Región Caribe
Cargos a la exministra del Deporte por presunto incumplimiento de sus obligaciones en la gestión de los Juegos Panamericanos
La Procuraduría General de la Nación informó que presuntamente la actuación de la exministra del Deporte Astrid Bibiana Rodríguez Cortés ocasionó la pérdida de más de dos millones de dólares que la Alcaldía de Barranquilla había pagado.
Este miércoles 26 de junio, la Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra la exministra del Deporte Astrid Bibiana Rodríguez Cortés por presunto incumplimiento de sus funciones con Panam Sports Organization, lo que habría ocasionado la cancelación del negocio jurídico y el retiro de la sede de los Juegos Panamericanos 2027 a Barranquilla.
Ante esta situación, la sala disciplinaria de instrucción manifestó que la ministra y el secretario general Luis David Garzón Chaves, quien fue incluido dentro del expediente investigativo, habrían permitido el incremento en el patrimonio de la empresa en detrimento de la ciudad en 2 millones 250 mil dólares que la Alcaldía de Barranquilla había pagado como parte del acuerdo establecido entre las partes y que finalmente se perdieron por el impago por parte del Ministerio del Deporte.
La PGN indicó que la exministra posiblemente quebrantó los principios de eficacia, diligencia y celeridad de la función pública al resolver el 27 de diciembre de 2023 no suscribir el contrato y no honrar el compromiso asumido de hacer efectivo el monto pactado de acuerdo con el plan de pagos establecido el 30 de diciembre.
Así mismo, la Entidad afirmó que el proceso del secretario, quien se desempeñaba como ordenador del gasto, habría pasado por alto el principio de eficacia en el momento que presuntamente detuvieron el proceso contractual para modificar la forma de pago por medio de un acto administrativo. Esta situación dañó la imagen, credibilidad y seriedad del país.
Finalmente, la Procuraduría expresó que los servidores actuaron consciente y libremente, de forma voluntaria y con conocimiento, aunque se le habían manifestado las consecuencias en caso de que se presentara incumplimiento con el contrato que se tenía con la ciudad. Es por esta razón que, estas acciones fueron calificadas como falta gravísima cometida a título de dolo.
