Unidad Investigativa
Fuerza Ciudadana y los 52 enemigos de la transparencia
De acuerdo con los documentos subidos a la Plataforma Cuentas Claras del Consejo Nacional Electoral y avalados por Javier Darío Vélez Echeverri como Representante Legal del movimiento político de Carlos Caicedo, solo 48 de los 100 candidatos inscritos al Senado rindieron informe de Ingresos y Gastos de campaña, violando las leyes que regulan la materia y hacen obligatoria la presentación de dichos reportes. ¿Renuentes al Principio de Transparencia?
Por: Unidad Investigativa Opinión Caribe
Uno de los principios que orienta la participación política de los ciudadanos en Colombia es la Transparencia. Este principio se concreta básicamente con la divulgación y puesta a disposición de los ciudadanos de la información necesaria y suficiente sobre los modos de financiamiento de las campañas, haciendo más fácil el monitoreo y análisis del origen, montos y destinación de dichos recursos.
El ordenamiento jurídico colombiano desde la expedición de la Constitución Política de 1991 ha ido desarrollando los preceptos normativos del artículo 109, el cual hace obligatoria para todos los candidatos y las organizaciones políticas que los avalan, la rendición de cuentas sobre el volumen, origen y destino de sus ingresos. El primer intento se dio a través de la Ley 130 de 1994 que en su articulado contiene obligaciones expresas para los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos en cuanto a la necesidad de rendir cuentas sobre la información de la financiación de las campañas electorales, pero, es la Ley 1475 de 2011 la que contiene los modos, formas y tiempos para la entrega de informes por medio de los cuales los candidatos deben rendir cuentas de la financiación de su campaña.
En este punto juega un papel decisivo, no solo para los candidatos y movimientos políticos sino también para los ciudadanos que realizan control a este tipo de actividades, el aplicativo Cuentas Claras. Según la Corporación Transparencia por Colombia el aplicativo “fue creado como una herramienta web para fomentar la transparencia en la financiación electoral y la rendición de cuentas de las campañas políticas en Colombia”.
La aplicación donde los candidatos y partidos pueden subir la información en comento relacionada con las campañas políticas y los ciudadanos pueden acceder a dichos documentos en formato digital, fue financiada por USAID y donada al Consejo Nacional Electoral en el año 2011 por la Corporación Transparencia por Colombia y el Instituto Nacional Demócrata.
Opinión Caribe haciendo uso de esta plataforma pudo encontrar documentos que darían cuenta de la violación flagrante a las leyes que regulan los procesos electorales, las fuentes y montos de financiación de las mismas y la obligación de rendir informe, por parte de 52 candidatos al Senado inscritos por el Movimiento Fuerza Ciudadana del que es portavoz Rafael Martínez, excandidato en esa misma Lista, personaje al que ya le hemos analizado los dos reportes de ingresos y gastos subidos a la plataforma Cuentas Claras.
El denominado Anexo 7.1 B a través del cual se informa al Fondo Nacional De Financiación Política sobre los ‘Candidatos que no rindieron el informe individual de ingresos y gastos de sus campañas’, que aparece firmado por Javier Darío Vélez Echeverri como Representante Legal del Movimiento Fuerza Ciudadana, informa que 34 candidatos no rindieron informe, no obstante, al cruzar estos datos con los contenidos en el Anexo 7.2 B donde se hace la ‘Relación de ingresos y gastos reportados por cada uno de los candidatos a la organización política’, la cifra asciende a 52, es decir, más de la mitad de los candidatos inscritos no cumplió con esa obligación, pues, ninguno de los 100 inscritos en la Lista a Senado fue revocado o se retiró.
Entre los candidatos que obviaron este compromiso con la transparencia y los ciudadanos, destacan: Tulia Barreto de Gurisatti, madre de la reconocida periodista Claudia Gurisatti; Jose Manuel Bautista Cruz, quien figura en Likendin como Director de Desarrollo Open Mind y Presidente de la Fundación C3; Abelardo Sanclemente, quien se presenta en sus redes sociales como Docente de la Universidad del Valle, Licenciado en Educación Física y Salud y Presidente Nacional de Arcopref; Marcelino Cárdenas Vanegas, exguerrillero convertido a escritor; Jesús Ayala Ávila cuyo perfil destaca que es Administrador Público con más de 30 años de experiencia profesional, experto en Planeación y Finanzas Públicas, Gestión Pública e Instituciones Administrativas, Gerencia Pública para el Desarrollo Social, Docente Universitario, Consultor, Asesor y Directivo en Entidades Públicas y Privadas, entre otros.
Es pertinente señalar en este punto, que el Artículo 6° de la Resolución 8586 de 2021 relacionado con la responsabilidad de la presentación de informes de ingresos y gastos, señala que “Los gerentes de campaña y los candidatos deberán presentar ante el respectivo partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos el informe individual de ingresos y gastos de campaña, dentro del plazo establecido por la correspondiente agrupación política, y en concordancia con el término fijado en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011”, este informe debe ir acompañado del “libro de ingresos y gastos impreso directamente del software Aplicativo Cuentas Claras, documentos y soportes contables de la campaña”.
Este mismo precepto normativo establece que los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos presentarán ante el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación. Así mismo, los gerentes de campaña y candidatos deberán presentar ante la organización política que los avaló los informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación.
¿A qué se exponen los que no presentan informes?
La rendición de informes de ingresos y gastos es un asunto serio y su no ejecución genera sanciones. Esta unidad Investigativa tuvo acceso a la Resolución No. 2433 del 24 de agosto de 2018, donde el CNE decidió sancionar a los excandidatos Luis Enrique Castro Miranda y Carlos Andrés Moterrosa Baquero y a los exgerentes de sus respectivas campañas: Carlos José Rincón Miranda y Andrés Guillermo Espinosa Gómez, por la no presentación del Informe Individual de Ingresos y Gastos, tanto en medio digital como físico, y de conformidad con el artículo 25 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011. También, la Resolución 3114 de 2018 que penaliza al excandidato a la Asamblea de Bolívar por el Partido Alianza Social Independiente Hernán Alberto Utria Coronel con una multa de 13 millones de pesos por la no presentación del Informe Individual de Ingresos y Gastos.
Uno de los fundamentos de la sanción, es que “La rendición de cuentas y la publicidad de la información constituyen dos de los mecanismos más efectivos para controlar los movimientos financieros de las organizaciones políticas y candidatos dentro de un proceso electoral, por ende, su fundamentación y obligatoriedad, reside en la garantía y el fortalecimiento del principio de transparencia en materia electoral”.
En ese sentido, la Corte Constitucional ha sostenido muchas veces que «El principio de transparencia en materia electoral apunta al establecimiento de instrumentos encaminados a determinar con precisión el origen, la destinación, al igual que el monto de los recursos económicos que soportan una determinada campaña electoral. De allí que las diversas legislaciones establezcan el deber de rendir cuentas o balances al término de las elecciones, e igualmente, prevean diversas sanciones, bien sean para el candidato o partido político, que incumplan tal deber».
Estas sanciones están clasificadas o graduadas de uno a ocho de acuerdo a lo que se pueda probar en el proceso. La gravedad de las faltas y el rigor de las sanciones se obtendrá luego de analizar y aplicar los siguientes criterios a cada caso concreto: Daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados; Beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de un tercero. Reincidencia en la comisión de la infracción; Resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión; Utilización de medios fraudulentos o utilización de persona interpuesta para ocultar la infracción u ocultar sus efectos; Grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o se hayan aplicado las normas legales pertinentes; Renuencia o desacato en el cumplimiento de las órdenes impartidas por la autoridad competente y Reconocimiento o aceptación expresa de la infracción antes del decreto de pruebas.
Por otro lado, la Resolución 696 de 19 de enero de 2022 estableció que el valor de las multas previstas para los candidatos que no rindan informe oscila entre los 15 y los 150 millones de pesos.
Los 52 candidatos de Fuerza Ciudadana que no rindieron informe de Ingresos y Gastos están expuestos a estas sanciones, con el agravante de que varios de ellos han participado en procesos electorales y asume uno, conocen las obligaciones que como tal les asisten no solo con la organización que los avala y el Concejo Nacional Electoral, sino también con la ciudadanía y los medios de comunicación.
Siempre se ha dicho que hay una íntima relación entre la forma cómo un candidato se financia y cómo ejerce su gestión. Es precisamente aquí donde la rendición de cuentas juega un papel importante, pues, al conocer a los aportantes y los montos donados por éstos, se puede de un modo u otro, gracias al control social, impedir que luego interfieran intereses privados en la administración pública, evitando que se obvien las reglas de la contratación pública para favorecer a los financiadores.
Finalmente, enviamos desde esta tribuna un mensaje al Fondo Nacional de Financiación Política como entidad encargada de dar inicio a las investigaciones de este tipo, para que determine en los tiempos legales, las responsabilidades que le caben a cada uno de los 52 candidatos al Senado por el Movimiento Fuerza Ciudadana que no rindieron informe de Ingresos y Gastos, dando al traste con el principio de trasparencia y el control social que le corresponde a la ciudadanía.
SI RINDIERON INFORME NO RINDIERON INFORME