Geopolítica Parroquial
Ya fue radicada la demanda que busca tumbar la elección de Abelardo de la Espriella
Los demandantes solicitan la nulidad de la declaratoria de elección de Abelardo de la Espriella y José Manuel Restrepo, argumentando presuntas irregularidades en los mecanismos de trazabilidad y verificación de los formularios electorales E-14 utilizados en los comicios presidenciales.
Por: Arnol Sarmiento
Ante el Consejo de Estado fue presentada una demanda de nulidad electoral contra la Resolución E-3181 del 24 de junio de 2026, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró la elección de Abelardo de la Espriella como presidente de la República y de José Manuel Restrepo Abondano como vicepresidente para el periodo constitucional 2026-2030.
La acción judicial fue radicada el 17 de julio de 2026 por William Roy Villanueva, Jaime Casadiego León, Damián Garcés Restrepo, Alexander Montaña Narváez, Sixto Acuña Acevedo y Luis Alfredo Onofre Valencia, quienes ejercen el medio de control de nulidad electoral previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Según la demanda, la principal controversia jurídica gira en torno a lo que los accionantes denominan una “degradación” de los mecanismos de autenticidad, integridad y trazabilidad digital de los formularios E-14 publicados durante las elecciones presidenciales de 2026, en comparación con los utilizados en los comicios presidenciales de 2022. Los demandantes sostienen que estos cambios dificultan la verificación ciudadana y judicial de la correspondencia entre las actas electorales, los documentos digitales publicados y los resultados oficiales.
Entre las pretensiones de la demanda se encuentra la nulidad de la resolución que declaró la elección presidencial, así como la nulidad de los formularios E-14, E-24 y E-26 correspondientes a la segunda vuelta presidencial, en cuanto constituyen los documentos soporte del proceso electoral cuestionado.
De manera subsidiaria, los demandantes solicitaron al Consejo de Estado ordenar un nuevo escrutinio o una auditoría judicial y técnica sobre las mesas de votación que eventualmente resulten afectadas por problemas de verificabilidad documental. Asimismo, pidieron que la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral entreguen los registros técnicos, protocolos y documentos que permitan establecer cómo fueron generados, publicados y custodiados los formularios electorales digitales.
El documento también señala que, antes de la declaratoria de elección, fueron presentadas varias acciones de tutela relacionadas con las presuntas modificaciones introducidas en los controles digitales de los formularios electorales. De acuerdo con los demandantes, estas actuaciones pusieron en conocimiento de las autoridades electorales las inquietudes técnicas planteadas antes de la consolidación de los resultados electorales.
Uno de los elementos centrales de la demanda corresponde a un dictamen pericial que comparó los formularios E-14 utilizados en las elecciones presidenciales de 2022 y 2026. El informe concluyó que los documentos publicados en 2026 presentan diferencias en metadatos, nomenclatura e integración documental respecto del modelo utilizado cuatro años atrás. No obstante, los autores del peritaje precisan expresamente que sus conclusiones no constituyen una afirmación sobre la existencia de fraude electoral o alteración de los resultados de las votaciones.
Los accionantes argumentan que el debate jurídico planteado no se centra en demostrar una manipulación de los votos, sino en determinar si las garantías de transparencia y verificabilidad del proceso electoral fueron suficientes para permitir el control ciudadano y judicial de los resultados oficiales.
Ahora será el Consejo de Estado el encargado de estudiar la admisión de la demanda y determinar si existen méritos para iniciar el proceso de nulidad electoral de la elección presidencial de Colombia para el periodo 2026-2030.

