Análisis
¿Víctimas de la justicia?

Culpables o inocentes, Manuel Salvador Ibarra y Jaime Gutiérrez son las dos personas que están respondiendo por la tragedia de Fundación. Ambos se encuentran recluidos en la cárcel Modelo de Barranquilla desde el 19 de mayo de 2014, juzgados por la sociedad y a la espera de que las autoridades resuelvan su situación judicial.
Manuel Salvador Ibarra Plaza tiene 60 años, abogado de profesión y líder espiritual de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, sede Altamira. Está casado con Josefa Ortiz, con quien tuvo una hija. Lucelia Ibarra Ortiz, quien a sus siete años falleció en el accidente del bus.
Desde el día de la tragedia, la vida de Manuel cambió del cielo a la tierra. Drásticamente pasó de ser el amigo y consejero de muchas personas a ser señalado y odiado por los habitantes de Fundación.
La intención de brindarles mayor comodidad a las personas que asistían al culto cada domingo se perdió entre las llamas aquella mañana cuando el carburador del bus donde se transportaban 59 niños y ocho adultos explotó, muriendo 33 menores, entre ellos, Lucelia.
En el accidente también resultó herida la esposa, quien estuvo en la Unidad de Cuidados Intensivos durante varios días. Como fue capturado de inmediato, Manuel Ibarra no tuvo la oportunidad de despedir a su hija el día del sepelio, ni acompañar a su pareja en el centro médico, por lo que solo tuvo que aprender a superar su dolor lleno de una profunda desolación.
OPINIÓN CARIBE visitó el hogar donde residía Manuel Ibarra. En la casa ubicada en una esquina del barrio Altamira viven varios familiares de Josefa Ortiz. Al preguntarles sobre la tragedia, aún sienten nerviosismo y prefieren guardar silencio.
Por otra parte, se conoció que el 23 de agosto del presente año, Josefa decidió radicarse en la capital del Atlántico. Según lo indicaron varias personas cercanas a ella, las constantes visitas al centro carcelario y los gastos de alimentación, viáticos y hospedajes generaban costos adicionales que se estaban saliendo de las manos, por lo que abandonó el municipio de Fundación.
EL CONDUCTOR
Jaime Gutiérrez Ospino tiene 58 años y es mecánico empírico. En el pueblo es conocido como ‘Toyotica’. Un hombre humilde, que se ganaba la vida haciendo mandados o botando la basura de los vecinos, en cambio de unos pesos que le sirvieran para comer.
Varias personas le indicaron a OPINIÓN CARIBE que ‘Toyotica’ permanecía en la calle, e incluso, lo poco que ganaba, prefería gastarlo en alcohol.
Poco o nada saben las autoridades sobre su familia. Al ser reseñado, después de su captura, Jaime Gutiérrez no entregó información sobre sus seres queridos, ni dirección de residencia. El día de la tragedia, se iba a ganar 30 mil pesos, por lo que, sin pensarlo dos veces, accedió.
ASÍ VA EL PROCESO JUDICIAL
A los presuntos responsables de la tragedia le imputaron cargos por el delito de homicidio simple en la modalidad de dolo eventual en concurso homogéneo, que implica una pena entre 40 y 60 años. A Jaime Gutiérrez Ospino, como autor material de la conducta; y a Manuel Ibarra, como autor en posición de garante.
Desde el inicio del proceso, los abogados de los sindicados, Carlos Mauricio Ramírez y Diego Fernando Duque se dieron a la tarea de demostrarle a la Fiscalía General de la Nación que no se trató de un homicidio en la modalidad de dolo eventual, sino culposo.
“La defensa, desde la formulación de imputación, le manifestó a la Fiscalía por medio de su delegado, que se trató de un homicidio culposo, porque no hubo una previsión de lo previsible. Que Jamás el señor Manuel Salvador tuvo en mente que, si hacía el recorrido de los niños y entregar un dinero para que se le inyectara combustible al motor, podía causar esa tragedia.
Precisamente a esta persona le falleció una hija en el siniestro y su esposa sufrió graves lesiones físicas en gran porcentaje de su cuerpo a raíz de las quemaduras padecidas mientras trataba de salvar a su hija y a otros menores. Que, como miembro de la iglesia, la actividad que realizaba Manuel era altruista. Lo que hacía era reunir a los niños y brindarles comida, en cambio de que asistieran a las actividades. Acciones que en su momento la Fiscalía trató de desdibujar”.
De Jaime Gutiérrez Ospino, la defensa aduce, que “la Fiscalía desconoció que es una persona de escasos recursos, de un nivel cultural nulo, que por ganarse un diario se ofreció a llevar a los niños y en desarrollo de esta actividad, no tuvo inconvenientes en tratar de reactivar el motor del vehículo, ocurriendo así la tragedia.
Como se puede ver, lo que existe aquí no es un dolo, que es la intención o voluntad de una persona en desarrollo de cualquier actividad”, explicó el abogado Carlos Ramírez.
En este sentido, la Fiscalía celebró un preacuerdo de estas personas si aceptaban los cargos, pero, aun así, presentaron el escrito de acusación.
El 24 de noviembre de 2014 el Juez Penal del Circuito de Fundación conoció el preacuerdo y decidió improbarlo, argumentando en uno de sus apartes, que se violó el principio de legalidad y el debido proceso se declara impedido porque ya lo conoció y lo envía a Ciénaga.
Esta decisión fue apelada en el municipio de Ciénaga, porque la defensa presentó nuevamente el preacuerdo y el Juez Primero Penal del Circuito, el 4 de junio de 2015, no lo aprueba, por lo que fue objeto de apelación. Al pasar al Tribunal de Santa Marta, este le ordena al Juez Primero Penal que debe dictar sentencia.
“El Juez Primero Penal del Circuito de Ciénaga obedeciendo lo que dice el Tribunal en segunda instancia procede y dicta la respectiva sentencia para Jaime Gutiérrez, a diez años y nueve meses y Manuel Ibarra, a diez años y seis meses de prisión; esa decisión es objeto de apelación no solo por parte de la defensa, sino también por los apoderados de las víctimas y la Procuraduría.
En segunda instancia, es que muy a pesar, yendo en contravía de lo que habían dicho anteriormente, donde le ordenaban al Juez de Ciénaga aprobar el preacuerdo y dictar sentencia, ahora decretan nulidad. Eso significa que, desde esa fecha hasta el momento, el tiempo desaparece y tenemos que reiniciar”.
PIDEN LIBERTAD
A raíz de esto, la defensa presentóel 15 de agosto de 2017, en el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Oral Acusatorio de Santa Marta, una solicitud para que un Juez de Control de Garantías, en virtud de la Ley 1786 de 2016, levante la medida de aseguramiento contra Jaime Gutiérrez y Manuel Salvador Ibarra.
En el parágrafo 1° del artículo 1°, la Ley contempla que “salvo lo previsto en los parágrafos 2° y 3° del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), el término de las medidas de aseguramiento privativas de la libertad no podrá exceder de un año”.
“Como decretan la nulidad, ellos (Jaime y Manuel), tienen una medida de aseguramiento desde hace mucho tiempo, sin que se les haya resuelto su situación, es apenas lógico que,en virtud de las garantías fundamentales consignadas en los convenios internacionales, en el bloque de constitucionalidad, que toda persona tiene derecho a qué se le defina de una manera pronta y que no se mantenga su juicio de manera indefinida. Se puede establecer fácilmente que están llamados a qué se les dé la libertad hasta tanto no se les defina su situación”.
Aún se desconoce la fecha en la que den respuesta a esta solicitud. Sin embargo, el futuro de los dos sindicados de la tragedia de Fundación quedará en las manos de un Juez de Control de Garantías, quien debe determinar si les concede o no el beneficio de la libertad.
- Los líderes espirituales y pastores de la Iglesia Pentecostal fueron cambiados después de la tragedia.
- Jaime Gutiérrez y Manuel Ibarra, son las únicas dos personas que están respondiendo ante las autoridades, por la tragedia del bus.


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