Nación
¡Ojo! Se modificaron los límites de velocidad en Colombia
En esta semana, se postuló un nuevo proyecto que fue aprobado en el Congreso, luego de la ponencia de Emeterio Montes, representante a la Cámara, quien explicó la iniciativa de admitir cambios en la ley de los límites de velocidad en las ciudades, esto en busca de prevenir muertes que se están presentando diariamente por las vías.
El informe que presentó la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y según el análisis realizado, 2021 fallecieron 7000 personas y resultaron más de 1600 heridas, “los cálculos entregados en el proyecto de ley, por cada 100.000 habitantes siete mueren por ocasión de accidentes de tránsito. Y las cifras van al alza”, explicó Montes.
Luego de esta ponencia, se logró establecer que el artículo 106 o Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, el cual indica que, los límites de velocidad en vías urbanas y carreteras municipales, será modificado en las vías urbanas las velocidades máximas y mínimas para vehículos de servicio público o particular será determinada y debidamente señalizada por la autoridad de Tránsito competente en el distrito o municipio respectivo.
La velocidad permitida será de 50 kilómetros por hora, dentro de la ciudad, esta regla aplica para cualquier tipo de vehículo, ya sea público o privado, sin embargo, para las zonas escolares y residenciales, el límite se mantiene en 30. En carreteras nacionales, será 90 kilómetros por hora, para particulares y servicio público no podrá exceder los 80, en los tramos de doble calzada, que no tengan vía peatonal se mantendrá en 120 kilómetros/h.
