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Geopolítica Parroquial

LA CREDENCIAL SIGUE VIVA; EL RUIDO YA DIO POR MUERTA A MARGARITA

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Cuatro demandas contra la elección de la gobernadora del Magdalena avanzan hacia una sentencia de fondo. No existe fallo, suspensión ni orden de salida, pero el proceso entró en una etapa decisiva. Si la decisión resulta adversa, la firma del presidente Abelardo de la Espriella sobre el encargo podría reorganizar el poder territorial y despejar una pregunta que comienza a rondar la política parroquial: ¿con quién bailará Margarita en 2027?

 

Por Víctor Rodríguez Fajardo
El Man del Sombrero — experto en política parroquial del Magdalena

La credencial de María Margarita Guerra Zúñiga está demandada, pero continúa viva. No ha sido anulada, suspendida ni puesta debajo de la puerta del Palacio Tayrona para que pase el próximo ocupante.

Esa es la primera claridad necesaria frente al ruido mediático desatado alrededor de los procesos de nulidad electoral que cursan contra la gobernadora del Magdalena.

El asunto es serio. Cuatro demandas fueron acumuladas y el Consejo de Estado decidió que los cuestionamientos planteados merecen un pronunciamiento de fondo. Las excepciones presentadas para cerrar anticipadamente los procesos no prosperaron y la Sección Quinta considera que puede resolver mediante sentencia anticipada escrita.

Hasta ahí llegan los hechos.

Lo demás —“cuerda floja”, “cerco judicial”, “salida segura” y despedida anticipada del cargo— pertenece al terreno de las interpretaciones, las apuestas políticas y las ganas parroquiales de conocer el fallo antes que los magistrados.

Algunos no conocen la sentencia, pero parecen conocer el reparto.

SENTENCIA ANTICIPADA NO ES CONDENA ANTICIPADA

La expresión suena demoledora, pero significa algo diferente de lo que algunos titulares sugieren.

Una sentencia anticipada es una forma procesal de decidir cuando el despacho considera que no necesita desarrollar toda la secuencia de audiencias y que el expediente contiene los elementos documentales suficientes para resolver. No quiere decir que el Consejo de Estado haya adelantado el sentido de su decisión ni que la palabra “anticipada” equivalga a “adversa”.

Dicho en lenguaje de calle: los magistrados consideran que tienen con qué decidir sobre los papeles. Falta saber cómo decidirán.

Los procesos identificados con los radicados terminados en 00219, 00221, 00222 y 00225 cuestionan el acto que declaró la elección de Guerra como gobernadora para completar el período constitucional 2024–2027.

El primer cuestionamiento es la presunta doble militancia.

Margarita fue elegida diputada con el aval de Fuerza Ciudadana. Renunció a su curul el primero de octubre de 2025 y seis días después se inscribió como candidata a la Gobernación con el respaldo de la coalición Fuerza Ciudadana Magdalena, conformada por el Partido Ecologista Colombiano, Comunes y el movimiento Fuerza Ciudadana.

Los demandantes sostienen que no cumplió el plazo de doce meses exigido para quien, después de resultar elegido por una colectividad, pretende aspirar respaldado por otra.

El caso tiene una particularidad: Fuerza Ciudadana había perdido su personería jurídica. El Consejo de Estado deberá establecer si, pese a esa pérdida, subsistía un vínculo partidista capaz de configurar doble militancia y cuál fue el efecto de la renuncia de Guerra.

También se discute si podía abandonar la Asamblea y elegirse gobernadora para completar el mismo período constitucional para el cual había sido elegida diputada; cuál es el alcance de las incompatibilidades establecidas en la Ley 2200 de 2022, y si existieron irregularidades en el aval, las firmas, la conformación de la coalición o la utilización de los símbolos de Fuerza Ciudadana.

Ninguno de esos cargos es una invención. Todos deberán ser resueltos. Pero ninguno ha sido declarado probado.

También se ha repetido que Margarita, como diputada, participó en la aprobación del presupuesto que después comenzó a ejecutar como gobernadora. El dato tiene fuerza política y merece explicación pública, pero no puede convertirse automáticamente en causal de nulidad.

Para tumbar una elección no basta con que una conducta parezca extraña, inconveniente o inédita. Debe encajar en una prohibición constitucional o legal y comprometer jurídicamente el acto electoral.

En justicia electoral no se condena por suspicacia, aunque en la parroquia la suspicacia funcione como una rama independiente del poder público.

UNA NOTICIA CIERTA, INFLADA HASTA PARECER FALLO

La actuación judicial existe, pero fue estirada hasta adquirir apariencia de sentencia.

En pocos días, el avance del expediente hacia una decisión de fondo se convirtió en una cuenta regresiva para la salida de Margarita. Incluso se ha dicho que un supuesto problema de acreditación del poder de su abogado haría más segura su caída.

Una dificultad procesal de esa naturaleza debe ser aclarada, pero no demuestra que la gobernadora carezca definitivamente de defensa ni anticipa el resultado del proceso.

Margarita perdió una batalla procesal: las demandas no fueron cerradas antes del estudio de fondo. Eso no significa que haya perdido la guerra por su credencial.

Sin embargo, tampoco puede minimizar el riesgo. Los magistrados deberán resolver discusiones complejas, algunas relacionadas con la misma doble militancia que provocó la salida de Rafael Martínez y obligó a realizar las elecciones atípicas en las que ella resultó elegida.

Por ahora gobierna. Una sentencia decidirá si continúa haciéndolo.

SI MARGARITA GANA, SE CONSOLIDA UNA NUEVA JEFA POLÍTICA

Si el Consejo de Estado niega las pretensiones, Margarita terminará su mandato el 31 de diciembre de 2027.

No sería únicamente una victoria jurídica. Sería su verdadera acta de independencia política.

Después de romper con el caicedismo, reorganizar el gabinete, cambiar los colores predominantes de su gobierno, cuestionar parte de la herencia recibida y construir una relación directa con la Nación, una sentencia favorable le permitiría decir que sobrevivió al mismo tribunal que tumbó a Rafael Martínez y también a quienes comenzaron a despedirla antes de tiempo.

Dejaría de ser vista como una gobernadora provisional y se consolidaría como uno de los principales centros de poder para 2027.

Tendría presupuesto, hospitales, burocracia territorial, interlocución con los alcaldes y tiempo suficiente para organizar una fórmula propia a la Gobernación y participar en la definición de las alcaldías, especialmente la de Santa Marta.

Un fallo favorable no la devolvería al caicedismo. Por el contrario: podría terminar de liberarla.

Carlos Caicedo tendría que aceptar que la mujer elegida con los votos de su movimiento salió con vida del proceso judicial y ya no gobierna obedeciendo sus orientaciones. Margarita podría negociar desde el poder, no desde la dependencia, y escoger sus alianzas sin cargar la incertidumbre de una credencial amenazada.

SI EL FALLO ES ADVERSO, ¿QUIÉN SE QUEDA CON EL PALACIO?

La Sección Quinta podría anular la elección por una condición personal de Margarita: doble militancia, coincidencia prohibida de períodos o una incompatibilidad que permaneciera vigente después de su renuncia a la Asamblea.

También podría concluir que existieron defectos esenciales en el aval o en la conformación de la coalición que inscribió su candidatura.

La causal sería decisiva para establecer lo que ocurriría después.

Si la nulidad recae principalmente sobre Margarita, la coalición conservaría un argumento fuerte para reclamar el derecho a presentar los nombres de quienes podrían reemplazarla. Pero si la elección cae porque el aval o la propia coalición eran jurídicamente defectuosos, comenzaría una discusión mucho más profunda sobre quién tiene legitimidad para presentar la eventual terna.

La sentencia sería de única instancia. Podrían solicitarse aclaraciones o adiciones e intentarse excepcionalmente una tutela, pero esos mecanismos no constituyen una segunda instancia ni garantizan que Margarita permanezca en el cargo.

Una vez ejecutoriada una decisión adversa, tendría que salir.

Como al período 2024–2027 le quedan menos de dieciocho meses, no habría una tercera elección atípica para escoger gobernador. Correspondería al presidente Abelardo de la Espriella designar a quien termine el mandato, respetando el origen político de la candidatura y las reglas aplicables a la coalición que inscribió a la gobernadora.

Ahí comenzaría la verdadera guerra.

Fuerza Ciudadana perdió su personería jurídica, pero el Partido Ecologista Colombiano y Comunes continúan existiendo. Estas organizaciones podrían reclamar la facultad de conformar la terna. El caicedismo alegaría que la votación obtenida por Margarita provino principalmente de su estructura y que no puede desconocerse la identidad política con la cual se presentó ante los electores.

También podría ocurrir que los integrantes de la coalición no se pongan de acuerdo, presenten nombres diferentes o disputen quién conserva la representación de una alianza construida alrededor de un movimiento que ya había perdido su personería jurídica.

La desaparición de Fuerza Ciudadana como partido reconocido no entrega automáticamente la Gobernación al presidente ni le concede una chequera jurídica en blanco. Pero sí complica la identificación de quién conserva el derecho a presentar la terna y abre un corredor de consultas, objeciones, interpretaciones y demoras.

Mientras se resuelve esa controversia, el Gobierno nacional deberá garantizar la continuidad administrativa del departamento. En ese espacio aumentaría el margen presidencial para realizar un encargo provisional.

La historia colombiana demuestra que estos encargos nunca son políticamente inocentes. Los gobiernos revisan hojas de vida, objetan impedimentos, solicitan documentos y terminan influyendo tanto en el nombre como en el ritmo de la transición.

Pero existen límites. El presidente no podría desconocer sin consecuencias jurídicas el origen político de la candidatura y entregar el cargo a cualquiera de sus aliados. Designaciones de esa naturaleza ya han sido controvertidas y suspendidas por los tribunales.

Abelardo no necesita violar la regla para sacar provecho político de ella. Tendría que jugar con bisturí, no con machete.

NO NECESITA SER DEFENSOR PARA BENEFICIAR A LOS DEFENSORES

Abelardo no tendría que nombrar gobernador a un militante de Defensores de la Patria ni colocarle al escogido una camiseta partidista. Sería demasiado visible y jurídicamente innecesario.

Puede encargar a un independiente, un técnico, un antiguo funcionario, una figura cercana a Margarita o incluso a alguien procedente formalmente de otra organización. En la realpolitik, lo importante no es el carné que cargue en el bolsillo, sino a quién beneficia su manera de gobernar.

No hay que ser ingenuos.

Si un fallo adverso deja la firma del encargo sobre el escritorio presidencial, Abelardo recibirá una oportunidad política que no buscó, pero que difícilmente desperdiciaría.

Defensores de la Patria necesita construir candidaturas competitivas para la Gobernación del Magdalena y las alcaldías. Resulta improbable que el presidente escoja a una persona indiferente frente al tablero territorial o entregue mansamente el Palacio Tayrona a una figura disciplinada por Carlos Caicedo, su antagonista político e ideológico.

Quien sea designado no necesita participar ilegalmente en política para modificar el escenario. Puede hacerlo mediante la reorganización del gabinete, la relación con los alcaldes, la conducción de los hospitales, la priorización de inversiones, el ritmo de los convenios, la interlocución con los ministerios y la decisión sobre quién entra y quién deja de entrar al Palacio.

El poder territorial no siempre hace campaña con una bandera. Muchas veces la hace administrando puertas, tiempos, fotografías, contratos y silencios.

Lo razonable es prever que el escogido terminará favoreciendo políticamente, directa o indirectamente, a los sectores cercanos al presidente. No porque necesariamente reciba una orden electoral, sino porque todo gobernante trabaja con personas de confianza, construye interlocuciones y establece prioridades.

A pocos meses de comenzar la carrera territorial, ninguna decisión de semejante tamaño será políticamente neutra.

Abelardo no tendría que quedarse con la Gobernación para ganar la partida. Le bastaría con impedir que Caicedo la recupere y garantizar que sus candidatos lleguen a 2027 sin el Palacio Tayrona organizado en contra.

¿CON QUIÉN BAILARÁ MARGARITA?

Un fallo adverso tampoco encontraría necesariamente enfrentados a Margarita y Abelardo.

Desde el comienzo del nuevo Gobierno nacional, la gobernadora se ha esforzado en tender puentes con el presidente, acompañar proyectos estratégicos, construir interlocución directa con sus ministros y mostrar que su administración ya no depende de la orientación política de Carlos Caicedo.

La confrontación de fondo no está, hasta ahora, entre Margarita y Abelardo. Está entre Abelardo y Caicedo.

Si pierde la credencial, Margarita podría convertirse en interlocutora de la Casa de Nariño para ordenar su propia sucesión. Su verdadero poder se mediría en la capacidad para incidir en los nombres, preservar parte de su equipo, mantener unidos a los alcaldes y garantizar que el reemplazo no signifique el regreso del caicedismo al Palacio.

Si no consigue influir, su proclamada independencia podría quedar reducida a una rebelión sostenida por el cargo. Pero si participa en el acuerdo y conserva una porción de su estructura, demostraría que dejó de ser únicamente una gobernadora elegida con votos caicedistas para convertirse en una dirigente con capital político propio.

Incluso una figura cercana a Margarita podría resultar funcional para Abelardo. Un sucesor dispuesto a conservar la gobernabilidad, mantener la distancia frente a Caicedo y coordinarse con la Presidencia podría convertirse en el punto de encuentro entre el margarismo y los intereses territoriales de Defensores de la Patria.

No tendría que existir una alianza pública. Bastaría una convivencia útil.

Margarita llegó al Palacio con los votos de Caicedo. Comenzó a gobernar separándose de Caicedo. Y podría terminar construyendo su futuro político cerca del presidente que derrotó nacionalmente al proyecto ideológico del caicedismo.

La respuesta sobre con quién bailará Margarita no necesariamente aparecerá en un discurso, una adhesión o una fotografía. Puede quedar escrita en el decreto que designe a su eventual reemplazo.

En la política parroquial del Magdalena los cambios de pareja nunca se anuncian cuando comienza la música. Se descubren cuando llega la hora de bailar.