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Fotomultas en el radar: Contraloría detecta presunto detrimento de $21.972 millones en IntraCiénaga

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La revisión describe cambios contractuales que alteraron el manejo de los recaudos, participación económica del concesionario por encima del límite legal vigente desde 2017 y debilidades en el control institucional del contrato. Las conclusiones fueron trasladadas para la evaluación de responsabilidades fiscales, disciplinarias y penales que podrían comprometer a funcionarios del Instituto de Tránsito de Ciénaga y a la empresa encargada de operar el sistema de fotodetección.

Por: José D. Pacheco Martínez

El sistema de cámaras instaladas para registrar infracciones de tránsito en el municipio de Ciénaga entró en el radar del control fiscal tras una actuación especial adelantada por la Contraloría del Magdalena sobre el contrato de concesión suscrito por el Instituto de Tránsito del municipio (IntraCiénaga).  La auditoría revisó el funcionamiento del negocio jurídico que permitió implementar el sistema de fotodetección, con un enfoque centrado en la arquitectura financiera del contrato, las modificaciones introducidas durante su ejecución y el manejo de los recursos derivados de las sanciones captadas por los dispositivos automáticos.

Tras un examen documental y financiero realizado en el marco de la actuación especial de fiscalización, el ente de control concluyó que la ejecución contractual presenta múltiples irregularidades administrativas y financieras. Según el informe, el equipo auditor pudo “establecer 13 hallazgos administrativos”, los cuales presentan incidencia disciplinaria, penal y fiscal “con un presunto detrimento patrimonial estimado en $21.972.724.823”. La cifra resume el impacto económico potencial identificado por el organismo de control durante el análisis de la ejecución del sistema.

La investigación incluyó la revisión detallada de la etapa de planeación contractual y de los actos modificatorios suscritos durante la ejecución del contrato. El análisis buscaba determinar si la estructura del negocio y las decisiones administrativas adoptadas durante su desarrollo alteraron el equilibrio económico previsto inicialmente o comprometieron la trazabilidad de los recursos generados por el sistema de control de infracciones.

Uno de los puntos que concentró la atención de los auditores corresponde al modelo financiero utilizado para administrar el recaudo proveniente de las multas registradas por las cámaras. El informe de fiscalización explica que “los recaudos provenientes de las infracciones captadas por el sistema de fotodetección ingresaban inicialmente a un patrimonio autónomo administrado por una fiduciaria, desde el cual se efectuaban los giros correspondientes al concesionario y al Instituto”, se lee en uno de los apartes.

Ese esquema, según la Contraloría del Magdalena, obligó a los auditores a reconstruir el flujo financiero completo del contrato. Los estados contables del instituto reflejaban únicamente los valores transferidos desde la fiducia, mientras que el volumen total de ingresos generados por el sistema debía verificarse mediante el análisis de los movimientos financieros del patrimonio autónomo. En la práctica, esto implicó revisar la trazabilidad de recursos que no siempre aparecían registrados en el circuito contable institucional.

Pagos al concesionario y límites de la ley

La auditoría también examinó el esquema de remuneración pactado con el concesionario encargado de operar los dispositivos de detección automática, encontrando que los pagos superaban ampliamente los límites establecidos por el marco normativo vigente.

Según el informe, “la remuneración pactada en el contrato reconoce al concesionario una participación del cincuenta por ciento (50 %) de los recaudos generados por el sistema de fotodetección. […] El porcentaje pactado supera el límite establecido por la Ley 1843 de 2017, que fija un máximo del diez por ciento (10 %) para la remuneración de operadores privados en este tipo de sistemas”.

El expediente fiscal también pone en cuestión la relación entre la inversión inicial realizada por el concesionario y los ingresos obtenidos durante la operación del sistema. De acuerdo con la información financiera analizada por la Contraloría, la rentabilidad del contrato superó ampliamente el valor de la inversión destinada a la instalación de la infraestructura tecnológica. “La inversión inicial reportada por el concesionario ascendió aproximadamente a $2.299 millones, mientras que los ingresos transferidos al contratista durante la ejecución contractual superaron los $20.908 millones”, advierte el informe.

Ese contraste llevó a los auditores a examinar la proporcionalidad económica del modelo de remuneración adoptado en el contrato y a evaluar si los pagos efectuados al concesionario correspondían realmente a las condiciones legales vigentes durante la operación del sistema. Desde la perspectiva del control fiscal, el desfase entre inversión e ingresos plantea dudas sobre la razonabilidad económica del esquema contractual.

Otro elemento que despertó preocupación en el informe tiene que ver con las modificaciones introducidas durante la ejecución del contrato. De acuerdo con la Contraloría, algunos otrosíes ampliaron el alcance de las actividades desarrolladas por el concesionario, otorgándole facultades que inicialmente no estaban previstas en el objeto contractual.

“A través de los otrosíes contractuales se otorgaron al concesionario facultades relacionadas con el cobro de obligaciones derivadas de infracciones de tránsito”, señala el documento, advirtiendo que este tipo de funciones corresponden normalmente al ejercicio de competencias propias de la autoridad de tránsito.

El informe también revisó el cumplimiento de obligaciones tributarias derivadas de la ejecución del contrato. Entre los hallazgos aparece la omisión en la liquidación y pago de la estampilla Pro-Hospital, tributo que debe aplicarse sobre determinados contratos celebrados por entidades públicas. En ese sentido, la auditoría señala “la omisión en la liquidación y pago de la estampilla Pro-Hospital sobre los valores derivados de la ejecución contractual, generando un detrimento estimado en $285.338.663”.

Junto con los hallazgos financieros y tributarios, la actuación especial de fiscalización identificó debilidades en los mecanismos de supervisión institucional aplicados durante la ejecución del contrato. Según el informe, varios procesos de pago carecían de soportes técnicos suficientes que permitieran verificar el cumplimiento efectivo de las obligaciones contractuales por parte del operador.  Asimismo, se evidenciaron vacíos en los controles administrativos que debían ejercer las instancias responsables de la supervisión del contrato. Tales debilidades, advierte la Contraloría, dificultan establecer con precisión si los pagos efectuados durante la ejecución contractual correspondían realmente a servicios prestados conforme a las condiciones pactadas.

Finalmente, es oportuno indicar que las conclusiones de la actuación especial de fiscalización fueron remitidas a las autoridades competentes para el análisis de las responsabilidades fiscales, disciplinarias y penales derivados de estos hallazgos. A partir de este punto, corresponderá a los organismos de control determinar si las decisiones administrativas adoptadas durante la ejecución del contrato generaron un daño efectivo al patrimonio público del municipio de Ciénaga.

Link:
https://drive.google.com/file/d/12xgnrob0je4yN_kt9sK6kG7O9EYCK2XI/view?usp=sharing