Nación
Duque exime de impuestos a las empresas dedicadas a las industrias creativas
El presidente Iván Duque firmó el Decreto 1669 del 12 de septiembre de 2019 mediante el cual se reglamentan disposiciones del Estatuto Tributario y se adicionan normas al Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria en beneficio de las industrias creativas y culturales.
Como lo había anunciado la ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez Camacho, el Gobierno Nacional avanza en la reglamentación de los beneficios tributarios para el impulso de la economía creativa o naranja del país, aprobados en la Ley de reactivación económica (Ley 1943 de 2018) y el Plan Nacional de Desarrollo.
Con la firma del Decreto se oficializa la exención de renta por siete años las empresas existentes cuyo objeto social se enmarque exclusivamente en las industrias creativas y de base tecnológica, y que tengan ingresos brutos anuales inferiores a 80 mil UVT (unos $2.700 millones en 2019).
¿A quién va dirigido?
Este beneficio está dirigido a empresas que se dediquen principalmente a actividades que generen valor agregado en las actividades creativas y de base tecnológica establecidas en el decreto.
También beneficiará a las nuevas empresas que se establezcan antes del 31 de diciembre de 2021, las cuales tendrán cero impuesto de renta durante los primeros siete años, “para que el emprendimiento pueda crecer, pero condicionado a un mínimo de inversión y un mínimo empleos», como lo afirmó el presidente de la República, Iván Duque.
Son un total de 27 tipos de actividades que beneficiarían hasta 40 mil empresas existentes. Éstas deberán realizar un mínimo de inversiones y de creación de empleos formales, que en ningún caso puede ser inferior a tres empleados.
La Ministra de Cultura afirmó que con este decreto “Le estamos cumpliendo al sector. Con esta reglamentación Colombia avanza en el fortalecimiento y creación de mecanismos que permiten desarrollar el potencial económico de la cultura y en la generación de condiciones para la sostenibilidad de las organizaciones y agentes que la conforman, apalancando el desarrollo social y económico de los territorios”.
Actividades de la Economía Naranja
Los códigos CIIU incluidos en el decreto corresponde a 27 actividades que se enmarcan en la Economía Naranja (son 26 códigos CIIU más turismo cultural).
Esto incluye, entre otras, a la producción y posproducción audiovisual en varias categorías; la edición de libros; la creación, en un gran número de ámbitos, para las artes; la conservación y el funcionamiento de museos, así como de edificios y sitios históricos relacionados con la cultura y la creatividad; las investigaciones y el desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; la fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos; las actividades relacionadas al turismo cultural; y el desarrollo de sistemas informáticos y el desarrollo de software. También aplican las actividades teatrales, los espectáculos musicales y otras formas de entretenimiento en vivo.
Las empresas interesadas deberán presentar un proyecto ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, para lo cual, a partir del 1 de octubre podrán verificar su elegibilidad y los requisitos en el portal www.economianaranja.gov.co.
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