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Gobierno Nacional ratifica aumento del 23% al salario mínimo para 2026

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El Gobierno expidió el Decreto 0159 para cumplir una orden judicial del Consejo de Estado y garantizar la seguridad jurídica del aumento del 23% al salario mínimo, que tendrá carácter transitorio hasta que se emita un fallo definitivo sobre su legalidad.

 

El Gobierno Nacional oficializó este 19 de febrero de 2026, a través del Ministerio del Trabajo, el aumento del 23% al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), mediante el Decreto 0159. Con esta medida, el salario mínimo para el año 2026 queda fijado en $1.750.905, un incremento nominal de $327.405 frente a 2025.

La decisión responde a una orden judicial del Consejo de Estado, proferida el pasado 12 de febrero, que instó a expedir un nuevo acto administrativo mientras se resuelve de manera definitiva el proceso de nulidad contra el decreto anterior.

Detalles del incremento

El aumento del 23% se calculó mediante un ejercicio técnico que pondera distintos factores económicos y sociales:

Inflación: proyectada y observada cercana al 5,3%, para proteger el poder adquisitivo de los trabajadores.

Productividad: la Productividad Total de los Factores (PTF) aportó 0,91%, alineada con la propuesta gremial en la mesa de concertación.

Contribución de salarios al ingreso nacional: 4,46 puntos porcentuales del cálculo final.

Crecimiento del PIB: estimado en 2,9% para 2025 según el Banco de la República.

El Gobierno destacó que el incremento busca acercar el SMMLV al concepto de salario vital promovido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que busca cubrir de manera digna necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud y educación.

El beneficio directo alcanza a 2,4 millones de trabajadores que devengan el salario mínimo, y de manera indirecta a más de 6 millones de personas cuyos ingresos se encuentran entre uno y dos salarios mínimos.

Vigencia y seguridad jurídica

El Ministerio del Trabajo recordó que el aumento del 23% se venía aplicando desde el 1 de enero de 2026, bajo el Decreto 1469 de 2025, y que el nuevo decreto garantiza la continuidad y seguridad jurídica de los pagos ya realizados. La regulación tendrá carácter transitorio, vigente hasta que la Sección Segunda del Consejo de Estado emita un fallo de fondo sobre la legalidad del incremento.