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Tribunal ratifica la elección de Manuel Mazenet como contralor del Magdalena
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta revocó la tutela del juez Villalba, declaró improcedente la acción constitucional y dejó sin efectos todos los actos del proceso, ratificando a Manuel Mazenet como contralor del Magdalena sin discusión jurídica vigente.
En un fallo de segunda instancia, proferido el 14 de enero de 2026, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa Marta revocó la sentencia de tutela emitida por el juez Villalba y dejó sin efectos todos los actos judiciales que habían suspendido y alterado el proceso de elección del contralor del departamento del Magdalena. Con esta decisión, el Tribunal reafirma la legalidad del procedimiento y ratifica a Manuel Julián Mazenet Corrales como contralor departamental en pleno ejercicio, sin controversia jurídica vigente.
La decisión judicial revoca el fallo que había amparado los derechos de Maryoris Margarita Pedraza Álvarez, al concluir que la acción de tutela presentada no era procedente para controvertir los requisitos de experiencia de los aspirantes ni la legalidad de los actos administrativos expedidos dentro del proceso de selección.
En su argumentación, la Sala Laboral fue enfática en señalar que la acción constitucional no puede sustituir los mecanismos propios de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. El Tribunal precisó que los cuestionamientos relacionados con la conformación de la terna, la evaluación de hojas de vida y las decisiones adoptadas por la Asamblea Departamental del Magdalena y la Universidad de Medellín deben ventilarse por las vías judiciales ordinarias correspondientes.
Asimismo, el fallo advierte que el juez de primera instancia se extralimitó en sus funciones, al actuar como un “juez administrativo” y entrar a valorar de fondo certificaciones de experiencia de algunos candidatos, entre ellos Andrés Felipe Fergusson D’Acunti, actuación que no corresponde al juez constitucional.
“Declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela presentada por Maryoris Margarita Pedraza Álvarez, al existir otros medios de defensa judicial”, señala de manera expresa la parte resolutiva de la sentencia.
Con la revocatoria del fallo de tutela, el Tribunal dejó sin efecto todas las órdenes que habían modificado el cronograma y la dinámica del proceso de elección del contralor, restableciendo así su curso legal y la validez de las actuaciones surtidas.
Finalmente, la Sala negó la solicitud de compulsar copias con fines disciplinarios contra funcionarios involucrados en el proceso, indicando que la accionante, si lo considera pertinente, puede acudir directamente ante la Procuraduría General de la Nación para presentar las quejas correspondientes.
La decisión consolida jurídicamente la elección de Manuel Mazenet y cierra el debate constitucional alrededor del proceso, dejándolo como contralor del departamento del Magdalena sin discusión judicial abierta.

