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“Se requiere que SuperServicios entre a revisar como se viene operando el alumbrado público”: Personero sobre los hallazgos en la Essmar
En la mañana de este miércoles 5 de junio, el personero Distrital, Edward Orozco Oñate, presentó el segundo informe sobre unos hallazgos en la destinación del recaudo por concepto del impuesto de alumbrado público, a cargo de la a cargo de la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta, Essmar, entre los años 2019 – 2023.
Según el artículo 350 de la Ley 1819 de 2016, el impuesto de alumbrado público se destina exclusivamente a la prestación, mejora, modernización y ampliación de la prestación del servicio de alumbrado público, incluyendo suministro, administración, operación, mantenimiento, expansión y desarrollo tecnológico asociado. Sin embargo, este habría sido utilizado para otros pagos que van en contra de lo establecido en la Ley para los fines que debería tener este recaudo.
#EnVideoOC Edwar Orozco, personero Distrital de Santa Marta, habla con OPINIÓN CARIBE sobre los hallazgos en la destinación del recaudo por concepto del impuesto de alumbrado público, a cargo de la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta -ESSMAR ESP@by_vicro… pic.twitter.com/EDOgG1uXNR
— Opinión Caribe (@opinioncaribe) June 5, 2024
Hallazgos
De acuerdo con el informe, la Essmar al no contar con la experiencia y capacidad para asumir la prestación del servicio de Alumbrado Público en el Distrito de Santa Marta, realizó un contrato de “prestación de servicios” No. 333 de 2019, con el Consorcio Santa Marta Iluminada y Segura- Conlus.
Sin embargo, la Personería señaló que “la Essmar pretende tergiversar la figura de los contratos de “Prestación de Servicios”, empleando dicha figura para cubrir lo que realmente podría tratarse de un Contrato de Concesión del servicio de alumbrado público, al haberse delegado en un tercero ajeno a la Essmar, la atención de los componentes de administración, operación y mantenimiento del servicio, relegándose la Essmar al papel de un simple supervisor”.
Por otro lado, detallan que la Essmar estaría remunerando al contratista Conclus más de lo permitido por la regulación de la Comisión de Regulación de Energía, Gas y Combustibles (Creg), y por servicios que la misma empresa ha adquirido mediante contratos de prestación de servicios con personas naturales.
En esa línea, explicaron que el contrato establece que, al Contratista, además de lo permitido regulatoriamente (10%) se le remunerará un 2,5% adicional por llevar a cabo labores de “apoyo corporativo”, lo que genera un presunto detrimento fiscal a los recursos del Distrito de Santa Marta del orden de $12.438.381.616.
En cuanto a actividades dos veces pagadas, la Personería encontró que de apoyo corporativo están incluidas en las actividades de administración y operación del contrato de Prestación de Servicios con Conclus, entre ellas contratación de personal, asesorías, entre otras.
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Dentro de estas actividades, se establecen algunas que nunca fueron delegadas por la administración Distrital de Santa Marta a la Essmar mediante el Decreto No. 314 del 27 de diciembre de 2018, como los fiscales y tributarios del manejo del impuesto de alumbrado público, el cual se encuentra incluido dentro del contrato de servicios No. 333 de 2019.
La Peonería concluyó que Conlus viene facturando por actividades que no se realizan o que no generan un valor agregado a la gestión para el servicio de alumbrado público.
“Es claro, como lo dicen todos los informes analizados, que Conlus durante el periodo del informe mantuvo a su disposición el personal idóneo para la realización de las actividades de trabajo social. Asesoría jurídica y asesoría fiscal y tributaria, dicha situación no se compadece con el valor mensual de $173.936.369, pagado por la Essmar solo por mantener un personal a disposición, pero cero (0) valor agregado a la gestión”, señalaron.
Así mismo, evidenciaron que la Essmar no realiza ningún seguimiento a la gestión de Conlus, pues se observa en los informes, en su mayoría presentan la misma descripción en cada una de las componentes y no muestran realmente qué gestión se realizó.
De este modo, queda evidenciado que la Essmar entregó la prestación del servicio de manera total en el Contratista, desbordando los límites de un contrato de prestación de servicios y celebrando lo que solamente podría considerarse como un contrato de concesión.
Por último, el Personero Edward Orozco, indicó que compulsó copias de estos hallazgos a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y al Personero Delegado para la Vigilancia Administrativa y Asuntos Disciplinarios, para que estas entidades realicen las investigaciones correspondientes.
