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Parapolítica 2.0 en el Magdalena: Trino Luna contará ante la JEP hechos que no se ventilaron en procesos judiciales pasados

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Antes de ser admitido en la Jurisdicción Especial para la Paz, el exgobernador tuvo que modificar algunos términos de su solicitud y rendir una versión libre que duró tres días, en ella habló de la cooptación de las autodefensas del presupuesto del departamento del Magdalena, los vínculos de empresarios y políticos con el grupo paramilitar y las contraprestaciones que entregaban a cambio de esos respaldos. Prometió reparar a las víctimas con la construcción de un centro de formación en El Banco y dar detalles de los acuerdos entre el actual Gobernador, Carlos Caicedo Omar con las AUC para permitir su elección como rector de la Universidad del Magdalena y la comisión de crímenes en contra de estudiantes de esta alma mater. El Tribunal de la Paz considera que estas declaraciones y las pruebas que se decreten y exhiban podrían aportar elementos claves para entender los verdaderos alcances del fenómeno paramilitar en esta zona del país.

Por: OPINIÓN CARIBE

En días pasados la sociedad magdalenense se enteró de la aceptación del exgobernador del Magdalena (2004 – 2007) Trino Luna Correa en los tribunales de la Jurisdicción Especial para la Paz. El proceso, que hasta ahora se conoce, es decir, el sometimiento voluntario a la JEP en calidad de tercero civil y agente de Estado no integrante de la fuerza pública, fue radicado por los abogados del buffete Sampredro & Torres firma de abogados el 30 de agosto de 2019 ante la Corte Suprema de Justicia y el día 5 de septiembre de 2019ante la JEP.

Como se puede leer en el documento de 103 páginas, el 13 de noviembre de 2019, unos 15 días después de la solicitud, ésta fue asumida de lleno por el despacho sustanciador, el cual, antes de pronunciarse de fondo, comisionó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP para que ejecutara todas las acciones necesarias tendientes a ubicar y contactar a las víctimas acreditadas en los casos en los que se menciona a la persona de Trino Luna y un informe de las investigaciones o procesos penales que se le siguen a exgobernador.

La Unidad de Investigación y Acusación es el órgano de la JEP encargado de las investigaciones y del ejercicio de la acción penal cuando los presuntos autores de graves violaciones a los derechos humanos no reconocen responsabilidad, además, cumple funciones de policía judicial y colabora permanentemente en la documentación y judicialización que llevan a cabo las diferentes Salas y Secciones del Tribunal para la Paz. 

Para agilizar el proceso, William F. Torres Tópaga, quien para ese momento representaba los intereses de Luna Correa, remitió el 13 de enero de 2020 un oficio denominado “Aclaración de radicados procesos ordinarios en curso”, en donde hace una relación de 5 procesos penales en los que su representado hace parte: el primero, tiene que ver con el Homicidio de Fernando Pisciotti, seguido por: Fiscalía 76 de Derechos Humanos y DIH; otros dos relacionados con los delitos de Enriquecimiento ilícito y Contrato sin cumplimiento de requisitos legales donde figuran como víctimas los hospitales del departamento y Aguas del Magdalena, ambos en manos de la Fiscalía 11 Delegada ante la Corte Suprema Justicia, y, dos más que se encuentran en la Sala de Primera Instancia  de la Corte Suprema de Justicia, donde se investiga el delito de Contrato sin cumplimiento de requisitos legales por las obras del Puente de Tucurinca y el Parque Tayku.

Casi en la misma fecha, el agente del Ministerio Públicodelegado para este asunto, dejó claro que al final del proceso, luego de que se acreditaran los requisitos para la aceptación del exgobernador en el tribunal, teniendo en cuenta que ostentó el cargo de elección popular más importante del Magdalena “las disculpas que presente el señor Luna Correa deben ser públicas, y que su reconocimiento de responsabilidad debe versar sobre hechos específicos, como aspecto central de la satisfacción de los derechos de las víctimas a la reparación inmaterial y a tener una verdadera garantía de no repetición”, se lee en uno de los apartes del documento.

Es importante señalar en este punto, que para efectos de aceptar las solicitudes de sometimiento voluntario presentadas por Terceros Civiles o Agentes del Estado que no integran la Fuerza Pública, es necesario que se cumplan los requisitos establecidos en las leyes: Ley 1957 de 2019, Ley 1820 de 2016 y Ley 1922 de 2018, a saber: (i) Que no haya caducado la oportunidad de presentar la manifestación voluntaria. (ii) Que la manifestación voluntaria de someterse a la JEP haya sido presentada por escrito y ante los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria. (iii) Que se haya suscrito el acta de sometimiento ante la JEP. (iv) Que la JEP sea competente para conocer de los hechos por los cuales se presenta la manifestación voluntaria de sometimiento. (v) Que el solicitante presente un compromiso claro, concreto y programado conforme a los principios del SIVJRNR, en desarrollo del régimen de condicionalidad que lo cobija, conforme a este momento inicial.

El análisis de estos requisitos se hace en extenso en el documento. Los hechos, argumentos y testimonios expuestos en sentencias condenatorias contra paramilitares y otros políticos permitieron determinar que en el caso de Trino Luna Correa se utilizó el mismo modus operandi. Entre los días los días 30 y 31 de agosto y 1º de septiembre de 2021 Trino Luna Correa estuvo presente en una diligencia de aporte temprano a la verdad, donde relató hechos que no se conocieron en procesos pasados, pues, como se sabe, la condena que se profirió en su contra se dio de manera anticipada. Las declaraciones estaban orientadas a confirmar y describir los mecanismos utilizados por elparamilitarismo para consolidar su poder: la repartición de circunscripciones electorales, fraude electoral mediante suplantación a los sufragantes a través de los jurados electorales, la selección de candidatos a diferentes corporaciones públicas; y el control de los recursos públicos.

En el análisis de ese contexto sombrío, “se estableció que para el año 2000 el Bloque Norte de las AUC había consolidado su poder militar y económico en el departamento del Magdalena, por lo que buscó afianzar un proyecto político, para lo cual se alió con líderes y empresarios de la región, con quienes acordaron la distribución electoral. En consecuencia, varios agentes de Estado no integrante de la fuerza pública antes de acceder a los cargos públicos realizaron pactos y alianzas con ese grupo armado ilegal, que incidió en los certámenes democráticos nacionales, locales y regionales. Entre estos pactos se encuentran los de (i) Chibolo, (ii) Pivijay, y (iii) El Difícil, conocido también como la “Lista del Planchón””, explica el magistrado sustanciador.

También, se verificó el cumplimiento de los requisitos de ley exigibles en esa etapa procesal, haciendo viable el su sometimiento voluntario a la JEP, en relación con las conductas por las cuales fue acusado y se encuentra en etapa de juicio en la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, igualmente, aceptará su sometimiento con hechos por las cuales ha sido procesado por la Fiscalía, salvo los presuntamente constitutivos del delito de enriquecimiento ilícito. Estas decisiones se dan porque también se comprobó que Trino Luna entrego datos novedosos en sus versiones de aportes tempranos a la verdad rendidas ante la JEP los días 30 y 31 de agosto y 1º de septiembre de 2021.

¿Qué dijo Trino Luna y a quiénes salpicó?

La primera parte del relato de Trino Luna tiene que ver con las reuniones que facilitaron su candidatura a la Gobernación del Magdalena. De la narración que hace el implicado de este asunto, puede deducirse lo difícil que era acceder a la aprobación y respaldo de los paramilitares para llegar a un cargo de elección popular, pues, junto con su hermano Juan Carlos, conocido en la organización criminal con el alias de ‘El Cóndor’, tuvo que reunirse con siete personas distintas antes de sentarse frente a frente con Vicente Castaño primero y luego con ‘Jorge 40’.

De acuerdo con el documento, Trino Luna comentó que asistió a una primera “reunión celebrada en la finca “La Guajira”, ubicada en El Guamo, Cesar, con varios comandantes de dicha organización, entre ellos, alias “El Cabezón” […] y alias “Rubén” […] para obtener su autorización para “hacer política y desplazamientos […] como candidato a la gobernación del Magdalena”, luego, un mes después, “se reunieron con el comandante conocido con el alias de “Omega” en la finca “San Isidro”, ubicada en el municipio de Tamalameque, Cesar, para refrendar la autorización para desplazarse por el sur del Magdalena”. En esa reunión, se les informa a los dos hermanos “que el único comandante que podía dar el visto bueno para un permiso o un aval era el comandante Jorge 40.”

Días después, se reunieron con alias “Chepe Barrera” ysu hijo, quienes autorizaron el desplazamiento del candidato y su comitiva proselitista por los terrenos de su control político y militar. Luego se entrevistaron conalias “Tuto Castro”, alias “Sonia”, Saúl Severini y alias “Carlos Tijeras”, este último ratificó la versión según la cual, “Jorge 40 era la única persona que podía permitir[les] inclusive un desplazamiento”.  En febrero de 2003, después de muchas reuniones, finalmente se sentaron con alias “Jorge 40” y alias “Vicente Castaño”en una finca llamada Vista Niebles, en el corregimiento de Minca, en la Sierra Nevada de Santa Marta.

Trino Luna Correa advierte en su entrevista que la reunión fue posible gracias a la intermediación “del empresario del Café (sic) Ángelo Siansi (sic) y el empresario Palmero (sic) Antonio Zúñiga quienes inicialmente me acompañaron […] como al medio día empezaron a llegar los escoltas y en un carro principal llego (sic) Vicente Castaño. Con él tuvimos una reunión como de 2 o 3 horas”, en ese tiempo, el jefe paramilitar estaba pendiente de sacar adelante las leyes que le servirían de colofón al Proceso de justicia y Paz. Comenta en este punto, que es el Señor (sic) Vicente Castaño es quien le presenta a alias “Jorge 40”.

Rodrigo Tovar alias «Jorge 40» exjefe paramilitar

Trino Luna relata de esta manera su primer encuentro con el temido jefe paramilitar: “Luego del almuerzo hablé (sic) solo con él entre 3 y 4 horas de la situación de todo el Departamento (sic). Finaliza la reunión y dice que va a proponer mi nombre a Provincia Unida y empiezan a desarrollarse las reuniones con los senadores, representantes, diputados, líderes de sectores productivos y eso desencadena en la Cumbre (sic) del Difícil donde soy escogido como candidato único entre el mes de marzo y abril del año 2003.” Contó también, antes de finalizar con el relato de su aceptación como candidato único a la Gobernación del Magdalena que asistió “a una nueva reunión que sostuvo en compañía de su hermano con alias “Omega” y alias “Tolemaida” en la finca “La Oficina”, ubicada en el municipio de Mandiguilla, Cesar, propiedad del señor de Jaime Blanco Maya, contratista de la empresa Drummond.

Estas declaraciones fueron tenidas en cuenta porque a ojos del Tribunal de Paz, todas las reuniones donde Trino Luna habría asegurado el apoyo de los diferentes comandantes de las AUC en su campaña a la Gobernación del Magdalena, son relevantes porque evidenciarían la forma como las AUC aseguraron la elección de un candidato afín como primer mandatario del departamento del Magdalena y porque no fueron analizadas en juicios pasados.

La JEP también aceptó –a pesar de que tales situaciones fueron debatidas ampliamente en otros procesos- la descripción del fraude electoral gestado por las Autodefensas en favor de sus candidatos y ejecutado por Enrique Osorio y José Gelver Albarracinconocido con el alias de “El Canoso”. Explica el exgobernador Luna Correa: “…Lo que se hizo fue un programa de computador que cargaba el censo electoral. Ese programa cargaba los censos y mostraba mesa a mesa cada puesto de votación de los municipios que se quisieran manipular. Esos listados se los entregaron a los candidatos y ellos se los repartieron a los jurados de votación que ellos habían designado y que las autodefensas habían exigido que fueran nombrados. Al final de la jornada electoral, lo que se hacía era que la gente que no iba a votar se suplantaba. [Para lograr eso] Se acordaba que los jurados de las mesas de votación fueran personas amigas. Los tarjetones de las personas que no votan, se llenan por parte de los jurados y hacen pasar como si la persona votó.

La Corte Suprema de Justicia constató que este mismo esquema de fraude electoral fue utilizado para favorecer o mejor, lograr la elección de personajes de la talla de Luis Eduardo Vives Lacouture, Dieb Nicolás Maloof Cuse, Álvaro Araújo Castro, Mauricio Pimiento Barrera, Jorge Luis Caballero y Alfonso Antonio Campo Escobar, todos condenados por parapolítica. Así las cosas, los aportes que en este sentido haga Trino Luna Correa, según la JEP “permiten esclarecer en mayor medida este patrón de macrocriminalidad, al señalar que el esquema de fraude electoral implantado en favor de los candidatos designados por las AUC en el año 2002 fue igualmente utilizado para favorecer los intereses de dicha organización durante las elecciones regionales del año 2003 así como los propios del solicitante, en tal modo que su elección no fue consecuencia únicamente de la coerción ejercida directamente a la población por parte de las AUC, sino también producto de la implementación del esquema de fraude electoral.”

Pese a que en principio la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante auto de 24 de septiembre de 2019 dijo que no había elementos dentro del proceso que demostraran que las irregulares que se ejecutaron dentro del contrato de obra del Puente sobre el río Tucurinca tuvieran relación con el conflicto armado, dejó la puerta abierta a que “con la aducción de nuevos elementos de juicio se llegue a conclusiones diversas”. En este punto, advierte el documento, que entrando al caso concreto, tanto la justicia ordinaria como la jurisdicción de Justicia y Paz han esclarecido cómo los apoyos brindados por las AUC a candidatos a cargos de elección popular fueron correlativos, comúnmente, a un compromiso por parte de dichos candidatos de brindar apoyo y financiación a esa organización armada una vez elegidos. Esto se realizaba, entre otros mecanismos, a través de la desviación de recursos públicos destinados a la contratación estatal”.

Más adelante, se llega al fondo de este asunto. El exgobernador relata cómo se consiguieron los recursospara la obra en comento y cuáles fueron las razones de tal gestión: “Luis Ortiz llega y dice – tengo un convenio ¿Usted quiere firmar el convenio? – yo sí firmo el convenio y – ¿Qué es firmar el convenio? – traer unos recursos del orden Nacional (sic), llevarlo al orden departamental para que el orden departamental abra una licitación para que se construya un puente, entonces nosotros le preguntamos a Luis Vives – ¿Quién quieres que se gane el contrato? – no, el contrato se lo debe ganar una unión temporal que se llama Estructuras Especiales y el contratista un señor Germán Villanueva, y por qué escogen ese punto, porque Carlos Tijeras necesita ese puente, porque cuando el río esta crecido no tiene cómo pasar los carros, no tiene cómo pasar la gente de él cuando está en la zona y ellos están armando una carretera interna dentro de la zona como un tema de seguridad, como un tema de guerra”.

Frente a los Magistrados que escucharon su relato durante tres días, Trino Luna reconoció que habría apoyado a los grupos de autodefensas con la convicción de que la única vía para derrotar a las guerrillas era el paramilitarismo. Reseña así la JEP esta parte de su declaración: “Las actividades realizadas de colaboración con las AUC del Bloque Norte liderada (sic) por Rodrigo Tovar Pupo (a. “JORGE 40”) y de Resistencia Tayrona, comandado por Hernan Giraldo Serna, surgen como consecuencia de mi filiación política, de la persecución por parte de las guerrillas del ELN y FARC en contra de mi familia […] que fueron determinantes para colaborar con los grupos de AUC del departamento del Magdalena”.

En el mismo sentido, aseguró que todas las irregularidades cometidas en el ámbito de la contratación pública en las que se dice es protagonista principal como Gobernador, hicieron parte del “andamiaje político para cumplir con las directrices y obligaciones adquiridas con las AUC del departamento, lo que de contera implicó el desconocimiento de algunos principios de la misma contratación”, esto quiere decir que la ejecución presupuestal del Magdalena, en palabras del mismos Trino Luna: “estaba supeditada a las órdenes de las autodefensas del departamento. La actividad de mi administración estuvo destinada a realizar las peticiones de las AUC, esto incluía la realización de procesos de contratación que se ajustaran a sus pedidos (pliegos sastre) […] sin duda afectando los principios y normas [de la contratación estatal]”.

Para hacer más creíble su versión, Luna Correa detalló que para asegurarse el cumplimiento de los compromisos pactados, las AUC designaron a alias “El Cóndor” y alias “Mane”, como las personas encargadas de coordinar con la Gobernación del Magdalena los procesos contractuales que resultaban de su interés, además, que estas personas tenían a sus disposición un comité de contratación integrado por el secretario jurídico del departamento, el secretario de infraestructura, el secretario financiero y, dependiendo del objeto específico del contrato, el secretario de salud o el de educación.

Así describe Trino Luna el desarrollo de los procesos contractuales en la Gobernación del Magdalena cooptada por las autodefensas: “El “mane” (sic) Gutiérrez y Juan Carlos Luna Correa, eran miembros de AUC designados por Jorge 40 para […] revisar quienes (sic) desarrollarían los contratos con el departamento (sic) del Magdalena en salud, educación y contratos de obra (TAIKU, TUCURINCA, en salud como el Plan de Atención Básica -PAB los convenios entre las secretarias (sic) con los hospitales, contratos en secretaria (sic) de educación (sic). Escogían ellos a los contratistas que desarrollarían las obras y a través de una abogada de nombre Diana Arregoces (sic), que fue nombrada en la oficina jurídica para que les colabora (sic) a Juan Carlos y a Mane Gutiérrez en el tema de contratación, organizaban las adjudicaciones [] Una vez seleccionado el contratista, [Diana Arregocés] con el equipo técnico realizaban todo el proceso de estructuración, evaluación y adjudicación. Una vez adjudicado[s] y desembolsado[s] los anticipos Juan Carlos Luna y Manuel Gutiérrez, se reunían con el contratista y ellos le entregaban en efectivo el % (sic) acordado.

Otro de los puntos que tocó para reforzar su tesis de la cooptación del presupuesto de la Gobernación del Magdalena por las AUC, fue la contratación de las obras para la construcción del Parque Tayku, en la ciudad de Santa Marta, proyecto que además de haberse adjudicado mediante una licitación pública con pliegos tipo sastre para que se lo ganara una persona que estaba vinculada con el frente Resistencia Tayrona,también hizo parte de los acuerdos de Trino Luna con las AUC.

Como es de conocimiento público, el proyecto Parque Taykú quedó abandonado y hoy presta servicio de cementerio para camiones cisterna y maquinaria amarilla de la Gobernación del Magdalena. “En esta obra se hace un convenio interadministrativo entre el Distrito (sic) de Santa Marta en cabeza de José Francisco Zúñiga Riascos (alcalde condenado por parapolítica), el Departamento (sic) del Magdalena bajo mi dirección y la Nación, suscribiendo un convenio a través de Fonade, entidad del gobierno (sic) nacional que proveía de cupos a senadores y representantes (parapolíticos). La licitación la realizaba el Departamento (sic) y adjudicaba al contratista previo visto bueno del Frente Resistencia Tayrona, a quien se les daba el 10% [del valor total de la obra]. Para este contrato fue seleccionado el Arquitecto (sic) William Riscala (sic) a quien, a través de su empresa, se le fue adjudicada la construcción de la Obra”, detalla el exgobernador.

William Rizcala Muvdi, contratista del siniestrado proyecto Parque Tayku

Explicó que similar al asunto del puente en Tucurinca, la obra fue solicitada por las autodefensas con la intención de establecer una base de control estratégico y quedarse con la operación del parque. “Esa obra la solicitaron unos sobrinos del señor Hernán Giraldo […] porque ese era un terreno en la mitad de Santa Marta que siempre había estado abandonado, era un terreno donde entraba la gente a fumar marihuana, entonces se mostró como una recuperación del centro de Santa Marta porque se estaba organizando la recuperación del centro histórico […] ¿Por qué querían ellos que les entregaran el parque Tayku? Porque la base de ellos es Santa Marta y esa es una base también de controlar la ciudad, primer punto; segundo punto, el señor contratista le entrega unos recursos a las AUC, Resistencia Tayrona – ¿Para qué? – para que ellos puedan operar en la zona que ellos están […] ese proyecto estaba montado para que tuviera inclusive operadores y los operadores iban a ser ellos mismos”, dijo a este respecto Trino Luna.

Igual que las declaraciones relacionadas con la obtención del aval y apoyo electoral de grupos armados ilegales, la JEP verifica en los casos en comento se cumplen los requisitos de competencia personal, temporal y material, pues, es claro que dichas acciones irregulares ocurrieron por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado.

Siguiendo con sus declaraciones, Trino Luna Correa entra a evidenciar la forma cómo se apoderaron también del sector salud. El documento liberado en días pasados es enfático en que “la justicia ordinaria ha encontrado ya en otros procesos que, para la época de los hechos, las entidades estatales pertenecientes a los sectores de la salud y la educación en el departamento del Magdalena tuvieron gran penetración de parte de las AUC, revistiendo una importancia considerable para dicha organización desde un punto de vista tanto económico como político

Aquí, el exgobernador citó a 19 directores de hospitales nombrados por él en el Departamento del Magdalena por recomendación directa de jefes de las AUC o de políticos afines a dicha organización, reflejando claramente cómo se concertó el control burocrático por parte de las AUC.  “Una vez electo Gobernador (sic), sin posesionarme realizamos 2 reuniones, esto fue durante los meses de noviembre y diciembre [de 2003]. La primera reunión se llevó a cabo en Santa fe (sic) de Realito (sic) en una finca de Salvatore Mancuso, en el departamento de Córdoba… [La] Segunda reunión fue[en] la casa de Eleonora Pineda (sic), en el corregimiento el (sic) Caramelo, en el departamento de Córdoba. Participaron el senador Luis Vives Lacouture(sic), Salomón Saade, los representantes Jorge Caballero, José Gamarra y Alfonso Campo Escobar. El objetivo de esta reunión era definir las personas que los representarían en las Secretarías de Salud y de Educación y los directores de los hospitales de los municipios comprometidos”, dijo Trino Luna Correa.

Este testimonio gana fuerza para la JEP por cuenta de las capturas proferidas en contra de Yusif Atala Elías, Édgar Enrique Fuentes Torres y Diógenes Romero Rodríguez por el presunto desvío de dineros públicos correspondientes al sector salud en el departamento del Magdalena en favor de las AUC. La JEP explica que así mismo, la Secretaría de Salud del departamento habría sido entregada a Roberto Campo Severini, primo de Saúl Alfonso Severini Caballero, comandante de las AUC. Así, la contratación de esta dependencia habría sido concertada en coordinación con los miembros de las AUC, Juan Carlos Luna Correa, alias “El Cóndor” y Manuel Gregorio Gutiérrez, alias “Mane”.

Queda también en evidencia la empresa fachada que utilizaban para dar apariencia de legalidad al saqueo: “desde la Gobernación se habrían celebrado convenios con estos hospitales para efectos de trasladarles recursos, respondiendo ello, en algunas ocasiones, a solicitudes realizadas directamente por la señora NeylaAlfredina Soto, alias “Sonia” o “La Sombrerona”, representante legal de la Fundación Mujeres de la Provincia”.

Trino Luna dijo que además de la canalización de recursos hacia la organización, los hospitales cumplían una doble función como elemento de guerra: bridaban atención médica gratuita a las unidades heridas en combate y servían de refugio mientras se recuperaba, dado que se violaban todos los protocolos de seguridad y demás para los casos de heridos a bala. “[U]na persona combatiente entra a un hospital y apenas entra un herido de bala, ahí mismo dice el formato que tiene que avisarle a la Policía y la Policía llegue al CTI, llegue a la SIJIN […] para revisar por qué está herido de bala, para revisar quién es, para revisar si tiene antecedentes… Cuando yo tengo el sistema […] el parámetro que hay es que no lo informo pero sí lo atiendo, entonces mire la importancia del hospital cuando dicen, las AUC tenían cooptados unos hospitales […] esa era una direccionalidad, una directriz […] no es una política local, no es que se pusieron de acuerdo dos personajes para robarse 10 pesos […] es una política macro direccionada, que tiene unos objetivos claros y que tiene un fin que se busca y que ese es un tema de guerra directamente, es un medio de guerra”, explicó.

Habiendo evacuado la incidencia de las autodefensas en la Contratación del departamento, hizo alusión a las relaciones que habrían existido entre la empresa Empresar LTDA., encargada de la distribución de Aguardiente Antioqueño en el Magdalena y las AUC.

Trino Luna dijo que “La empresa distribuidora de aguardiente antioqueño pagaba un porcentaje por cada caja que distribuía en el departamento. Los dueños tenían vínculos con Jorge 40. Su representante legal militaba y se reunía con los comandantes para entregar no solo los recursos, sino mirar los temas de campañas […]Esta empresa era de la familia Araujo, del exministro y exsenador del departamento del Cesar Álvaro Araujo Noguera […] La empresa tenía como representante legal en el departamento del Magdalena en el periodo en que yo me posesiono al señor Alejandro Pérez Prada, para los primeros 6 meses del 2004 la empresa venía colgada en los temas de impuestos con el departamento”.

Refiere también, que al dejar sin efectos el convenio que permitía la entrada de Aguardiente Antioqueño y Ron Medellín al departamento del Magdalena, el ambiente hasta el momento tranquilo, se ensombreció: “Cuando nosotros cerramos el convenio, se generó un ambiente difícil […] porque Jorge 40 me cita a una reunión y me dice que qué pasaba en el tema de aguardiente antioqueño, le explico que el departamento de Antioquia no estaba dejando entrar el ron caña porque estaba defendiendo su ron, el Ron Medellín Añejo y que nosotros nos veíamos también afectados en el tema de las finanzas.”

El relato de Trino Luna no se detiene en eso, sino que detalla como por orden de alias “Jorge 40” se desplaza primero a Valledupar y luego a Medellín para solucionar el problema: desbloquear esa entrada de dinero ilegal a las arcas de las AUC.Jorge 40 me dice que el dueño de la empresa es Álvaro Araujo Noguera, que me reúna con él para que se resuelva el tema del Aguardiente Antioqueño, yo me desplacé a la ciudad de Valledupar, me reuní con el doctor Álvaro Araujo Noguera (sic) […] el exsenador y exministro me dice – es que nosotros tenemos unos acuerdos y nosotros le pagamos un porcentaje a las AUC – le dije – vamos a revisar el tema la próxima semana, vamos a ir a Medellín y yo me comprometo a ir a hablar con el gobernador de Antioquia que era el doctor Aníbal Correa Gaviria (sic) […] él me dio la cita en Medellín, fui a Antioquia […] se habló de que se hiciera un convenio marco en donde ellos iban a ir dejando entrar gradualmente el tema de ron en Antioquia y se abría para el tema del departamento del Magdalena la distribución de aguardiente antioqueño”, comentó Luna Correa.

Luego de estas declaraciones, que componen el grueso de la colaboración de Trino Luna correa con el esclarecimiento de la verdad en el marco del conflicto armado, el tribunal concluye de momento, “que los aportes ofrecidos por el señor Luna Correa ante la JEP podrían tener el potencial para ayudar a esclarecer patrones de macrocriminalidad de interés para esta Jurisdicción más allá de lo ya establecido por la jurisdicción ordinaria”. No obstante a lo anterior, dependerá de la ampliación que haga de tales hechos y las pruebas que aporte en el desarrollo del proceso.

Como estos procesos implican también hechos concretos para avanzar hacia la reparación, reconciliación y no repetición, Trino Luna Correainformó que su programa en ese sentido tendría dos componentes principales: la “Granja Escuela Agroecológica del Banco Magdalena para la Reconciliación del Caribe” y un plan de capacitación y promoción de los derechos humanos en el departamento del Magdalena. La JEP revela que “a través de la creación de esta granja escuela, pretende la capacitación de 50 mujeres víctimas del conflicto en diferentes técnicas y herramientas productivas, de manera que puedan garantizar su sustento alimenticio y el de sus familias. En ese orden de ideas, indicó que “se establecerá un sistema de formación teórico práctico, en el que se prioricen las metodologías participativas, para que las mujeres puedan profundizar sus conocimientos en diferentes sistemas de producción agrícola y pecuario, y recibir un pie de cría de animales de corral, tales como pollos, gallinas, ovinos, caprinos, cerdos y peces, que les permita el mejoramiento de sus condiciones de vida.

De acuerdo con el documento disponible en la página del Tribunal Especial para la Paz, el proyecto se llevaría a cabo en un lote de 20 hectáreas con un valor cercano a los $1.052 millones de pesos, además, que las capacitaciones tendrán una duración de 18 meses y que el equipo instructor estaría conformado por: un ingeniero agrónomo, un zootecnista, un profesional social, un veterinario y un abogado con conocimientos en reconocimiento de víctimas y reparación integral. La Subsala encargada de estudiar el caso en comento, considera que esta propuesta tiene, en principio, viabilidad para constituir una fuente de reparación a las víctimas del conflicto armado en el departamento del Magdalena, porque Trino Luna Correa ha explicadoen qué consiste el proyecto, a quién va dirigido, dónde planea desarrollarlo, cuánto cuesta, y cómo planea financiarlo.

En las páginas finales, el documento advierte que en su diligencia de aporte temprano a la verdad, Trino Luna Correa hizo también referencia a cuatro temas particulares respecto de los cuales resulta necesario decretar pruebas adicionales en aras de determinar la veracidad de tales afirmaciones. El primero de esos asuntos tiene que ver con “una serie de acuerdos que se habrían fraguado entre el señor Carlos Eduardo Caicedo Omar, actual gobernador del departamento del Magdalena y las AUC, con el fin de permitir la elección de aquel como rector de la Universidad del Magdalena, así como para la comisión de crímenes en contra de estudiantes de esa universidad.

El segundo de los cuatro temas y que motivó la compulsa de copias a la Fiscalía para que se investigara la posible responsabilidad del señor Bessudo, son “las presuntas relaciones existentes entre la empresa Aviatur, el señor Jean Claude Bessudo y las AUC, las cuales habrían surgido con ocasión de la operación del Parque Tayrona”, a estas palabras le otorgan cierto grado de veracidad, pues, “coinciden, en gran medida, con aquella expuesta ante Justicia y Paz por el señor José Gélvez Albarracín, alias “El Canoso””. En tercer lugar, “explicó que la cooperativa Ayatawacoop, dedicada a la comercialización y distribución de combustible en La Guajira por parte de la comunidad indígena Wayuu habría sido estructurada con la ayuda de Jorge 40, quien habría puesto al señor Álvaro Ordóñez Vives a cargo de este asunto.” En el último de estos aportes, dijo “que las AUC, y particularmente alias “Jorge 40” y alias “Macaco”, habrían brindado apoyo y financiación al señor Mario Germán IguaránArana en su aspiración al cargo de Fiscal General de la Nación, para el cual fue elegido en el año 2005.

Finalmente, se hace una breve mención a los movimientos que se harán en torno al proceso que se sigue por el asesinato de Fernando Pisciotti Van Strahlen y la advertencia de la remisión de copia de las declaraciones rendidas por Trino Luna Correa hasta la Fiscalía General de la Nación para que se investigue lo que se ha dicho en relación con: Carlos Eduardo Caicedo Omar, Jean Claude Bessudo, Álvaro Ordóñez Vives, Mario Germán Iguarán Arana, Alejandro Pérez Prada, Álvaro Araújo Noguera, Diana Patricia Arregocés Montero, Jaime Guzmán Ponzón, Roberto Cotes Capmartin, Frank Noble Oliveros, Roberto Campo Severini, Martín Castilla Navarro, William Rizcala Muvdi, Germán Villanueva Calderón, César Mora Barney, Libardo García Nassar, Juan Carlos Gnecco Arregocés, Uldis Pérez Maestre, Virgilio Antonio Torres Cuello, Eparquio Antonio Carey Rodríguez, Inés Margarita Vives Lacouture, Luz Stella Durán Manjarrez, Joaquín Guerra Bernal, Adolfo Segundo Larios Noriega y Ángelo Cianci.

Antes de terminar, es importante destacar que en esta primera etapa las valoraciones que hacen los magistrados a cargo del proceso son muy débiles, razón por la cual, se espera que en el desarrollo de las audiencias que se llevarán a cabo en este proceso se entreguen pruebas concretas y pertinentes que permitan no solo a la JEP sino a todo el Magdalena conocer a fondo la verdad de muchos asuntos que parecen haber sido sepultados por el tiempo y las copias que engrandecen y hacen pesados los expedientes.

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