Análisis
Infracciones que cobran vidas
No portar licencia de conducción, no realizar la revisión tecnicomecánica, adelantar en curva, parquear en sitios prohibidos, no respetar las normas, realizar maniobras peligrosas, exceder los límites de velocidad, el transporte informal y conducir en estado de embriaguez, son las infracciones más frecuentes en la capital del Magdalena.
Así se lo confirmaron las autoridades a OPINIÓN CARIBE, luego de indagar acerca del comportamiento de los conductores de taxis, buses, motocicletas y vehículos particulares en Santa Marta.
Sobre el incumplimiento de estas normas nacen interrogantes como: ¿Estas conductas obedecen a un irrespeto o desconocimiento de las normas? ¿Es necesario ser más represivo? ¿Hasta dónde llega la falta de cultura de los ciudadanos?
Las estadísticas demuestran que los accidentes de tránsito se registran por violaciones a las normas. Hasta el momento, 21 personas han fallecido este motivo; 72 han resultado lesionadas.
“Se considera que la causa más frecuente de accidentalidad en la ciudad es el irrespeto a las normas de tránsito, acompañado del exceso de velocidad, dos factores detonantes a la hora de generar un accidente de tránsito.
Actualmente no existe un común denominador en los lugares de mayor concurrencia de accidentes, porque estos se presentan en cualquier avenida o calle de la ciudad”.
Uno de los casos que evidencia este problema y que tiene conmocionado al país, especialmente a la región Caribe, se registró el Viernes Santo, donde perdió la vida el cantante vallenato Martín Elías. Según hipótesis de la Policía, el fatal accidente se registró por exceso de velocidad.
Por su parte, durante la minitemporada turística de Semana Santa se presentaron varios incidentes en la capital del Magdalena que dejaron a tres personas fallecidas. El jefe de la Policía de Tránsito, teniente Jorge Larrotta, aseguró, que, aunque es un alto índice, se redujo la estadística de acuerdo con la misma fecha en el año anterior.
“Son tres vidas que lamentablemente se perdieron, su familia los extrañará, pero se necesita generar esa conciencia y que a partir de ahora se hagan las cosas bien, respetando las normas de tránsito. Si todos le hacemos caso a la señal de Pare, a un semáforo, utilizar los cascos, los cinturones de seguridad, además de tener cultura ciudadana, todo va a fluir como debe ser”, señaló.
ESTADÍSTICAS
Durante el 2016, las autoridades impusieron 12.990 órdenes de comparendos; mientras que en lo que va de 2017, se han expedido 3.729 hasta el mes de marzo, fecha en la que se venció una prórroga firmada por la administración distrital donde se autorizan las labores del personal de tránsito.
De acuerdo con información suministrada por la Policía de Tránsito y Transporte de la Metropolitana de Santa Marta a OPINIÓN CARIBE, el año pasado se impusieron 2.652 comparendos por no portar licencia de conducción; 1.896 por revisión tecnicomecánica; 1.625 a quienes se dedican a transporte informal, es decir, Uber y mototaxis.
También se impusieron 954 por no respetar las normas de tránsito; 595 comparendos por conducir en estado de embriaguez; 541 por no respetar las normas; 105 por adelantar en curvas; y 4.200 por otras infracciones.
Por su parte, en el 2017, se expidieron 138 órdenes de comparendos por conducir en estado de embriaguez; 892 por conducir sin licencia; 499 por revisión tecnicomecánica; 84 por realizar maniobras peligrosas; seis por adelantar en curva; 573 por transporte informal; 223 por no respetar las normas de tránsito; y 178 por mal estacionamiento.
CONDUCIR SIN LICENCIA
Una de las infracciones que llama la atención es que un gran porcentaje de ciudadanos sale a las calles a conducir vehículos sin tener la licencia respectiva, a pesar que este es un requisito fundamental.
Por eso consultamos a las autoridades sobre este aspecto, las cuales señalan que este problema se da por dos factores. Uno de ellos es la falta de recursos económicos para adquirirla; el dos, por la facilidad que hay para conseguir cualquier tipo de vehículo.
“El Código Nacional de Tránsito establece que ninguna persona puede conducir un vehículo sin portar la licencia de conducción, la cual certifica que ya ha pasado por una escuela y, por tanto, tiene facultades para llevar a cabo esta actividad.
No obstante, la seccional de Tránsito y Transporte de la Metropolitana de Santa Marta sigue implementando cursos para educar, prevenir y sancionar a los conductores infractores a través de la aplicación de la norma y la imposición de órdenes de comparendo”.
OTRAS INFRACCIONES
El Código Nacional de Tránsito establece los comportamientos que no deben realizarse en las vías y las sanciones por incumplimiento de las normas. Las más comunes están descritas así:
B.10. Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo, de acuerdo con la reglamentación existente sobre la materia o no llevar el vehículo de servicio público colectivo urbano todos los vidrios transparentes.
C.02. Estacionar un vehículo en los sitios prohibidos.
C.24. Conducir motocicleta sin observar las siguientes normas: utilización del casco y el chaleco.
C.35. No realizar la revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes, además, el vehículo será inmovilizado.
D.02. Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de tránsito ordenado por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado.
D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas.
D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique. En el caso de las motocicletas, se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los Artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito.
C.31. No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito.
D.12. Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez veinte días y por tercera vez, cuarenta días.
LEY 1696. EMBRIAGUEZ
A través de la Ley 1696 de 2013, el Gobierno Nacional «dicta disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el Influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas».
Artículo 152. Sanciones y grados de alcoholemia. Si hecha la prueba, se establece que el conductor se encuentra en alguno de los siguientes grados de alcoholemia, incurrirá en las sanciones respectivas, según el nivel de reincidencia correspondiente de conformidad con lo indicado a continuación para cada evento:
Grado cero de alcoholemia, entre 20 y 39 miligramos de etanol/lOO ml de sangre total, se impondrá: Por primera vez, suspensión de la licencia de conducción por un año; multa correspondiente a 90 salarios mínimos diarios legales vigentes; realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante 20 horas y la inmovilización del vehículo por un día hábil.
Segunda vez, suspensión de la licencia de conducción por un año, multa correspondiente a 135 salarios mínimos diarios legales vigentes, realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas durante 20 horas y la inmovilización del vehículo por un día hábil.
Tercera vez, suspensión de la licencia de conducción por tres años, multa correspondiente a 180 salarios mínimos diarios legales vigentes, realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas durante 30 horas, inmovilización del vehículo por tres días hábiles.
Primer grado de embriaguez, entre 40 y 99 miligramos de etanol/100 mililitros de sangre total, se impondrá por primera vez la suspensión de la licencia de conducción por tres años; multa correspondiente a 180 salarios mínimos diarios legales vigentes; realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas, durante 30 horas y la inmovilización del vehículo por tres días hábiles.
Por segunda vez se suspenderá la licencia de conducción por seis años; acciones comunitarias durante 50 horas, multa correspondiente a 270 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por cinco días hábiles.
Por tercera vez, la cancelación de la licencia de conducción, acciones comunitarias durante 60 horas, multa correspondiente a 360 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 10 días hábiles.
Segundo grado de embriaguez, entre 100 y 149 miligramos de etanol/100 mililitros de sangre total, se impondrá por primera vez la suspensión de la licencia de conducción por cinco años, realización de acciones comunitarias durante 40 horas, una multa correspondiente a 360 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por seis días hábiles.
Por segunda vez, suspensión de la licencia de conducción por 10 años, acciones comunitarias durante 60 horas, multa correspondiente a 540 salarios mínimos diarios legales vigentes, y la inmovilización del vehículo por 10 días hábiles.
Por tercera vez se cancela la licencia de conducción, acciones comunitarias durante 80 horas, una multa correspondiente a 720 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
Tercer grado de embriaguez, desde 150 miligramos de etanol / l00 mililitros de sangre total en adelante, se impondrá por primera vez la suspensión de la licencia de conducción por 10 años, acciones comunitarias durante 50 horas, una multa correspondiente a 720 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 10 días hábiles.
Por segunda vez se cancelará la licencia de conducción, trabajos comunitarios durante 80 horas; multa correspondiente a 1080 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
Por tercera vez se cancela la licencia de conducción, acciones comunitarias durante 90 horas, multa correspondiente a 1440 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
CAMPAÑAS DE PREVENCIÓN
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte lidera diferentes campañas con el propósito de reducir los índices de accidentalidad y prevenir los hurtos a vehículos tanto en las vías nacionales como en la zona urbana.
El teniente Jorge Larrotta, jefe de la seccional de Tránsito de la Policía Metropolitana de Santa Marta explicó, que hace unas semanas realizaron actividades para recoger los vehículos estacionados en sitios prohibidos y sensibilizar a los propietarios de este tipo de conductas que facilitan hechos delictivos.
Así mismo, tienen la campaña denominada ‘No vayas en contra vida’, “esta actividad, además va atacando todas las conductas viales que no permiten que todo fluya de manera normal, como lo es conducir un vehículo hoy bajo los efectos del alcohol, no conducir su vehículo en óptimas condiciones, que se debe hacer una revisión tecnicomecánica periódica de acuerdo con unas especificaciones técnicas, conducir sin tener licencia, todas encaminadas a reducir la accidentalidad.
Tenemos unos puestos de control con equipos de alta gama, como lo son radares de velocidad, alcohosensores, equipos cat (herramienta que sirve para solicitudes de antecedentes tanto de personas como vehículos) y un parque automotor en buenas condiciones”.
También realizan sensibilización con los conductores y demás actores viales tales como peatones, ciclistas, entre otros. Por otra parte, contamos con las acciones de pedagogía vial que se lideran en los diferentes planteles educativos.
GENERAR CONCIENCIA
El teniente Jorge Larrotta recalcó la importancia de generar cultura ciudadana y que las personas no piensen en acatar las normas porque un policía los va a sancionar. “Queremos que las personas cumplan las normas de tránsito por convicción, porque es una forma de salvar vidas y no porque los uniformados están haciendo la labor de control”.
El oficial aseguró, que en Santa Marta es muy común que los conductores de motocicletas movilicen a tres personas al mismo tiempo, por lo que se hace necesario que los ciudadanos sean más prudentes.
You must be logged in to post a comment Login