Nación
¡A la cárcel directora técnica de Reparación de la Unidad de Víctimas!

Un juzgado de Bogotá comprobó que Zoraida Hernández Pedraza incumplió la orden de reprogramar el pago de la indemnización administrativa a una mujer víctima de violencia, residente en el extranjero y con enfermedades crónicas. El fallo expone las deficiencias en la atención a los afectados por la violencia en Colombia.
Por: José D. Pacheco Martínez
Este viernes, 21 de marzo de 2025, el Juzgado Tercero de Familia en Oralidad de Bogotá impuso sanciones a una alta funcionaria del gobierno de Gustavo Petro por desacatar una orden judicial que buscaba garantizar los derechos adquiridos por las víctimas del conflicto armado.
La sentencia afecta a Zoraida Hernández Pedraza, directora técnica de Reparación de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), quien fue multada con dos salarios mínimos mensuales y condenada a dos días de arresto por no cumplir con un fallo de tutela que ordenaba reprogramar el pago de una indemnización a Ónix Ruth Flórez Pineda, ciudadana colombiana víctima del conflicto que reside en el extranjero.
El juez Abel Carvajal Olave destacó en su fallo que la UARIV incurrió en “demoras burocráticas” y solicitó repetidamente documentos que ya habían sido presentados, lo que calificó como una forma de “revictimización” que agravaba las dificultades financieras y de salud de Flórez Pineda. “A pesar de múltiples notificaciones y oportunidades para cumplir, la agencia ha mostrado falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones”, se lee en uno de los apartes del fallo.
Este caso se remonta a octubre de 2024, cuando el mismo juzgado emitió una orden de tutela que otorgaba a la UARIV 15 días para reprogramar el pago de la indemnización a Flórez Pineda. Tras cinco meses de incumplimiento y múltiples requerimientos judiciales, la víctima presentó una solicitud de desacato a mediados de noviembre del año pasado.
El trámite procesal, consignado en las primeras páginas de la providencia, revela problemas sistémicos dentro de la UARIV, incluyendo cambios frecuentes en el liderazgo y protocolos inadecuados para procesar pagos a víctimas residentes en el extranjero: durante el proceso, la dirección de la oficina técnica de Reparaciones cambió al menos tres veces.
Para Ónix Flórez Pineda, quien ha esperado más de tres años por la reprogramación del pago, los meses transcurridos desde que sus derechos fueron amparados por la tutela han sido tortuosos. Ha tenido que enfrentar las dilaciones de la UARIV, justificadas con argumentos ‘jurídicos’.
Esta situación se hace evidente cuando, desesperada por el paso del tiempo, apremia al juez por la protección real de sus derechos. “El famoso aforismo: ‘La justicia que es lenta no es justicia’ aplica al pie de la letra a este caso en concreto, ya que los 15 días otorgados por el fallo de tutela del pasado 2 de octubre de 2024 se convirtieron en 100”, anotó Flórez Pineda, quien a renglón seguido reflexionó: “si el honorable juez le sigue dando largas, no habrá en el futuro quien envíe memoriales y las notificaciones probablemente las reciba en la UCI de un hospital o en el cementerio”.
Defensores de derechos humanos y expertos en justicia transicional señalan que lo vivido por Flórez Pineda subraya la necesidad urgente de reformar los procedimientos administrativos para garantizar que las víctimas reciban sus reparaciones de manera oportuna y sin obstáculos injustificados. Este caso deja al descubierto que la Ley de Víctimas de 2011, promulgada con la promesa de reparación a millones de colombianos afectados por décadas de violencia, solo los ha sometido a un ciclo sin fin de solicitudes y envíos de documentos sin recibir una solución concreta y de fondo
Finalmente, es importante anotar que, además del arresto y la multa, el Juzgado Tercero de Familia en Oralidad de Bogotá ordenó que “se compulsen copias ante la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue si la doctora Zoraida Hernández Pedraza, al haber incurrido en desacato de sentencia, está incursa en la conducta penal de fraude a resolución judicial”.
