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Tribunal se pronunció sobre el caso de nulidad electoral del alcalde Carlos Pinedo

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El Tribunal Administrativo del Magdalena emitió una providencia clave dentro del proceso en curso contra el acto de elección del alcalde de Santa Marta, Carlos Pinedo Cuello, promovido por Jorge Agudelo Apreza. En su pronunciamiento, el Tribunal señaló que, tras verificar que las pruebas documentales decretadas durante la audiencia inicial del pasado 3 de octubre de 2024 estas fueron debidamente evacuadas; sin embargo, no consideró necesaria la realización de una audiencia de alegatos y juzgamiento. Y en su lugar, dispuso que las partes, los intervinientes y el agente del Ministerio Público presenten sus alegatos de conclusión por escrito dentro de un plazo de diez días.

El despacho también se pronunció sobre una solicitud presentada el 6 de diciembre de 2024 por el abogado de Carlos Alberto Pinedo Cuello, quien buscaba incorporar como prueba el expediente completo del caso T-10.144.802. Según el solicitante, dicho expediente sería insuficiente para resolver el asunto en disputa. Sin embargo, el Tribunal decidió inhibirse de emitir un pronunciamiento sobre la eficacia probatoria del expediente, señalando que este análisis deberá realizarse al momento de dictar la sentencia definitiva.

En su resolución, el Tribunal indicó: “INHIBIRSE de pronunciarse respecto de la solicitud radicada a través de la ventanilla virtual del sistema de gestión judicial SAMAI, en fecha 6 de diciembre de 2024, por el mandatario judicial del extremo accionado, esto es, el señor CARLOS ALBERTO PINEDO CUELLO, por las razones expuestas en la parte motiva de la providencia.”

El auto, emitido por el magistrado Adonay Ferrari Padilla, también dispuso: “Correr traslado a las partes para la presentación de sus alegatos de conclusión por escrito dentro del término de diez días.” 

Tras conocer esta providencia, Opinión Caribe contactó al abogado Rodolfo Quant, representante de la parte demandante en favor de Jorge Agudelo, para obtener su análisis jurídico sobre el pronunciamiento del Tribunal y sus expectativas respecto al fallo definitivo.

“Nosotros hemos aportado absolutamente todas las pruebas que demuestran que la decisión de la Comisión Escrutadora fue indebida e ilegal, ya que esta no tenía la competencia para, mediante un auto, desaparecer 86.612 votos”, afirmó el abogado Quant.

Asimismo, destacó: “Creo firmemente en los argumentos jurídicos que hemos presentado, respaldados por las pruebas. Confiamos en que se emita un fallo favorable, porque es evidente y sin precedentes en el país que una Comisión Escrutadora Municipal desconozca el mandato popular de más de 85 mil personas.” 

Con este avance, el proceso entra en su etapa final, quedando pendiente la sentencia que emitirá el Tribunal en el próximo mes de enero, una vez concluya la vacancia judicial.

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