Salud
Se intensificarán acciones de prevención por uso de pólvora durante el fin de año
El Distrito de Santa Marta acogió la circular 0000044 del 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, que tiene como propósito evitar personas quemadas por el uso de la pólvora durante las festividades del fin de año y mantener en cero los casos de menores quemados en el territorio nacional en lo que falta del 2020.
La circular que será adoptada por la Secretaría de Salud Distrital, también busca la prevención del contagio por Covid-19, por actividades pirotécnicas de acuerdo a la resolución 1513 del 2020 bajo protocolos de Bioseguridad.
Se busca que las campañas y los planes de contingencias que propondrán los mandatarios de los diferentes entes territoriales, o en su defecto por las secretarías de Salud del Departamento, Distrito y/o Municipio de cada región, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio – EAPB- a través de las instituciones prestadoras de servicio -IPS-, buscarán acciones en prevención, control y atención de las personas que resulten quemadas.
El Ministerio de Salud y Protección Social determinó la vigilancia intensificada de lesiones por pólvora pirotécnica e intoxicaciones por fósforo blanco durante la temporada 2020 – 2021 y la prevención del contagio por Sars _CoV2 que produce la enfermedad del Covid -19 por actividades pirotécnicas.
Este periodo de vigilancia intensificada irá del 1° de diciembre de 2020 al 16 de enero de 2020. Se han determinado como días críticos: 7,8,24, 25, y 31 diciembre de 2020 y primero de enero de 2021.
Evite sanciones
Evite las sanciones contempladas en la Ley 670 de 2001, que establece la prohibición, la distribución y la venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales a menores de edad y personas en estado de embriaguez.
Las sanciones aplicables a quienes incumplan dichas disposiciones y que en el caso de encontrar a un menor de edad manipulando, portando o usando inadecuadamente dichos elementos, le serán decomisados y será conducido el menor de edad ante el Defensor de Familia quien determinará las medidas de protección a adoptar.
De igual manera, las diferentes instituciones que participan de la misma, realizarán de manera comprometida con el monitoreo diario, así misma disponibilidad permanente de los servicios de urgencias, consulta externa y hospitalización de los casos ingresados, a fin de activar las acciones de intervención pertinentes.
El secretario de Salud del Distrito de Santa Marta, Henrique Luis Toscano Salas, y su directora de Salud Pública, Lisney Mendoza Brito, recuerdan a la comunidad que no son lesiones por pólvora pirotécnica las ocasionadas por: velas, esponjillas, bolas de candela, llantas, mechas de tejo, gasolina y ningún otro artefacto elaborado artesanalmente que no contenga pólvora. Si la lesión se produjo con un muñeco año viejo sin pólvora no cumple la definición de caso del evento.
También está contemplada la atención integrada de salud para casos de una doble coexistencia, es decir: por lesiones e intoxicaciones con pólvora y que además presenten alteraciones y detrimento en su salud por contagio del Covid – 19.
Cualquier inquietud, la población puede comunicarse a la Oficina de Vigilancia en Salud Pública Departamental, a los teléfonos: 4209400 – 3014587650 – 3002308712 o a los correos electrónicos: vigilanciaensaludpublica@magdalena.gov.co y en el Distrito al 4209632, Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -Crue- de la Secretaría de Salud Distrital.

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