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Política Parroquial

“Esa decisión no tiene validez jurídica”: Tras medida cautelar que ordena a la Registraduría inscribir a Jorge Agudelo Apreza como candidato

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En la noche de ayer se dio a conocer que el juez Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta, Carlos Alberto Villalva del Villar, admitió una medida cautelar en favor del partido político Fuerza Ciudadana, ordenando a Rene Alberto Fuentes Ortega, registrador especial, Registraduría Especial De Santa Marta – Magdalena a que, de manera inmediata, deberá autorizar la inscripción del candidato del Partido Fuerza Ciudadana, asegurando que se reconozca su representación en todos los procesos y materiales electorales, que garantice la participación de este partido político en la aspiración de un candidato a la Alcaldía de Santa Marta.

“Ordenar a la Registraduría Nacional del Estado Civil que acate en todas sus decisiones y procedimientos, la Convención Americana de Derechos Humanos y las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos políticos. En consecuencia, se ordena al señor Rene Alberto Fuentes Ortega, registrador especial, Registraduría Especial de Santa Marta – Magdalena o quien haga sus veces, que en el plazo perentorio de 12 horas y de manera provisional mientras se resuelve el trámite de la presente tutela, implemente medidas positivas para garantizar la participación y el derecho a la oportunidad del Partido Político Fuerza Ciudadana y su candidato en las elecciones del 29 de octubre de 2023 para el cargo de Alcalde Distrital de Santa Marta”. Reza en la medida cautelar que emitió el juez Carlos Alberto Villalva.

Sin embargo, el abogado penalista Miguel Martínez Olano asegura que este fallo no tiene ninguna validez. “Esa decisión que ordenó inscribir a Jorge Agudelo Apreza no tiene validez jurídica. Primero, porque el juez laboral del circuito de Santa Marta no tiene competencia para conocer las acciones de tutela en contra de la Registraduría Nacional, ya que el juez competente es el Tribunal Superior, por ser una entidad de orden nacional. Segundo, esa tutela debió vincular al CNE, que es una entidad de orden nacional, por lo tanto, un juez provincial de Santa Marta no tiene la capacidad jurídica, es decir, la jerarquía, para que tumbe una decisión de orden nacional; entonces esta decisión no tiene ningún valor jurídico”, aseguró el abogado.

Martínez Olano también señaló que no hay ninguna forma en la que el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional inscriban a un nuevo candidato, esto luego de que la plataforma para inscribir a candidatos ya se cerró el pasado 29 de septiembre. Ahora, el abogado también señala que existe una razón aún más contundente que prohíbe que la Registraduría inscriba a Jorge Agudelo como candidato a la alcaldía de Santa Marta por el Partido Fuerza Ciudadana.

“Existe una razón aún más contundente, y es que al día de hoy la señora Patricia Caicedo Omar todavía sigue siendo candidata, ya que no se han resuelto los recursos de reposición interpuestos contra la decisión de revocatoria. Por lo tanto, la Registraduría no va a poder inscribir a dos candidatos al mismo tiempo hasta tanto no se resuelvan los recursos ni la recusación que presentamos en contra de la magistrada”, señaló el abogado Miguel Martínez Olano, quien fue el que solicitó ante el Consejo Nacional Electoral revocar la inscripción de la candidatura de Patricia Caicedo, en el cual el CNE falló a su favor y revocó la candidatura de la candidata del Partido Fuerza Ciudadana el pasado 29 de septiembre.