Nación
La SIC impuso sanciones a cuatro empresas lecheras por adicionar lactosueros a la leche entera

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), impuso sanciones a las empresas Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac por actos de engaño, luego de que presentaran como leche entera higienizada (UAT) un producto adicionado con lactosuero.
De acuerdo con la SIC, estas empresas indujeron a error a los consumidores, “quienes no cuentan con los elementos de juicio necesarios para detectar por su cuenta la presencia de esta sustancia, afectando con ello su capacidad de decisión sobre la naturaleza y calidad del producto a adquirir”.
Adicionalmente, la Superintendencia impuso sanciones a Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo por infracción de las disposiciones que regulan el sector, al haber obtenido una ventaja competitiva significativa como resultado de la violación de las normas que prohíben la adición de lactosuero a la leche en cualquier etapa de la cadena de producción. “Con la adición de lactosueros estas sociedades tuvieron la posibilidad de vender al mismo precio que sus competidores, ampliando con ello su margen de utilidad, o vendiendo el producto a un precio menor, aprovechándose de la venta en volumen, y afectando a los competidores que respetaron las normas”, señaló la entidad.
En cuanto los elementos probatorios que soportan la decisión, la Superintendencia encontró que los sancionados adicionaron lactosuero a la leche, con base en los resultados de las pruebas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), obtenidas en el marco de visitas administrativas de inspección realizadas con la Delegatura para la Protección de la Competencia en el año 2020.
Estas pruebas identificaron en la leche distribuida por las empresas sancionadas la presencia de altos niveles de Caseinomacropeptido CMP, un criterio que permite analizar y determinar la calidad de la leche y constatar la adición de lactosueros. Las muestras fueron tomadas de productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las sociedades sancionadas.
A pesar de los argumentos planteados por las empresas, la Superintendencia encontró que las pruebas realizadas por el INVIMA son el fundamento idóneo, pertinente y conducente para identificar el CMP. De esta manera, se concluyó que la presencia de tan altos niveles de ese componente solo podían ser consecuencia de la adición de lactosuero a la leche cruda.
