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Juzgado ampara el derecho al buen nombre de la alcaldesa de Fundación
La alcaldesa Luz Helena Andrade Campo ganó una tutela contra un ciudadano que la difamó en dos publicaciones, ordenando el retiro de las mismas y la publicación de una rectificación.
Por: Arnol Sarmiento
El Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Fundación tuteló el derecho fundamental al buen nombre de la alcaldesa Luz Helena Andrade Campo, ordenando a un ciudadano retirar y rectificar publicaciones realizadas en su perfil de Facebook que contenían afirmaciones consideradas injuriosas y calumniosas.
La decisión se dio en el marco de una Acción de Tutela instaurada por la alcaldesa contra José Ricardo Guerrero Velandia, quien había realizado dos publicaciones en agosto de 2025. La primera, el 23 de agosto, atribuía a la funcionaria supuestos delitos contra la administración pública, mientras que la segunda, el 27 de agosto, se dio tras un trágico incidente con una menor e incluía acusaciones sobre un presunto desvío de recursos destinados a la seguridad pública.
Según el fallo, ambas publicaciones superaron los límites de la libertad de expresión y dañaron la honra y la imagen de la alcaldesa. La segunda publicación, además, tuvo mayor difusión, con 282 interacciones y 196 compartidos, aumentando el perjuicio hacia la funcionaria.
La alcaldesa Andrade Campo señaló que no tiene antecedentes penales ni investigaciones por los delitos mencionados en las publicaciones, y que los comentarios de Guerrero Velandia eran infundados y dañinos para su reputación. La acción de tutela se presentó luego de que el ciudadano no retirara los mensajes ni ofreciera disculpas tras una solicitud de rectificación enviada el 10 de septiembre de 2025.
El Juzgado, si bien reconoció la importancia de la libertad de expresión, precisó que esta tiene límites, sobre todo ante ataques sistemáticos y expresiones injuriosas. Citando jurisprudencia de la Corte Constitucional, señaló que dicha libertad no ampara publicaciones con intención dañina o insultante.
Como consecuencia, el despacho judicial ordenó a José Ricardo Guerrero Velandia retirar los mensajes en un plazo de tres días y publicar en su red social la rectificación correspondiente, garantizando los derechos fundamentales de la alcaldesa.
El fallo destaca que la tutela es procedente cuando se busca un retracto que proteja la honra y el buen nombre de una persona frente a difamaciones públicas.

