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Niegan pérdida de investidura de la diputada Claudia Aarón


La Sala Plena del Tribunal Administrativo del Magdalena resolvió recientemente denegar la demanda presentada por el diputado Rafael Noya, en compañía del exalcalde de Santa Marta, Rafael Martínez, para la pérdida de investidura de Claudia Aarón, actual presidenta de la Asamblea Departamental.
La solicitud, que fue admitida el pasado mes de julio, había sido interpuesta por los mencionados, alegando que Aarón había incurrido en un conflicto de intereses tras aplicarle una sanción a Noya que lo dejó sin voz ni voto en la corporación administrativa durante 20 días, lo anterior, con base en lo que señala el numeral 1 del artículo 48 de la Ley 617
de 2000.
Esto, luego de que en la sesión del 18 de marzo del año en curso, se considerara que Noya había sido irrespetuoso al lanzar “de manera pública una expresión soez contra la presidente de la mesa directiva”.
Ante lo ocurrido, “Aarón Viloria, una vez finalizada la sesión del día 23 de marzo del corriente año, citó ese mismo día en horas de la tarde a una reunión extraordinaria a la Mesa Directiva para el día 24 de marzo, con el único propósito que se analizara y conceptuara sobre la situación de falta al respeto debido y sobre el
comportamiento en las intervenciones del Diputado Rafael Nota García hacia alguno de los miembros de la Asamblea del Magdalena, durante las sesiones plenarias efectuadas durante los días 18 y 23 de marzo de 2021”, haciendo referencia a un episodio que protagonizó también el demandante el que se refirió al asambleísta Julio Alzamora, como “violador”, siendo que esta persona se encuentra en medio de “una investigación penal en la que este último tiene la condición de sujeto procesal, y que ese proceso penal, se encuentra en etapa de juicio y con las garantías de presunción de su inocencia”.
Defensa de Aarón
Entre su defensa en el caso, la presidenta de la Asamblea aseguró que con la sanción impuesta a Noya actuó en pleno uso de sus facultades,
incluidas en el numeral 4 del artículo 50, entre las cuales se encuentra restablecer el orden en el desarrollo de las sesiones.
“Las decisiones de la Diputada Aarón Viloria estuvieron no solo enmarcadas dentro del Reglamento de la Corporación, sino que obedecieron a la reacción exigida de acuerdo con las responsabilidades de la Presidencia de garantizar el orden y el respeto debido dentro de las sesiones de la Asamblea. Los hechos protagonizados por el Diputado Noya García fueron realmente desobligantes y groseros, y ameritaban una actuación inmediata como la que se desplegó en ejercicio de los controles legítimamente consagrados al efecto”, explicó la defensa.
En el caso se contó con la participación de Elizabeth Molina, quien funge como vicepresidente de la Corporación. El 4 de agosto se llevó a cabo una diligencia en la cual ella entregó sus declaraciones sobre lo sucedido, en las cuales relató lo sucedido en la sesión del 23 del marzo y cómo la Mesa Directivo tomó la decisión de sancionarlo, teniendo en cuenta lo ocurrido y el reglamento interno de la Asamblea Departamental.
“Yo solicito que se cité a mesa directiva y presentó una proposición, ahí no se trata de votar, yo solicito que esto no puede seguir pasando porque es una falta de respeto y no es un buen ejemplo que esto pase, donde es una sesión que todo el mundo ve y además exigir un respeto entre colegas al hacer eso el acto administrativo como es normal, lo expide la presidencia y la vicepresidencia y el reglamento nos dice en el artículo 50 en su numeral 4 cuáles son las funciones de la mesa directiva y de la presidencia en su caso y cuáles son las sanciones cuando pasan estas faltas de respeto, hacer un llamado o llamar al orden al diputado, cosa que se hizo y también hay una sanción de un tiempo de quitarle la voz y el voto por 20 días que fue lo que yo solicité porque ya había pasado el llamado de atención”, relató Molina.
Respuesta del Tribunal
Transcurrido el proceso, el Tribunal determinó que “no se comprobaron” las existencias de intereses directos, particulares y actuales “en cabeza del demandado o de los parientes en los grados establecidos por ley (…) teniendo en cuenta que la decisión plasmada en la Resolución 006 de 24 de marzo de 2021, si bien es la expresión de la voluntad de una autoridad administrativa, esta no fue proferida en razón o con ocasión de la discusión o aprobación de proyectos de ordenanzas”.
Por lo tanto, los cuatro magistrados resolvieron denegar la solicitud de pérdida de investidura de Claudia Aarón, en su calidad de diputada de la Asamblea Departamental del Magdalena para el periodo 2020 — 2023.
2021-00263 Rafael Emilio Noya Pérdida de Investidura (sentencia)


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