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Juez ordena revisar elección de Contralor del Magdalena por posibles irregularidades
El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta concedió tutela de manera transitoria a Maryoris Margarita Pedraza Álvarez, quien denunció discriminación y violaciones al debido proceso en la convocatoria para elegir Contralor Departamental 2026–2029.
Por: Arnol Sarmiento
El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta falló a favor de la accionante Maryoris Margarita Pedraza Álvarez en la tutela interpuesta contra la Asamblea del Magdalena, la Universidad de Medellín, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, por presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad, equidad de género y debido proceso durante la convocatoria pública para la elección del Contralor Departamental del Magdalena, periodo 2026–2029.
Pedraza alegó que, pese a ocupar el primer lugar entre las mujeres aspirantes y superar en conocimiento a uno de los tres ternados —todos hombres—, fue excluida de la terna conformada por la Asamblea con apoyo de la Universidad de Medellín. También denunció omisiones en la verificación de inhabilidades y falta de enfoque de género en el proceso.
El despacho judicial determinó que la tutela era procedente como mecanismo transitorio, al considerar que la elección podría realizarse sin depurar la terna ni atender las observaciones sobre inhabilidades, lo que configuraría un perjuicio irremediable.
El fallo ordena a la Universidad de Medellín emitir un informe motivado que justifique el peso otorgado a la experiencia en control fiscal dentro del proceso y proponga medidas compensatorias para corregir la desventaja estructural de las mujeres aspirantes. Dicho informe deberá remitirse a la Asamblea del Magdalena antes de la elección del contralor.
Asimismo, se instruye a la Asamblea abrir una actuación administrativa para verificar las denuncias sobre presuntas inhabilidades de los ternados, escucharlos en audiencia y decidir motivadamente si procede su exclusión antes de la votación.
El juzgado recordó que el principio constitucional de equidad de género, incorporado al artículo 272 mediante el Acto Legislativo 04 de 2019, obliga a las entidades a promover la participación equilibrada de mujeres en los procesos de selección pública. También destacó que la Mesa Directiva alteró las reglas de la convocatoria al considerar como simples “insumos” las observaciones ciudadanas sobre inhabilidades, cuando debieron tramitarse formalmente antes de la elección.
Con esta decisión, el despacho busca garantizar la transparencia del proceso, la igualdad de condiciones entre aspirantes y el cumplimiento efectivo del principio de equidad de género en la elección del próximo Contralor Departamental del Magdalena.

