Metrópolis
Essmar E.S.P. ¿camino a la liquidación?
El informe de los primeros 100 días de intervención por parte de la Superservicios deja más dudas que certezas respecto de la viabilidad financiera y operativa de la empresa de servicios públicos, por cuenta de sucesivas gerencias negligentes, que deberían encender las alarmas de los entes de control. Además, los problemas que hoy parecen agravarse en ese sentido, ponen en duda la verdadera efectividad administrativa de la entidad nacional.
Por: Redacción (Adriana Cuao, José Díaz, Brigitte Caballero, Adriana Barros)
El pasado jueves 3 de marzo, Natasha Avendaño García, Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios y Yahaira Díaz Quesada, Agente Especial, entregaron en rueda de prensa su balance sobre los primeros 100 días de intervención a la Essmar E.S.P., la información expuesta por ambas funcionarias respecto al estado financiero de la empresa, aspectos operativos y proyecciones a futuro, sobre todo la duración de la Toma de Posesión, generan inquietudes y muchas dudas, pues, contrario a lo que todos esperaban, al parecer, no se ha concretado una solución definitiva para los problemas que aquejan a los samarios.
Teniendo en cuenta el panorama esbozado en el evento informativo referenciado, OPINIÓN CARIBE presenta un desglose de esas situaciones problemáticas que parecen sugerir que el asunto de la Essmar E.S.P. requiere muchos más que acciones de mera administración y gestión.
Las Cuentas por pagar
La superintendente Avendaño arrancó su intervención afirmando que el pasivo total de la empresa asciende a 84 mil millones de pesos, confirmando la veracidad de las cifras que antes había emitido la Contraloría Distrital en ese sentido. En esa primera parte, hizo alusión a un hecho que se encuentra tipificado como delito en el Código Penal y que es sancionable con cárcel.
Según Natasha Avendaño García, la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta adeuda más de 20 mil millones de pesos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, por concepto del no pago del impuesto de Retención a la Fuente. Así lo dispone el inciso primero del artículo 368 del Estatuto Tributario: “Son agentes de retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, las uniones temporales y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente”
Esta cifra, supone la cuarta parte del pasivo total y como advertimos, el Código Penal diescribe en su artículo 402 lo siguiente: “El agente retenedor o autorretendor que no consigne las sumas retenidas o autorretenidas por concepto de retención en la fuente dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha fijada por el Gobierno nacional para la presentación y pago de la respectiva declaración de retención en la fuente o quien encargado de recaudar tasas o contribuciones públicas no las consigne dentro del término legal, incurrirá en prisión de 2 a 9 años de cárcel y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.”
Sin embargo, a pesar de que todo parece indicar que hubo Omisión del agente retenedor o recaudador, dada la gran suma adeudada a la Dian, la funcionaria no fue clara sobre los presuntos responsables ni las medidas que desde la Gerencia se tomarán para hacerle frente a este problema que se agrava con el tiempo, pues las sanciones que se imponen por estos conceptos son severas y podrían repercutir en las maltrechas finanzas de la empresa.
Si hacemos el ejercicio atendiendo a la cifra entregada por la superintendente y el hecho de que la multa por Omisión del Agente Retenedor equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el valor que representan 1.020.000 UVT (Unidad de Valor Tributario), que para el año 2022 es igual a 38.004 pesos, tendríamos que la multa por este concepto sumaría más o menos 38.000 millones de pesos.
A este respecto, Natasha Avendaño se limitó a decir que “las autoridades competentes tendrán que revisar con lupa y tomar las decisiones correspondientes.” Tampoco se ha pronunciado sobre estos graves hechos la DIAN, entidad cuya obligación radica, principalmente, en la seguridad fiscal del Estado y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias.
También se han hecho los desentendidos en la Fiscalía General de la Nación, pues casi una semana después de las denuncias claras y concretas sobre la comisión de un delito contra la administración pública, nos e haya abierto de oficio una indagación para determinar quiénes son los responsables y obligarlos a responder.
Como si el déficit de $84 mil millones de pesos de la Essmar E.S.P. fuera poco, la alta funcionaria explicó que la empresa viene reportando una facturación mensual de 5 mil millones y un recaudo que pasó de $3.100 millones a $3.500 millones con una intensa gestión comercial. Con esta visión caótica, se pregunta el lector más incisivo: ¿de qué manera la empresa logrará sanear las deudas, si el recaudo total representa sólo el 4.17% del déficit general de $84 mil millones?
Conexiones ilegales y pérdidas de agua
En su intervención, Avendaño hizo mención al “negocio de los carrotanques”, asegurando que hay quienes con esta práctica incurren en un doble robo. “Cuando un señor chuza las redes para sacar agua y venderla, no solamente está robándose el agua de los samarios, la que se está potabilizando con toda la plata de todos lo que pagan la factura, sino que, además, la cobra”, explicó.
La situación podría ser peor y generando muchos más problemas de lo que comenta la Superintendente de Servicios Públicos. Este reporte no tiene en cuenta los datos que a corte de junio del 2020 exhibe el inventario de ‘usuarios’ (legales o ilegales) que cuentan con pozos de captación de aguas subterráneas en el perímetro urbano, llevado por el Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental (Dadsa), que da cuenta de la existencia de 166 pozos profundos, cifra que puede aumentar cuando se entreguen los resultados finales del proceso de caracterización
Natasha Avendaño dijo estar consciente de lo difícil que resulta a las empresas de servicios públicos como Essmar E.S.P. para erradicar la utilización de carrotanques; las conexiones ilegales que afectan la presión del líquido en las tuberías y las fugas que afectan el servicio, pero, no presentó planes en búsqueda de soluciones concretas ni acciones a tomar. En este punto echó mano del espejo retrovisor y sólo manifestó que son procesos sobre los cuales las autoridades ya tenían conocimiento y que se trabajará en “poner énfasis”.
“Todo esto debe ir acompañado de un proceso de mejorar el acceso y la continuidad del servicio, pero hay que romper ese ciclo”, añadió la Superservicios, advirtiendo que estos actos son catalogados como delito en el artículo 256 del Código Penal, sin ofrecer más detalles sobre el asunto, en lo concerniente a responsables u operativos para hallarlos.
¿Se puede o no dejar de usar carrotanques en Santa Marta?
Muy a pesar de que en varios medios de comunicación se ha demostrado con documentos que el uso de carrotanques es un negocio del que se lucran no pocas personas, lo cierto es que en Santa Marta, por cuenta de la deficiente prestación del servicio de agua potable, este sigue siendo uno o tal vez el único método para el suministro de agua que tienen algunas comunidades, en las cuales la llegada de una red para la provisión de este líquido es casi en una utopía.
Paradójico resulta entonces que desde la Superintendencia de Servicios Públicos se le declare la guerra, más aún, si se tiene en cuenta que a tres meses de la intervención, los problemas de desabastecimiento siguen vigentes y agravados en algunos sectores y no fue expuesto un plan puntual que a mediano y corto plazo garantice la presión, el flujo y el nivel de potabilización que exige la ley, es decir, que permita la normalización del servicio en su totalidad.
Yahaira Díaz Quesada, Agente Especial, explicó que no es este, el de los carrotanques, un mecanismo costo – eficiente, sino una o la única estrategia más bien, que, al parecer, no se puede suspender, debido a que se muestra como la más adecuada manera de garantizar el agua en los hogares.
Al ser cuestionada sobre el tema, Avendaño manifestó que, lo ideal “es que progresivamente (…) haya menos carrotanques en las calles” y usarlos únicamente en situaciones de contingencia, pero que “ninguna empresa de servicios públicos puede no contar con medios alternativos de distribución de agua potable cuando es requerido” y que, mientras se avanza en el “proceso de verificación y la optimización del sistema de solución” es la única manera de garantizar el servicio.
Lo anterior, genera desconcierto teniendo en cuenta que una de las razones que soportó la intervención de la Essmar fue la evidencia de “deficiencias en la cobertura, continuidad y calidad de los servicios de acueducto y alcantarillado para sus más de 117 mil suscriptores”, en palabras de la Superintendente, sin embargo, son inconvenientes que siguen teniendo impacto en la cotidianidad samaria.
Es claro hasta aquí, que muy a pesar de las buenas intenciones de la Superintendencia de Servicios Públicos y la Agente Interventora por rescatar la empresa y devolverla al distrito de Santa Marta en condiciones económicas y operativas óptimas, el camino que transita Essmar E.S.P. es el de la liquidación. ¿Será esa la recomendación que entregará Yahaira Díaz Quesada? Pues, a la luz del inciso 2 del artículo 60 de la Ley 142 de 1994, están dadas las condiciones para tal procedimiento ocurra: “2. Cuando la toma de posesión tenga como causa circunstancias imputables a los administradores o accionistas de la empresa, el Superintendente definirá un tiempo prudencial para que se superen los problemas que dieron origen a la medida. Si transcurrido ese lapso no se ha solucionado la situación, el Superintendente ordenará la liquidación de la empresa.”
Un “ambicioso plan de inversión”
La rueda de prensa también sirvió para despejar las dudas sobre un panorama apocalíptico que en muchos espacios se ha ventilado y fue una de las razones que motivaron el fallo de tutela a favor de Rafael Martínez en primera instancia: parálisis en las obras de infraestructura que se contrataron en la gerencia de Patricia Caicedo y sus antecesores.
Ambas funcionarias mencionaron las acciones en las cuales han venido trabajado para fortalecer la infraestructura del acueducto y el alcantarillado, entre las que se encuentran medidas para incrementar la capacidad de producción de las plantas de El Roble y Mamatoco, y las aguas subterránea proveniente de los pozos de Santa Marta y Gaira. Recurso hídrico con lo cual buscan mejorar la calidad, la continuidad y la presión del líquido, haciendo énfasis en que deben plantearse ‘soluciones definitivas’ que perduren durante los próximos 50 años.
Muy a pesar de lo que piense la Alcaldesa, el Gobernador y militantes de Fuerza Ciudadana, la Essmar intervenida por la Superservicios, contempla: “la optimización de los equipos de laboratorio, su calibración, la dotación en materia de medición y la vinculación de profesionales expertos en la materia.” Esta información fue entregada también de manera general, sin precisiones sobre la cantidad de tiempo necesaria para poner en marcha y tiempo de ejecución de este “ambicioso plan de inversión”.
Por otro lado, se diseñó una solución temporal para el problema de rebosamientos presentado en El Rodadero: se hará una inversión de 2.000 millones de pesos para la intervención de 3 tramos que mejorarán el desagüe en uno de los puntos turísticos más importantes de la ciudad.
Según la Agente Especial, Yahaira Díaz, la obra del colector de Tamacá, ha tenido un avance del 15% en los últimos 100 días, que suma al 53% reportado en noviembre de 2021. En esta obra, un trabajo en conjunto entre la Essmar y la Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag), se instalaron 40 metros de tuberías en tres meses de gestión de la superintendencia. Sobre esta obra, así como los demás elementos expuestos en la rueda de prensa, hay mucha inquietud, pues no se tiene clara la fecha de finalización ni la puesta en funcionamiento.
Finalmente, luego de lo expuesto por las funcionarias de la Superintendencia de Servicios Públicos, está claro que no hay una fecha probable para que la Essmar sea devuelta al Distrito de Santa Marta saneada en temas financieros y de operación, los motivos de la intervención que hoy sigue sin resolver el total de las dudas y los problemas de los habitantes, quienes deben prepararse o hacerse a la idea de que lo más probable es que deba ser liquidada.