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Poder & Gobierno

Juez ordena ocultar temporalmente publicaciones de Presidencia con imágenes explícitas de cadáveres

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El Juzgado 14 Laboral del Circuito de Bogotá concedió una medida provisional dentro de una acción de tutela y ordenó al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República —DAPRE— impedir temporalmente el acceso público a dos publicaciones realizadas en Instagram. La decisión busca proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes mientras se resuelve de fondo el proceso.

 

El Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá ordenó ocultar temporalmente dos publicaciones realizadas desde la cuenta oficial de la Presidencia de la República en Instagram, en las que aparecen imágenes explícitas de cadáveres relacionadas con recientes operaciones militares.

La determinación fue adoptada el 8 de septiembre de 2026 como medida provisional dentro de una acción de tutela presentada por Santiago Osorio Marín, quien manifestó actuar como agente oficioso de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en el territorio colombiano.

La solicitud está dirigida contra el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República —DAPRE—, la Presidencia de la República y el presidente Abelardo De La Espriella Otero.

De acuerdo con la providencia, las publicaciones cuestionadas fueron realizadas los días 2 y 4 de septiembre en la cuenta de Instagram @infopresidencia y hacen referencia a los resultados de las operaciones militares denominadas “Azarías”, desarrollada en Miraflores, Guaviare, y “Centinela de la Patria”, en La Guajira.

La orden es temporal

El juzgado aclaró que todavía debe determinarse, mediante el análisis de fondo de la tutela, si las publicaciones vulneraron efectivamente los derechos fundamentales invocados por el accionante.

Sin embargo, consideró necesario adoptar una medida transitoria teniendo en cuenta que el contenido permanecía disponible públicamente en una red social de amplia circulación y que las imágenes podrían ser consideradas violentas o explícitas.

El despacho sustentó su decisión en la protección del derecho a la integridad personal de los menores de edad y señaló que la exposición a determinado contenido podría ocasionar, entre otras afectaciones, daño o sufrimiento psicológico.

Por esta razón, el juzgado ordenó al DAPRE que, dentro del término de un día contado a partir de la notificación de la providencia, adelante las gestiones administrativas necesarias para ocultar las publicaciones mientras se adopta una decisión definitiva.

La providencia precisa que la medida no implica la eliminación definitiva del contenido.

Tutela fue admitida

Además de conceder la medida provisional, el Juzgado 14 Laboral del Circuito de Bogotá admitió la acción de tutela.

La Presidencia, el DAPRE y el presidente De La Espriella tendrán dos días a partir de la notificación para ejercer su derecho a la defensa y entregar los informes, argumentos y pruebas relacionadas con los hechos objeto del proceso.

El despacho también decidió vincular a Meta Platforms Inc., la Comisión de Regulación de Comunicaciones —CRC—, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones —MinTIC— y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar —ICBF—, para que se pronuncien sobre los hechos y las pretensiones de la tutela.

La decisión conocida hasta el momento es, por tanto, provisional y no constituye un fallo definitivo sobre si la Presidencia vulneró derechos fundamentales con las publicaciones. El juzgado deberá resolver ese punto posteriormente dentro del trámite constitucional