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Tribunal del Magdalena niega pérdida de investidura contra la diputada María Charris

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El alto tribunal concluyó que las acusaciones de falso testimonio no configuran causal expresa de pérdida de investidura. En la decisión procede el recurso de apelación por la parte demandante.

 

Por: Arnol Sarmiento

El Tribunal Administrativo del Magdalena negó la solicitud de pérdida de investidura presentada por Dalton Sarmiento en contra de la diputada María del Socorro Charris Pizarro, tras considerar que las conductas señaladas no encajan dentro de las causales taxativas establecidas por la ley.

La demanda acusaba a la diputada de haber incurrido en falsedades y contradicciones durante un testimonio rendido bajo juramento en un proceso de nulidad electoral contra el entonces gobernador Rafael Martínez. Según el demandante, tales actuaciones vulneraban los deberes de imparcialidad y veracidad propios del cargo.

Sin embargo, la Sala Plena del tribunal concluyó que la presunta falsedad en una declaración judicial, aunque podría ser investigada en instancias disciplinarias o penales, no constituye causal autónoma de pérdida de investidura para los diputados.

“El proceso de pérdida de investidura es de carácter sancionatorio y sus causales son de interpretación restrictiva. Extenderlas a supuestos no previstos implicaría desconocer el principio de legalidad”, señala la sentencia fechada el 22 de agosto de 2025 y firmada por la magistrada ponente María Victoria Quiñones Triana.

De esta forma, la diputada Charris, elegida por el Partido de la U para el periodo 2024-2027 en la Asamblea Departamental del Magdalena, conserva su investidura. Sin embargo, el fallo podrá ser apelado ante el Consejo de Estado.

 

 

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