Análisis
¿Se hizo justicia?

El Juez Primero Penal Municipal condenó a diez años de prisión a los dos procesados por el incendio de un bus en el municipio de Fundación, Magdalena, que dejó a 33 menores y un adulto sin vida. Pero ¿se hizo justicia con esta decisión?
En fallo de primera instancia el juzgado primero penal municipal de Ciénaga, Magdalena, condenó a 10 años y nueve meses de prisión a Jaime Gutiérrez Ospina; a 10 años y cuatro meses de cárcel al líder espiritual Manuel Salvador Ibarra por su responsabilidad en los hechos que rodearon la muerte de 33 menores de edad en la denominada tragedia de Fundación.
En la diligencia judicial, el juez indicó que no se les podía otorgar ningún tipo de beneficio judicial a los procesados, puesto que con sus actos les causaron la muerte a 32 niños. Fueron condenados por el delito de homicidio simple en calidad de dolo eventual en concurso homogéneo.
Los hechos se registraron el 18 de mayo de 2014 cuando el bus alquilado para trasladar a los menores de edad que asistieron a un evento de la Iglesia Pentecostal Unidad de Colombia se incendió por una falla mecánica. Las llamas se propagaron rápidamente en el automotor causándoles una muerte inmediata a la mayoría de sus ocupantes.
La Fiscalía General pudo establecer que el automotor había sido sancionado por no cumplir los requerimientos exigidos por las autoridades de tránsito. Además, el vehículo tenía sobrecupo, lo que impidió que los menores de edad pudieran salir rápidamente del vehículo cuando inició la conflagración.
PADRES DE FAMILIA
El juez también compulsó copias para que se investigaran a los familiares de los menores y a representantes de la Iglesia Evangélica por su presunta responsabilidad en los trágicos hechos.
Durante la diligencia, la máxima autoridad en la sala ordenó que se investigara a los padres de los niños, al considerar que estos debían garantizar su seguridad y velar para que el vehículo en el que iban a ser movilizados estuviera en condiciones adecuadas, además, saber a qué personas se los iban a entregar para los cuidados respectivos.
«Estamos satisfechos con la decisión del juez y el tiempo de condena, pero no compartimos la parte en la que se pide investigar a los padres, porque ellos entregaron a sus hijos a seis personas conocidas, las cuales llegaron hasta las puertas de sus casas a buscarlos, que ellos no tienen el conocimiento para saber si un carro está bien mecánicamente», indicó Sebastián Gómez, representante de las víctimas.
Por su parte, Sandra Quintero, madre de dos de los pequeños fallecidos señaló, que «a mis hijos se los llevaron unas vecinas que conozco de toda la vida, además, nosotros no queríamos que eso pasara», según reseñó Caracol Radio en su página Web.
OBJECIONES AL FALLO
Aunque se emitió una condena en primera instancia, cabe cuestionarse, ¿cuál es la responsabilidad del Estado y de sus delegados en el departamento y el municipio?
Hasta la fecha, la administración de Fundación no ha cumplido a cabalidad con la obligación que les asiste de ‘velar por la seguridad, protección y garantía de la población’ como lo indica la Constitución Colombiana, Ley 136 de 1994 en su artículo tercero. Sin embargo, como si se tratara de un juego de ‘ping pong’, los funcionarios, entre ellos, se lanzan la ‘bolita’ de la responsabilidad.
Lo que es cierto, es que el Estado está en la obligación de satisfacer las necesidades básicas y entregarle herramientas a una población, especialmente a la infantil, que no tiene un lugar donde recrearse, duerme sin comer, y además, carece de la posibilidad de crecer al lado de sus padres, porque estos tienen que marcharse a trabajar fuera del municipio, debido a la falta de oportunidades laborales en Fundación.
Ómar Darío Avendaño Calvo, abogado especialista en Procedimiento Civil, en Responsabilidad y Daño Resarcible, en Derecho Administrativo, en Derecho Probatorio, en Derecho Comercial y Marítimo, en Derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario y Candidato a Magíster en Promoción y Protección de Derechos Humanos, aunque se obró en derecho no se hizo justicia.
“No conozco cuál es la argumentación que tuvo el funcionario judicial para proferir la condena y eso es fundamental para hacer un análisis jurídico del tema, sin embargo, estoy más inclinado a creer que aquí hay una responsabilidad administrativa, hay una omisión por parte de las autoridades policivas por parte de las autoridades de tránsito de Fundación, ya que la alcaldía del Municipio para la época no estaba realizando controles a todos los vehículos de servicio público”, expresó.
“Para mí, si hay una omisión de las autoridades de tránsito, porque estaban transitando buses sin el permiso correspondiente de todas las revisiones técnicas y mecánicas que deben cumplir este tipo de vehículos, hay una omisión”, puntualizó.
Aunque aclaró que su opinión no provenía de sus estudios acerca de los Derechos Humanos, manifestó, “desconozco el contenido de la sentencia, pero viendo los toros desde la barrera pienso que lo que ha pasado es que los medios de comunicación magnificaron el suceso y le correspondía al estado derivarle responsabilidad a alguien”.
“A mí no me cabe en la cabeza que un líder espiritual que también pierde a su hijo y al poco tiempo a la esposa, pensara que existía el riesgo de que ocurriera este accidente y que lo omitió, es un tipo que también resulto golpeado por el suceso y es condenado por el Estado y la sociedad y movido por la indignación de la opinión pública”, expresó.
En su declaración, resalta el dolor que causa la pérdida de un hijo por el amor que se tiene, pero deja ver que la condena emitida busca señalar un responsable para darle gusto a la opinión pública y reducir las responsabilidades del Estado.
“No se habla de qué es justicia y lo qué es derecho, creo que se obró en derecho, pero no se hizo justicia, los abogados sabemos que no siempre que se aplica el derecho se hace justicia”, indicó.
El dato
En el municipio de Fundación es normal ver a los conductores de motocicletas sin casco y transportando a más de dos personas, incluyendo niños. También se observa la circulación de vehículos en mal estado y a personas conduciendo sin licencia, sin técnico mecánica y sin Soat.
El bus de placas UVS-556 estaba desvinculado del servicio público desde hace dos años y no tenía los papeles al día, entre ellos la revisión técnico mecánica que lo habilita como un automotor en condiciones idóneas para transitar. Tampoco se habrían cumplido otras disposiciones, la de mantener los vehículos en perfecto estado, el uso del cinturón de seguridad para todos los niños y de estacionamientos en lugares permitidos para el ascenso y descenso de los menores.
Una maniobra peligrosa que no deja de utilizarse
En su informe, el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía logró demostrar que la razón por la que el bus se vio envuelto en llamas fue por el procedimiento irregular que realizó Gutiérrez para encender el vehículo cuando este se quedó varado, consistente en inyectarle gasolina al motor.
«Dicha práctica es peligrosa toda vez que los motores Dodge no se les puede inyectar gasolina directamente al carburador, ya que son motores en V y de alta combustión, peligro que se acrecienta por las altas temperaturas que pueden oscilar entre los 90 y los 125 grados», dice el informe que presentó el CTI sobre lo ocurrido.
Además, el CTI dictaminó que el bus únicamente estaba adaptado para funcionar con gas natural y no con gasolina. «Se pudo constatar que la bomba de gasolina del vehículo estaba inhabilitada ya que no se observaban las instalaciones propias de las mangueras que van del carburador y las que vienen del tanque de gasolina».
Por su parte, los familiares de los menores se mostraron insatisfechos con la condena, asegurando que son muy pocos años de cárcel. “Para uno la vida de un hijo no tiene precio, pero no puedo pelear con la justicia”, señaló Jhonny Barón.
De igual forma, pidieron que las autoridades lleguen a los que según ellos serían la totalidad de los responsables por lo ocurrido. “Yo le echo la culpa a la Policía y a la alcaldesa, porque si ellos hubieran tomado precauciones esto no habría pasado”, indicó Martha T.


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