta que se hace todos los días es, ¿qué pasará con él cuando muera?

SITUACIÓN DE HABITANTES DE LA CALLE

Así como Juan Martínez y Santiago Torres, son cientos las personas que habitan en las calles por diversas circunstancias. Hombres, mujeres, jóvenes y ancianos pasan necesidades al no tener un techo para descansar.

El Ministerio de Salud y Protección Social define el término habitantes de la calle como aquella “persona sin distinción de sexo, raza o edad que hace de la calle su lugar de habitación ya sea de forma permanente o transitoria”.

La presencia de habitantes de la calle en diferentes sectores de la ciudad se ha multiplicado en las últimas décadas. Las  cifras aproximadas hablan de alrededor de 40 mil personas en condición de indigencia extrema hasta el año 2016.

Muchas de estas personas que deambulan por las calles de la ciudad se preguntan, ¿qué pasará con ellos cuando mueran?

La mayoría de estas personas está relacionada con el consumo de sustancias alucinógenas y su adicción los lleva a cometer delitos como el hurto, lesiones personales y hasta violaciones.

Muchos de ellos, incluso, han muerto en precarias condiciones. Pero al no tener familiares o no ser identificados, ¿qué pasa con los cadáveres?

Esa inquietud le fue planteada al director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Carlos Eduardo Valdés Moreno, quien le explicó a OPINIÓN CARIBE el procedimiento que cumple la entidad a su cargo cuando se presenta uno de esos casos.

PROCEDIMIENTO CUANDO FALLECEN

El funcionario señaló, que el Instituto preserva los cadáveres de las personas que mueren o quedan en condiciones de no identificados, durante  un determinado tiempo en las neveras de Medicina Legal con el fin de adelantar el proceso de identificación y puedan darles aviso a los familiares.

“Si se trata de cadáveres frescos, que hay posibilidades de obtener huellas dactilares, son identificados en su mayoría la  mayoría, salvo que las personas nunca hayan sacado tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía; en ese caso, logramos identificarlos cuando entramos a localizar a los familiares y para eso tenemos unos programas con la Fiscalía y con los medios de comunicación”, explicó.

Además, Carlos Valdés precisa, que a través de las huellas dactilares, por carta dental o por estudios de genética, es fácil lograr la identificación del cadáver. “Lo más frecuente es que tengamos cadáveres en condición de no identificados, que nos llegan esqueletizados; situación debida al conflicto, en especial, porque han sido recuperados de fosas comunes, clandestinas o de cementerios y que no conocemos su identidad”.

El tiempo varía mucho, de acuerdo con el número de neveras que estén disponibles y la capacidad de estas. “En algunas ciudades, por poner un ejemplo, podemos tener una capacidad de 100 neveras y si no hay cupos completos, pueden permanecer ahí hasta tres años. Esto varía de acuerdo con la cantidad de neveras que hay en las diferentes sedes”.

Estos datos quedan consignados en el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres, Sirdec. Cualquier persona que tenga algún conocido o familiar puede consultar la lista de cadáveres que han sido identificados y no reclamados, a través de la página web www.medicinalegal.gov.co.

DESTINO DE LOS CADÁVERES

El Director de Medicina Legal aseguró, que si el cadáver no está identificado el destino de ellos puede ser en un cementerio local, cuya fosa debe ser pagada por la Alcaldía Municipal. Por ley, los entes territoriales deben asumir los costos de la inhumación del cadáver.

“Las Alcaldías son las que determinan el lugar; generalmente son cementerios municipales, no privados y deben proveer el ataúd, pagar la bóveda y demás. En muchos casos, los entes territoriales costean las bóvedas, pero como no existe una cifra determinada para que estas sean utilizadas para cadáveres en condición de no identificados, en ocasiones, en una bóveda se inhuman más de dos”.

Otra opción es donarlo a las facultades de medicina de las universidades. “A ellos les hacemos firmar un acta, donde el Alma Mater se compromete a cuidar el cadáver y una vez ha completado todo su uso en el estudio de la medicina, lo inhumamos en un sitio, también pagado por la Alcaldía, pero que está a cargo del Instituto de Medicina Legal”, explicó Carlos Valdés.

Cuando se trata de cadáveres esqueletizados y que están en condición de no identificados, no son trasladados a cementerios, sino que se llevan a repositorios de propiedad de Medicina Legal y que están ubicados bien sea en las instalaciones del instituto; construidos por los entes territoriales; o donados por ONG, pero están en total custodia y administración de Medicina Legal.

“Por política, nunca perdemos la custodia de los cadáveres en condición de no identificados”, comenta el Director de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

MARCADOS CON CHIP

El Instituto de Medicina Legal antes de entregar los cadáveres en condición de no identificados, los marca con un chip intraóseo, el cual, al estar en el hueso, ayudará a la identificación a través de un código.

“Se están colocando chips intraóseos para identificar los cadáveres que enviamos a los cementerios municipales, con el fin de solucionar un problema que hemos tenido desde siempre, porque antes enviábamos los cadáveres y las directivas de los cementerios nunca se hacían responsables de los mismos. Los inhumaban en un sitio y al cabo de dos o cuatro años los sacaban de ese lugar y los botaban, y nunca sabían en qué sitio los habían colocado y mezclado con otros cadáveres”,

DISTRITO NO RESPONDIÓ

OPINIÓN CARIBE intentó comunicarse con el secretario de Salud del Distrito de Santa Marta, Julio Salas, con el fin de conocer la responsabilidad de la Alcaldía cuando se registra la muerte de un habitante de la calle, así como el nombre del cementerio de la ciudad donde son sepultados, pero ello no fue posible.

LEY 1461

Mediante la Ley 1461, el Gobierno Nacional establece una serie de parámetros con el fin de garantizar, promocionar, proteger y restablecer los derechos de las personas habitantes de calle; y al mismo tiempo, la atención integral e inclusión social de las personas habitantes de la calle.

Entre las entidades que tienen responsabilidad en la atención de habitantes de la  calle se encuentran los entes territoriales, en especial, aquellos que tengan presencia de esta población.

En las últimas décadas ha aumentado la presencia de habitantes de la calle en las diferentes ciudades del país.

La norma dice, que “se articularán con las entidades nacionales en el proceso de formulación e implementación de la Política Pública Social para Habitantes de la Calle  y crearán los servicios que consideren necesarios para su atención integral”.

El Estado ha avanzado en la implementación de políticas desde 2013, año en que se crearon dos mesas técnicas con el fin de avanzar en los acuerdos iniciales en torno a la formulación de estas.

En 2014, se recolectaron insumos para la elaboración de los lineamientos generales de las políticas mediante foros regionales con participación de 1.150 personas, entre ellos, representantes de ONG, academia, habitantes de la calle y entidades del Estado.

En 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social adelantó un ejercicio de articulación interinstitucional con las entidades nacionales competentes, con el fin de elaborar los contenidos respectivos a los componentes de la política social, que en particular les atañen, como insumo básico para la construcción del Plan Nacional de Atención de los Habitantes de la Calle.

En el 2016, el Dane aún no contaba con la línea base para la formulación del documento, por lo que el Ministerio de Salud hizo dos diagnósticos para la caracterización de esta población.

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply