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Geopolítica Parroquial

Cuando la toga se sienta en el banquillo de los acusados

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Juan Bautista Baena Mesa, José Alberto Dietes Luna y Carlos Milton Fonseca Lidueña comparecen como acusados por el presunto delito de prevaricato por acción, una de las conductas más graves que puede atribuirse a un juez. Los ampara, como a cualquier ciudadano, la presunción de inocencia. Sin embargo, el solo hecho de que dos magistrados en ejercicio y tres reconocidos juristas de la región enfrenten este proceso obliga a una reflexión incómoda sobre la justicia, la ética judicial y la confianza pública.

Por: Víctor Rodríguez Fajardo & José D. Pacheco Martínez

La toga no es un uniforme. Es un símbolo. Representa la autoridad que el Estado deposita en una persona para decidir sobre la libertad, el patrimonio, los derechos y, muchas veces, el destino de los ciudadanos. Su fuerza no proviene del poder que confiere la ley, sino de la confianza que inspira quien la viste. Por eso, cuando una toga abandona el estrado para ocupar el banquillo de los acusados, lo que entra en discusión no es solamente la conducta de un funcionario; también se resquebraja uno de los pilares sobre los cuales descansa la legitimidad de la justicia.

Eso explica la dimensión del juicio que hoy se adelanta contra Juan Bautista Baena Mesa, José Alberto Dietes Luna y Carlos Milton Fonseca Lidueña. Los tres conservan intacta su presunción de inocencia y únicamente una sentencia podrá definir su responsabilidad penal. Pero el solo hecho de que comparezcan acusados por el presunto delito de prevaricato por acción convierte este proceso en uno de los episodios judiciales más delicados que haya conocido Santa Marta en las últimas décadas. No ocurre todos los días que quienes estaban llamados a juzgar sean llamados, a su vez, a responder por la manera en que ejercieron esa función.

La gravedad del caso tampoco radica exclusivamente en la investidura de los procesados. Durante años han sido referentes del derecho en el Magdalena. Han construido una trayectoria en la judicatura, han intervenido en la formación de centenares de abogados desde las aulas universitarias y han ocupado un lugar de autoridad intelectual dentro del foro samario. Dos de ellos continúan ejerciendo como magistrados del Tribunal Superior.

Esa doble condición —jueces y maestros— eleva el estándar ético que legítimamente la sociedad puede exigirles. Quien enseña el derecho también enseña, con su ejemplo, el valor de obedecerlo.

El delito que la Fiscalía les atribuye explica por qué este juicio produce tanta inquietud. El prevaricato por acción no sanciona una interpretación jurídica discutible ni una sentencia que luego sea revocada por un tribunal superior. La independencia judicial perdería todo sentido si cada desacuerdo hermenéutico pudiera convertirse en una acusación penal. Lo que castiga el ordenamiento colombiano es algo mucho más excepcional: proferir una decisión manifiestamente contraria a la ley. Es decir, apartarse del derecho de una manera tan evidente que no exista una explicación jurídica razonable para justificar esa decisión.

La teoría del caso presentada por la Fiscalía va precisamente en esa dirección: promete demostrar que la sentencia absolutoria proferida en 2010 desconoció las reglas de valoración de la prueba, omitió examinar elementos testimoniales, documentales y periciales determinantes y vulneró principios esenciales del proceso penal. Más delicada aún resulta la afirmación según la cual los magistrados habrían actuado a sabiendas de ese apartamiento y esa expresión contiene el verdadero núcleo del juicio.

No se debate únicamente si hubo un error judicial; se debate si existió una decisión conscientemente incompatible con el deber de administrar justicia conforme a la ley.

El origen mismo de la investigación incrementa su trascendencia, porque no fue una controversia política ni una campaña mediática la que condujo a este escenario, sino, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia la que, al casar la sentencia absolutoria y confirmar la condena impuesta en primera instancia, ordenó compulsar copias para investigar la actuación de los magistrados. Ese antecedente no anticipa culpabilidades, pero sí revela que el máximo tribunal encontró razones suficientes para considerar que la actuación merecía un examen desde lo penal y disciplinario.

Sería irresponsable establecer paralelos automáticos con el Cartel de la Toga. Los procesos son distintos, los hechos son distintos y las responsabilidades deberán determinarse de manera individual. Sin embargo, también sería ingenuo ignorar el efecto que aquel escándalo produjo sobre la conciencia colectiva: descubrir que algunos de los más altos dignatarios judiciales del país podían convertir la justicia en un espacio de negociación, la ciudadanía perdió una parte de la confianza que depositaba en las instituciones encargadas de aplicar la ley.

Desde entonces, cada proceso contra un juez o un magistrado deja de ser un expediente más y se convierte en una prueba sobre la capacidad de la Rama Judicial para depurarse sin contemplaciones.

Esa reflexión adquiere una intensidad particular en Santa Marta. Aquí los magistrados no son figuras lejanas: son profesores, conferencistas, autores, compañeros de academia y referentes de varias generaciones de abogados. Su prestigio trasciende los despachos judiciales, precisamente por eso, el impacto de este juicio no se limita a tres trayectorias personales. También alcanza a las facultades de Derecho, a los nuevos profesionales que encuentran en ellos un modelo de ejercicio jurídico y a una ciudadanía que espera que quienes interpretan la ley sean los primeros en ofrecer razones para confiar en ella.

El desenlace corresponde exclusivamente a los jueces. La sociedad no debe reemplazar con prejuicios el juicio que apenas comienza. Pero tampoco puede fingir que nada extraordinario está ocurriendo. La justicia se sostiene sobre códigos, expedientes y sentencias, sí; pero, sobre todo, sobre autoridad moral. Esa autoridad no se impone por decreto ni se protege con el silencio, se conquista todos los días mediante decisiones capaces de resistir el examen de la ley, de la ética y de la opinión pública.

Es por eso, que cuando una toga comparece ante otro juez, no solo se decide la suerte de estos tres hombres en concreto. También se pone a prueba la credibilidad de la justicia que Santa Marta necesita para creer, otra vez, que el derecho sigue siendo el último refugio de la confianza ciudadana.