Connect with us

Portada

Problemas en la calidad del servicio de energía eléctrica en el 5% de sus usuarios

Published

on

Más de 635 mil personas no cuentan actualmente con este servicio público de calidad con respecto a los términos y condiciones estipulaos por la regulación. Este dato fue dado a conocer por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), publicando el listado de las empresas que faltan por entrar a la lista del Esquema de Incentivos y/o Compensaciones establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), a través de la resolución 097 de 2008.

Según la Dirección Técnica de Gestión de Energía de la Delegada de Energía y Gas Combustible dio a conocer que los prestadores de los departamentos de Arauca, Huila, Putumayo, Guaviare, Casanare, Caquetá y Valle del Cauca; faltan por realizar inversiones necesarias por registrar y reportar al Sistema Único de Información (SUI), la calidad del servicio con el nivel de detalle y precisión requerido.
Las empresas que hoy no han realizado la totalidad de las inversiones para mejorar sus servicios en redes eléctricas en el nuevo marco tarifario (resolución CREG 015 de 2018), podrían verse afectados económicamente ya que les tocaría pagarles a sus usuarios las compensaciones más altas que un prestador de este servicio pueda pagar en el país.

Requisitos

De acuerdo con la Delegada de Energía y Gas Combustible de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, los requisitos fundamentales que deben cumplir las empresas distribuidoras de energía para la aplicación del esquema de incentivos y compensaciones se encuentran: la vinculación de usuarios a transformadores y circuitos.

De igual manera, se debe implementar un Sistema de Gestión de Distribución, el cual debe estar compuesto como mínimo de un sistema SCADA, un sistema de información geográfica (GIS) y un servicio de atención telefónica a los usuarios para reportar las fallas en la prestación del servicio. Además de una Telemedición en elementos de corte y maniobra instalados en la cabecera del circuito.

Finalmente, un permiso al Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC) para tener acceso directo a la Base de Datos de Interrupciones registradas en el sistema de Gestión de la Distribución de cada Operador de Red; y un Sistema de Medición y Procedimientos de Registro y Reporte del OR certificados.
JRD

Tomado de: comunicado de prensa No. 11

Click to comment

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply